Contido non dispoñible en galego
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,
de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que
se aprueba la oferta de empleo público para 1998 y con el fin
de atender las necesidades de personal en la Administración
Pública,
Este Ministerio, en uso de las competencias que le están
atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración General del
Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe
favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda
convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio
de Medio Ambiente, con sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas
en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, por el sistema de
promoción interna, desde Cuerpos o Escalas del grupo B, en las
siguientes especialidades:
Ingeniería de Saneamiento.
Conservación de la Biodiversidad.
Geología.
Biotecnología.
Uso Público.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, con sus correspondientes
modificaciones; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley
6/1997, de 14 de abril, y lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso
y oposición previstas en el anexo I, con las valoraciones, pruebas,
puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades
concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la
puntuación total obtenida por éstos en las fases de concurso y
de oposición, a que se refiere el apartado 2.3 del anexo I.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir del 1 de enero de 1999.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, el Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente hará
pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en
la fase de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto,
en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio
de la fase de oposición y en el tablón de anuncios de los Servicios
Centrales del Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan
de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.
La duración máxima de las fases de concurso y oposición será
de nueve meses, contados a partir de la publicación de la presente
convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,
Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los estudios
necesarios para la obtención de dicho título.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una
antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que
pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1) y reunir los demás requisitos
exigidos en la convocatoria.
Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
del Cuerpo o Escala del grupo B, a que pertenezcan, serán
computables a efectos de antigüedad para participar en estas pruebas
selectivas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de
solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada,
gratuitamente, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en
las Comunidades Autónomas, así como en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas,
en la Dirección General de la Función Pública, en el Instituto
Nacional de Administración Pública y en la Oficina de Información
de los Servicios Centrales del Ministerio de Medio Ambiente.
A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento
nacional de identidad.
Los aspirantes, para poderles valorar la fase de concurso, que
no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación,
según modelo contenido en el anexo IV, expedida por los servicios
de personal del Departamento en el que el funcionario haya
prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en los
Cuerpos o Escalas del grupo B a que pertenezca el mismo, así
como cuanta documentación estime oportuna para la mejor
valoración de los méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I
de la convocatoria.
Las instrucciones para cumplimentar la instancia serán las que
se detallan a continuación:
Instrucciones generales:
Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando
mayúsculas de tipo de imprenta.
Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en
todos los ejemplares.
Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o
tachaduras.
No escriba en los espacios sombreados o reservados.
No olvide firmar el impreso.
Instrucciones particulares:
En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne
Ministerio de Medio Ambiente.
En el recuadro dedicado a Centro Gestor. Consigne
Subsecretaría de Medio Ambiente y código 23001.
En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen.
Consigne el código 23020.
En el recuadro donde figura el año de la convocatoria. Señale
los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,
es decir, 98.
En el recuadro número 15. Cuerpo, Escala, grupo profesional
o Categoría. Consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores
de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y
código 5900.
En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura.
Consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas
en la base 1.1 de esta convocatoria.
En el recuadro número 17. Forma de acceso. Consignar la
letra P, correspondiente al sistema de promoción interna.
En el recuadro número 18. Ministerio/órgano/entidad
convocante. Consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.
En el recuadro número 19. Fecha "Boletín Oficial del Estado"
consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"
de la presente convocatoria.
En el recuadro número 20. Provincia de examen. Consignar
Madrid.
En el recuadro número 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje
del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.
El recuadro número 22. Reserva para discapacitados. Se dejará
en blanco.
En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o
discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma. El
interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios
para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,
cuando esta adaptación sea necesaria.
En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales.
Consignar los exigidos en la convocatoria, apartado 2.1.3 de la base 2.
En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o idiomas
a que se refiere el apartado 1.3 del anexo I de la convocatoria,
de los que el aspirante desee ser examinado.
Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente
a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.
Presente la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o
Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades
colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de
las mismas).
Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el
extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario
de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta del Banco
de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente.
Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero"
(código 0085/2145/82/0000000079).
3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la
Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio
Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de
la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado" y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente,
Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San Juan
de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.
3.3 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen
las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,
debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de
tal condición.
La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante
certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable
o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de
la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos
de examen determinará la exclusión del aspirante.
De conformidad con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios
Públicos, no procederá devolución alguna de los derechos de
examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por
causa imputable al interesado.
