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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 8 de julio de 1998, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima), en el recurso contencioso-administrativo número 2.159/1995, promovido por don Julián Ruiz Vicente, contra resolución expresa desestimatoria del recurso ordinario formulado sobre sanción disciplinaria, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos en parte el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Bonifacio Fraile Sánchez, en nombre y representación de don Julián Ruiz Vicente, y declaramos que los actos administrativos impugnados, identificados en el fundamento de Derecho primero de la presente sentencia, no son conformes a Derecho al elevar la cuantía de la sanción propuesta por el Instructor sin motivación expresa alguna, los que anulamos en cuanto decidieron dicho aumento, debiendo quedar reducida la sanción impuesta a la de suspensión de empleo y sueldo de un mes, sin que proceda hacer pronunciamiento alguno en cuanto a las costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 17 de noviembre de 1998.‒P. D. (Orden de 1 de julio de 1998, «Boletín Oficial del Estado» del 11), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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