Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 16 de septiembre de 1998, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 2.289/1995, promovido por don Juan Carlos Púa Arrupe, contra resolución expresa desestimatoria del recurso ordinario formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo número 2.289/1995, interpuesto por el Letrado don Juan Manuel Fernández Otero, en nombre y representación de don Juan Carlos Pua Arrupe, contra la resolución reflejada en el fundamento de Derecho primero de esta resolución, la cual confirmamos por ser ajustada a Derecho; y todo ello, sin efectuar declaración alguna en cuanto a costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 17 de noviembre de 1998.‒P. D. (Orden de 1 de julio de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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