En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de
la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán
subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el
Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,
en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín
Oficial del Estado", en la que, además de declarar aprobada la
lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar y la fecha
de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los
aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En
la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y
número del documento nacional de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto
de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los
aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la
relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en
la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento, en
la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo III a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Medio
Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las
previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado
tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los
cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus
Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que
les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar
válidamente requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y
de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Departamento.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones
posibles en tiempo y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza
de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, teléfono
91 597 69 78.
El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con
lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la
Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial
del Estado" del 18) por la que se publica el resultado del sorteo
celebrado el día 3 de abril de 1998.
6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración
del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal
en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en
la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera
otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima
divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la
señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del
mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde
se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier
otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,
de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará
pública, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total
alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la
puntuación obtenida en cada una de las dos fases del mismo,
así como con indicación del documento nacional de identidad.
En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por
los aspirantes en la fase de oposición, y, en el supuesto de persistir
el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los
mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha
fase de oposición.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la
relación de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Medio
Ambiente, especificando el número de aprobados en cada uno
de los ejercicios.
Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano
la citada relación para su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
7.2 En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá
aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula
de pleno derecho.
8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales, desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que
se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de
Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan
de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, fotocopia compulsada del
título exigido en la base 2.1.3 de esta convocatoria, o certificación
académica que acredite haber realizado todos los estudios para
la obtención del título.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de
fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la
documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece
de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán
ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,
sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Una vez finalizado el proceso selectivo los opositores
aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa
oferta de los mismos, siendo nombrados, a propuesta del
Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de
carrera, mediante Resolución del Secretario de Estado para la
Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del
Estado" y en la que se indicará el destino adjudicado.
8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.5 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los centros competentes de Formación de
Funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecida por las Leyes
30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y la reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 25 de
septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el
Subsecretario Claro José Fernández-Carnicero González.
Subsecretaria del Departamento.
ANEXO I
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente
P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o
Escalas del grupo B a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos
efectos los servicios efectivos prestados en dicho grupo hasta la
fecha de publicación de la presente convocatoria.
Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo
desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados
en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros
centros oficiales de formación de funcionarios.
1.3 La fase de oposición constará de dos ejercicios
obligatorios, así como de una prueba voluntaria de idiomas. Esta última
podrá ser realizada por los aspirantes que lo deseen y que hayan
superado los ejercicios obligatorios.
Los dos ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con las materias que correspondan a cada
especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el anexo II
de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de
tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,
siendo necesario obtener 12,5 puntos para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Los opositores deberán presentar en la
Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento, en
el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente
al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan
superado el primer ejercicio:
Una Memoria con su historial formativo y profesional,
adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos
en ella.
Un trabajo o estudio sobre un tema concreto de los
correspondientes a la especialidad elegida por el aspirante.
Este segundo ejercicio consistirá en la defensa oral por parte
del aspirante, durante un tiempo máximo de media hora, en sesión
pública ante el Tribunal, de su historial formativo y profesional
en relación con las materias propias de las funciones de la Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos
del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la especialidad
elegida, así como de aquellos aspectos más relevantes del trabajo
o estudio realizado.
El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá
dialogar con el aspirante sobre el contenido de ambos trabajos.
La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,
siendo necesario obtener 12,5 puntos para poder superarlo.
Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno
o los dos siguientes idiomas:
Francés.
Inglés.
La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el
Tribunal, durante un tiempo máximo de 30 minutos, los
conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del idioma
o idiomas que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo
efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará
la misma.
Esta prueba se calificará otorgando hasta dos puntos y medio
por idioma, con un máximo de cinco puntos.
2. Valoración
2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados
en el apartado 1.2 de este anexo se realizará de la forma siguiente:
2.1.1 Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante por cada año
completo de servicios efectivos en Cuerpos/Escalas del grupo B
0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.
2.1.2 Grado personal: Se otorgará a cada aspirante por la
posesión de un determinado grado personal consolidado hasta
un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 punto.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.
Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.
2.1.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante por
el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones
similares, a juicio del Tribunal, a las de la Escala objeto de esta
convocatoria 1 punto por cada año completo, hasta un máximo
de 4 puntos.
2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento realizados:
Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de
4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento
realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta
convocatoria.
