De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional (Sección Quinta) en el recurso número 517/1996, interpuesto por don
Rafael Gómez Doamo, sobre inutilidad física en acto de servicio.
Madrid, 18 de noviembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de la Guardia Civil. Subdirección General
de Personal.
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