2.2 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1.3 de este anexo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
2.3 Calificación total: La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en la fase de concurso y oposición.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio de
la fase de oposición, por este orden.
ANEXO II
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente
P ROGRAMA
Especialidad: Ingeniería de Saneamiento
1. La calidad del agua y la protección del Dominio Público
Hidráulico en la Ley de Aguas.
2. Directivas europeas sobre calidad de aguas y su
incorporación a la legislación española.
3. El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.
5. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.
6. Drenaje urbano.
7. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.
Tendencias actuales.
8. Conducciones para saneamiento. Especificaciones técnicas
y procedimientos constructivos.
9. Aliviaderos de tormenta. Tipología, diseño y funcionalidad
dentro del sistema de saneamiento.
10. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de
saneamiento. Tipología y diseño.
11. Limpieza, mantenimiento y rehabilitación de
conducciones de aguas residuales.
12. Degradación y corrosión de conducciones de aguas
residuales.
13. Bombeo de aguas residuales.
14. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para
aguas residuales.
15. Diseño de tratamientos biológicos para aguas residuales.
16. Tratamientos avanzados para la eliminación de nutrientes
en aguas residuales.
17. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.
18. Tratamientos de aguas residuales industriales.
19. Tratamiento y gestión de fangos de estaciones
depuradoras de aguas residuales.
20. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y
organización para la gestión y control de estaciones depuradoras de
aguas residuales.
21. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de
diseño.
22. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del
agua y metodología de estudio.
23. Procesos de transporte, dispersión y evolución de
contaminantes en el medio marino.
24. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo
marino en el estudio de emisarios submarinos.
25. Acciones del oleaje sobre tuberías submarinas y formas
de protección.
26. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.
27. Modelos de calidad para sistemas generales de saneamiento.
28. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.
29. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.
30. Planes de Vigilancia Ambiental en saneamiento.
Objetivos, definición y desarrollo.
Especialidad: Conservación de la biodiversidad
1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales
características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.
Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso sostenible de
la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.
2. Convenio de Ramsar. Principales características y
evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos
específicos. Plan Estratégico.
3. Convenio de Washington (CITES). Principales
características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.
4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución
del Convenio. Los Acuerdos Regionales. Aplicación en España.
5. Convenio de Berna. Principales características y evolución
del Convenio. La Estrategia Paneuropea sobre conservación de
la biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.
6. Organismos internacionales para la conservación. La
UICN. El Programa MAB. Las Reservas de la Biosfera. La
Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.
7. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en
la UE. El Tratado de la Unión. El V Programa de acción
medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma de la
PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación de la
biodiversidad.
8. Las Directivas Aves y Hábitats. Aplicación en España y
en el resto de la UE.
9. La ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales
características e instrumentos. La sentencia del Tribunal
Constitucional.
10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red
Estatal de Parques Nacionales. Protección de Espacios Naturales
en las Comunidades Autónomas.
11. El papel de la investigación en la conservación de la
biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel
global.
12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.
Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e
instrumentos sociales.
13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.
14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y
sociales.
15. Participación social en la gestión del medio natural y la
conservación de la biodiversidad. Alternativas para el desarrollo
sostenible.
16. La diversidad biológica: Concepto y métodos de medida.
17. Inventariación de la diversidad biológica. Manejo,
ordenación y archivo de información. Manejo de bases de datos.
18. Análisis y evaluación de los componentes de la diversidad
biológica. Aplicaciones a la gestión. Ejemplos concretos.
19. Técnicas de recolección y preparación de muestras
biológicas para estudios de biodiversidad.
20. Cooperación con las Comunidades Autónomas en
programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de
la Naturaleza y sus Comités especializados. Principales
actividades.
21. Las zonas húmedas españolas. Principales problemas de
conservación. Ejemplos concretos.
22. El medio fluvial. Principales problemas de conservación.
Ejemplos concretos.
23. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio y de
bosque de coníferas. Principales problemas de conservación.
Ejemplos concretos.
24. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.
Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.
25. Los ecosistemas esteparios y de cultivos en España.
Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.
26. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.
Características principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red
Natura 2000.
27. Planes Rectores de Uso y Gestión. Características
principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red Natura 2000.
28. La conservación de especies. Catálogo Nacional de
Especies Amenazadas. Planes de Recuperación. Otros Planes. Ejemplos
concretos.
29. La gestión de la fauna cinegética y piscícola. Censo
Nacional de Caza y Pesca. Planes Técnicos de Caza.
30. La participación pública. La comunicación y la educación
ambiental.
Especialidad: Geología
1. Rocas ígneas: Origen, clasificación y distribución en
España de las áreas más importantes.
2. Rocas metamórficas: Origen, clasificación y distribución
en España de las áreas más importantes.
3. Rocas sedimentarias: Origen, clasificación y distribución
en España de las áreas más importantes.
4. Suelos: Génesis y evolución de los suelos. Morfología y
constituyentes de los suelos. Características y clasificación de los
suelos. Suelos expansivos y colapsables.
5. Geología histórica de la Península Ibérica: Períodos
geológicos y fases de plegamiento.
6. Deformación tectónica: Deformaciones frágil y dúctil.
Estilos tectónicos.
7. Estrato y estratificación. Facies. Métodos de estudio de
las rocas estratificadas.
8. Los procesos de transformación del relieve. Geodinámica
interna: Procesos tectónicos (orogénesis, epirogénesis,
vulcanismo, etc.). Geodinámica externa: Erosión, transporte y
sedimentación.
9. Morfología de laderas. Estudios descriptivos y
descripciones empíricas. Evolución de pendientes: Principales teorías: Ciclo
de Davis, sistema de Penck, ciclo de King.
10. Hidrogeología. Conceptos y parámetros. Efectos del agua
en los materiales y en su estabilidad. Investigación hidrogeológica.
Redes de filtración. Ensayos de permeabilidad en campo y
laboratorio.
11. Rasgos fisiográficos del territorio español.
12. El macizo Hespérico Septentrional, el Sistema Central
y la cordillera Ibérica: Relaciones y diferenciaciones (rasgos
geológicos y geomorfológicos). Pasos naturales. Problemática básica
de las obras lineales (litológica, geomorfológica, hidrológica y
geotécnica).
13. La cordillera Pirenaica, la cordillera Vasco-Cantábrica y
el sistema costero Catalán, y las cordilleras Béticas: Relaciones
y diferenciaciones (rasgos geológicos y geomorfológicos). Pasos
naturales. Problemática básica de las obras lineales (litológica,
geomorfológica, hidrológica y geotécnica).
14. La depresión del Ebro y la depresión del Duero:
Relaciones y estudio comparativo (rasgos geológico y
geomorfológicos). Problemática básica de las obras lineales (litológica,
geomorfológica, hidrológica y geotécnica).
15. La depresión del Tajo y el valle del Guadalquivir:
Relaciones y estudio comparativo (rasgos geológicos y
geomorfológicos). Problemática básica de las obras lineales (litológica,
geomorfológica, hidrológica y geotécnica).
16. Estudios geológicos para una obra lineal. Caracterización
geomorfológica y geotécnica del trazado. Cartografía
geomorfológica y geotécnica.
17. Estudios geológicos de detalle según el tipo de trabajo:
Estudio previo, estudio informativo, anteproyecto y proyecto
constructivo.
18. Sensores remotos aplicados al estudio geológico del
trazado. Características generales de las formaciones geológicas en
las fotos aéreas estereoscópicas. Otras técnicas de interpretación.
19. Reconocimientos generales del terreno. Alcance.
Metodología. Zonificación regional. Reconocimientos previos de campo.
20. Investigación de detalle del terreno. Finalidad y alcance.
Métodos de investigación. Sondeos mecánicos: Métodos, gráficos
e interpretación. Ensayos en sondeos. Técnicas geofísicas:
Ripabilidad del terreno. Ensayos in situ.
21. Evaluación de las áreas de materiales de préstamos.
Caracterización y ensayos. Utilización de los préstamos en las
obras lineales.
22. Materiales para plataformas ferroviarias. Balasto.
Subalasto. Naturaleza y características de los materiales. Toma de
muestras. Ensayos. Especificaciones. Control de calidad.
23. Condicionantes geológicos durante la construcción y
explotación de la obra lineal. Riesgos de inestabilidad del terreno:
Definición y medidas preventivas. Cartografía de riesgos de zonas
afectadas por movimientos del terreno.
24. Tipología y desarrollo de los movimientos del terreno:
Factores condicionantes y desencadenantes.
25. Estabilidad de taludes en suelos y rocas. Mecanismos y
tipologías de rotura. Factores que influyen en la estabilidad.
Investigación e instrumentación de campo.
26. Corrección de taludes. Aspectos constructivos y
económicos. Tipología de las correcciones. Corrección mediante
anclajes y muros. Corrección superficial.
27. Túneles. Sistemas constructivos. El proceso constructivo:
Adecuación al terreno. Reconocimientos geológicos para el
Proyecto y durante la ejecución: Problemática.
28. Clasificación de los macizos rocosos. Sistemas de
clasificación. Recolección de datos geológicos. Representación
gráfica de los datos geológicos: Aplicación a la estabilidad del terreno.
29. Excavaciones en roca: Tipología. Ripabilidad. Voladuras:
Diseño. Daños causados por las voladuras. Daños en la roca
remanente.
30. El impacto ambiental: Aspectos geológicos:
Caracterización del terreno. Vertederos. Préstamos. Medidas de integración
ambiental de la obra.
Especialidad: Biotecnología
1. Concepto de Biotecnología. Diferencias entre
biotecnología clásica e ingeniería genética.
2. Sistemas de vectores.
3. Enzimas de restricción.
4. Clonación molecular.
5. Métodos de transformación en microorganismos.
6. Métodos de transformación en plantas.
7. Métodos de transformación en animales.
8. Técnicas de detección e identificación de organismos
modificadosgenéticamente-OMGs (patrones de proteínas, análisis de
secuencias de DNA, PCR, etc.).
9. Cuantificación de DNA.
10. Aplicación de la biotecnología en la agricultura.
11. Aplicación de la biotecnología en el sector médico y
farmacéutico.
12. Aplicación de la biotecnología en el medio ambiente.
13. Aplicación de la biotecnología en la obtención de nuevos
alimentos.
14. Aplicación de la biotecnología para la identificación de
especies.
15. Evaluación y gestión del riesgo de OMGs para la salud
humana.
16. Evaluación y gestión del riesgo para el medio ambiente
de la introducción de OMGs.
17. Control de los posibles efectos indirectos causados por
la introducción de OMGs en el medio ambiente.
18. Programas de seguimiento de variedades transgénicas.
19. Normativa de la Unión Europea sobre bioseguridad.
Directiva 90/219/CEE y Directiva 90/220/CEE.
20. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:
Directiva 90/679/CEE sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición de agentes biológicos
en el trabajo y Directiva 91/414/CEE sobre la comercialización
de productos fitosanitarios.
21. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:
Directiva 93/114/CEE sobre nuevos aditivos alimentarios y
Reglamento 258/1997 sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes
alimentarios.
22. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:
Directiva 93/41/CEE sobre productos farmacéuticos de alta
tecnología y Directiva 98/44/CEE sobre la protección jurídica de
las invenciones biotecnológicas.
23. Ley 15/1994 por la que se establece el régimen jurídico
de la utilización confinada, liberación voluntaria y
comercialización de organismos modificados genéticamente.
24. Real Decreto 951/1997 por el que se aprueba el
Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 15/1994.
25. Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad
Biológica: Protocolo de Bioseguridad.
26. Productos biotecnológicos comercializados: Situación
internacional.
27. Percepción social de la biotecnología. La biotecnología
y los consumidores.
28. Investigación biotecnológica en España. Programa
Nacional de Biotecnología. Programa ATICA.
29. Bases de datos internacionales sobre biotecnología.
30. Perspectivas y tendencias futuras de la biotecnología.
Especialidad: Uso público
1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales
características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.
Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso sostenible de
la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.
2. Convenio de Ramsar. Principales características y
evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos
específicos. Plan Estratégico.
3. Convenio de Washington (CITES). Principales
características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.
4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución
del Convenio. Los Acuerdos Regionales. Aplicación en España.
5. Convenio de Berna. Principales características y evolución
del Convenio. La Estrategia Paneuropea sobre conservación de
la biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.
6. Organismos internacionales para la conservación. La
UICN. El Programa MAB. Las Reservas de la Biosfera. La
Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.
7. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en
la UE. El Tratado de la Unión. El V Programa de acción
medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma de la
PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación de la
biodiversidad.
8. Las Directivas Aves y Hábitats. Aplicación en España y
en el resto de la UE.
9. La ley 4/89 y su desarrollo reglamentario. Principales
características e instrumentos. La sentencia del Tribunal
Constitucional.
10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red
Estatal de Parques Nacionales. Protección de Espacios Naturales
en las Comunidades Autónomas.
11. El papel de la investigación en la conservación de la
biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel
global.
12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.
Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e
instrumentos sociales.
13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.
14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y
sociales.
15. Participación social en la gestión del medio natural y la
conservación de la biodiversidad. Alternativas para el desarrollo
sostenible.
16. Los instrumentos sociales en la política ambiental:
Información, sensibilización y educación.
17. La investigación social: Percepción, actitudes y
comportamiento. Técnicas de investigación social.
18. El modelo de organización social: Cultura y tecnología.
19. Economía y medio ambiente: Situación y perspectivas de
futuro.
20. Estilos de vida y consumo: La relación Norte-Sur.
21. Teorías sobre la toma de decisiones y la resolución de
conflictos.
22. Planes de ordenación de los recursos naturales y planes
rectores de uso y gestión, los aspectos sociales.
23. Componentes de un programa de intervención social.
24. Criterios y métodos para analizar la relación de las
poblaciones locales y el entorno natural y su participación en el uso
y gestión de áreas protegidas.
25. La modificación del comportamiento: Dimensiones
individual y social.
26. Los recursos para la realización de las acciones:
Equipamientos y materiales.
27. Tipología de los programas: Comunicación, voluntariado,
interpretación, promoción, marketing social, etc.
28. La participación pública y la construcción de consensos
sociales.
29. Formación, empleo y ambiente.
30. Evaluación de programas. Criterios de calidad.
ANEXO III
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente
Tribunal titular
Presidente: D. José Sáenz González, Escala Técnica de Gestión
de Organismos Autónomos.
Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos.
Vocales: doña Ana Fresno Ruíz Escala Técnica de Gestión de
Organismos Autónomos; don Fernando Octavio de Toledo Ubieto
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del MIMAM; don Basilio Rada Martínez Cuerpo de
Ingenieros de Montes; don Adolfo Gallardo de Marco Escala de
Técnicos Facultativos
Superiores de Organismos Autónomos del MIMAM; don José
María Díaz Ortíz Cuerpo de ICCP del Estado.
D. Benigno Elvira Payán Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad. (Conservación de la Biodiversidad), y don José
Antonio Corraliza Rodríguez Cuerpo de Profesores Titulares de
Universidad. (Uso público).
Tribunal suplente
Presidente: Doña Mónica Corrales Rodrigáñez Cuerpo Superior
de Administradores Civiles del Estado.
Secretaria: Doña Mercedes Montesinos del Valle Escala de
Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MINER.
Vocales: Don Enrique Bailly-Bailliery Durán Escala de Titulados
Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo; don José María Pernia Llera Cuerpo de Ingenieros de
Minas; don Juan Garay Zabala Escala de Técnicos Facultativos
Superior de Organismos Autónomos del MAPA; don José Antonio
Fernández Sánchez Cuerpo de Ingenieros de Minas; don Luis
Pinilla López-Oliva Cuerpo de ICCP del Estado; doña Susana Calvo
Roy Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del MIMAM, y don Jesús Javier González Fernández
Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
ANEXO IV
(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)
Don/doña.........................................................................................................................
Cargo.............................................................................................................................
Centro directivo o unidad administrativa............................................................................................
CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes
extremos:
Apellidos:.................................................Nombre:.................................................
Cuerpo o Escala a que pertenece:.....................................................................................
Documento nacional de identidad número......................Número de Registro de Personal......................
Destino actual:.......................................................................................................
1. o Antigüedad: Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, en
Cuerpos/Escalas del grupo B:.........................................................................................................
2. o Grado personal consolidado:..................................................................................................
3. o Datos referidos a los puestos de trabajo desarrollados:
Denominación y años completos de servicios prestados en cada puesto de trabajo:
.................................................................................................. ........................años.
.................................................................................................. ........................años.
.................................................................................................. ........................años.
.................................................................................................. ........................años.
.................................................................................................. ........................años.
4. o Cursos de formación y perfeccionamiento:
Denominación Centro que lo impartió
.................................................................. ..................................................................
.................................................................. ..................................................................
.................................................................. ..................................................................
.................................................................. ..................................................................
.................................................................. ..................................................................
Expedido en..........................................................., a ......... de ............................. de .........
(Firma y sello)
(A cumplimentar por el órgano de selección)
Total puntuación en fase de concurso...............................................................................................
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid