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Documento BOE-A-1998-28631

Orden de 3 de diciembre de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente.

Publicado en:
«BOE» núm. 296, de 11 de diciembre de 1998, páginas 41248 a 41255 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-28631

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,

de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1998 y con el fin

de atender las necesidades de personal en la Administración

Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado ("Boletín Oficial del Estado" del 15), previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda

convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Técnicos

Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio

de Medio Ambiente, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas

en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente, por el sistema de

promoción interna, desde Cuerpos o Escalas del grupo B, en las

siguientes especialidades:

Ingeniería de Saneamiento.

Conservación de la Biodiversidad.

Geología.

Biotecnología.

Uso Público.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, con sus correspondientes

modificaciones; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley

6/1997, de 14 de abril, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso

y oposición previstas en el anexo I, con las valoraciones, pruebas,

puntuaciones y materias que se especifican en el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará, dentro de las especialidades

concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con la

puntuación total obtenida por éstos en las fases de concurso y

de oposición, a que se refiere el apartado 2.3 del anexo I.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir del 1 de enero de 1999.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente hará

pública la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en

la fase de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto,

en todo caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio

de la fase de oposición y en el tablón de anuncios de los Servicios

Centrales del Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

La duración máxima de las fases de concurso y oposición será

de nueve meses, contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.3 Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero,

Arquitecto o equivalente, o haber realizado todos los estudios

necesarios para la obtención de dicho título.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente

disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.1.6 Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día

de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que

pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley

30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1) y reunir los demás requisitos

exigidos en la convocatoria.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978 en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

del Cuerpo o Escala del grupo B, a que pertenezcan, serán

computables a efectos de antigüedad para participar en estas pruebas

selectivas.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de

solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión

como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada,

gratuitamente, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en

las Comunidades Autónomas, así como en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Instituto

Nacional de Administración Pública y en la Oficina de Información

de los Servicios Centrales del Ministerio de Medio Ambiente.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad.

Los aspirantes, para poderles valorar la fase de concurso, que

no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación,

según modelo contenido en el anexo IV, expedida por los servicios

de personal del Departamento en el que el funcionario haya

prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en los

Cuerpos o Escalas del grupo B a que pertenezca el mismo, así

como cuanta documentación estime oportuna para la mejor

valoración de los méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I

de la convocatoria.

Las instrucciones para cumplimentar la instancia serán las que

se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en

todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

En el recuadro correspondiente a Ministerio, consigne

Ministerio de Medio Ambiente.

En el recuadro dedicado a Centro Gestor. Consigne

Subsecretaría de Medio Ambiente y código 23001.

En el recuadro relativo a la tasa de derechos de examen.

Consigne el código 23020.

En el recuadro donde figura el año de la convocatoria. Señale

los dos últimos dígitos del año en que la misma se haya publicado,

es decir, 98.

En el recuadro número 15. Cuerpo, Escala, grupo profesional

o Categoría. Consignar Escala de Técnicos Facultativos Superiores

de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente y

código 5900.

En el recuadro número 16. Especialidad, área o asignatura.

Consignar la especialidad por la que se opte de entre las previstas

en la base 1.1 de esta convocatoria.

En el recuadro número 17. Forma de acceso. Consignar la

letra P, correspondiente al sistema de promoción interna.

En el recuadro número 18. Ministerio/órgano/entidad

convocante. Consignar Ministerio de Medio Ambiente y código 00023.

En el recuadro número 19. Fecha "Boletín Oficial del Estado"

consignar la fecha de publicación en el "Boletín Oficial del Estado"

de la presente convocatoria.

En el recuadro número 20. Provincia de examen. Consignar

Madrid.

En el recuadro número 21. Minusvalía. Indicar el porcentaje

del grado de minusvalía según el dictamen del órgano competente.

El recuadro número 22. Reserva para discapacitados. Se dejará

en blanco.

En el recuadro número 23. En caso de minusvalía o

discapacidad adaptación que se solicita y motivo de la misma. El

interesado hará constar las posibles adaptaciones de tiempo y medios

para la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas,

cuando esta adaptación sea necesaria.

En el recuadro número 24. Títulos académicos oficiales.

Consignar los exigidos en la convocatoria, apartado 2.1.3 de la base 2.

En el recuadro número 25 A) se hará constar el idioma o idiomas

a que se refiere el apartado 1.3 del anexo I de la convocatoria,

de los que el aspirante desee ser examinado.

Consigne en el recuadro destinado a importe el correspondiente

a los derechos de examen, ya que es un impreso autoliquidativo.

Presente la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o

Cooperativa de Crédito, de las que actúan como entidades

colaboradoras en la recaudación tributaria (la práctica totalidad de

las mismas).

Las solicitudes suscritas por los españoles residentes en el

extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario

de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta del Banco

de Santander "Tesoro Público. Ministerio de Medio Ambiente.

Cuenta restringida para la recaudación de tasas en el extranjero"

(código 0085/2145/82/0000000079).

3.2 La presentación de solicitudes ("ejemplar para la

Administración") se hará en el Registro General del Ministerio de Medio

Ambiente o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

en el plazo de veinte días naturales a partir del siguiente al de

la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del

Estado" y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente,

Subdirección General de Recursos Humanos, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid.

3.3 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas.

Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen

las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100,

debiendo acompañar, a la solicitud, certificado acreditativo de

tal condición.

La acreditación del pago de la tasa se realizará mediante

certificación mecánica por medio de impresión de máquina contable

o mediante el sello y firma autorizada en los tres ejemplares de

la solicitud. La falta de justificación del abono de los derechos

de examen determinará la exclusión del aspirante.

De conformidad con lo establecido en la Ley de Tasas y Precios

Públicos, no procederá devolución alguna de los derechos de

examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por

causa imputable al interesado.

En ningún caso la presentación y pago de la tasa supondrá

sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de

la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.4 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, el

Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente dictará resolución,

en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín

Oficial del Estado", en la que, además de declarar aprobada la

lista de admitidos y excluidos, se determinará el lugar y la fecha

de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de los

aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En

la lista deberán constar, en todo caso, los apellidos, nombre y

número del documento nacional de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su

publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano

competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y en el supuesto

de producirse posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en la

relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan en

la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento, en

la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo III a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, cuando concurran en ellos circunstancias de las

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado

tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los

cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución, el Tribunal para actuar

válidamente requerirá la presencia del Presidente, del Secretario y

de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas, en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.1, las adaptaciones

posibles en tiempo y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Medio Ambiente, plaza

de San Juan de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, teléfono

91 597 69 78.

El Tribunal dispondrá que en esta sede al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra Ñ, de conformidad con

lo establecido en resolución de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública de 15 de abril de 1998 ("Boletín Oficial

del Estado" del 18) por la que se publica el resultado del sorteo

celebrado el día 3 de abril de 1998.

6.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 La publicación de los sucesivos anuncios de celebración

del segundo y restantes ejercicios se efectuará por el Tribunal

en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en

la sede del Tribunal señalada en la base 5.10 y por cualesquiera

otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima

divulgación con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la

señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del

mismo ejercicio el anuncio será publicado en los locales donde

se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier

otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos,

de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo

de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación

en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del

orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública, en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de aspirantes aprobados, por orden de puntuación total

alcanzada en todo el proceso selectivo, con especificación de la

puntuación obtenida en cada una de las dos fases del mismo,

así como con indicación del documento nacional de identidad.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase de oposición, y, en el supuesto de persistir

el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los

mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha

fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la

relación de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Medio

Ambiente, especificando el número de aprobados en cada uno

de los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano

la citada relación para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

7.2 En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá

aprobar ni declarar que han superado el proceso selectivo un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier

propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula

de pleno derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Medio Ambiente, plaza de San Juan

de la Cruz, sin número, 28071 Madrid, fotocopia compulsada del

título exigido en la base 2.1.3 de esta convocatoria, o certificación

académica que acredite haber realizado todos los estudios para

la obtención del título.

8.2 Quienes dentro del plazo fijado, salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada, no presentaren la

documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece

de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.3 Una vez finalizado el proceso selectivo los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos, siendo nombrados, a propuesta del

Subsecretario del Ministerio de Medio Ambiente, funcionarios de

carrera, mediante Resolución del Secretario de Estado para la

Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del

Estado" y en la que se indicará el destino adjudicado.

8.4 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.5 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros competentes de Formación de

Funcionarios, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecida por las Leyes

30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

y la reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 3 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 25 de

septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el

Subsecretario Claro José Fernández-Carnicero González.

Subsecretaria del Departamento.

ANEXO I

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario en Cuerpos o

Escalas del grupo B a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos

efectos los servicios efectivos prestados en dicho grupo hasta la

fecha de publicación de la presente convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

centros oficiales de formación de funcionarios.

1.3 La fase de oposición constará de dos ejercicios

obligatorios, así como de una prueba voluntaria de idiomas. Esta última

podrá ser realizada por los aspirantes que lo deseen y que hayan

superado los ejercicios obligatorios.

Los dos ejercicios obligatorios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias que correspondan a cada

especialidad concreta elegida por el mismo y que figuran en el anexo II

de esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de

tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,

siendo necesario obtener 12,5 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Los opositores deberán presentar en la

Subdirección General de Recursos Humanos del Departamento, en

el plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente

al de la publicación de la relación de aspirantes que hayan

superado el primer ejercicio:

Una Memoria con su historial formativo y profesional,

adjuntando los documentos acreditativos de los extremos contenidos

en ella.

Un trabajo o estudio sobre un tema concreto de los

correspondientes a la especialidad elegida por el aspirante.

Este segundo ejercicio consistirá en la defensa oral por parte

del aspirante, durante un tiempo máximo de media hora, en sesión

pública ante el Tribunal, de su historial formativo y profesional

en relación con las materias propias de las funciones de la Escala

de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos

del Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con la especialidad

elegida, así como de aquellos aspectos más relevantes del trabajo

o estudio realizado.

El Tribunal, durante el tiempo que considere oportuno, podrá

dialogar con el aspirante sobre el contenido de ambos trabajos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 25 puntos,

siendo necesario obtener 12,5 puntos para poder superarlo.

Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno

o los dos siguientes idiomas:

Francés.

Inglés.

La citada prueba consistirá en acreditar oralmente ante el

Tribunal, durante un tiempo máximo de 30 minutos, los

conocimientos suficientes de lectura, traducción y conversación del idioma

o idiomas que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo

efecto el Tribunal designará el texto sobre el que se practicará

la misma.

Esta prueba se calificará otorgando hasta dos puntos y medio

por idioma, con un máximo de cinco puntos.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.2 de este anexo se realizará de la forma siguiente:

2.1.1 Antigüedad: Se otorgará a cada aspirante por cada año

completo de servicios efectivos en Cuerpos/Escalas del grupo B

0,50 puntos, hasta un máximo de 12 puntos.

2.1.2 Grado personal: Se otorgará a cada aspirante por la

posesión de un determinado grado personal consolidado hasta

un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 26: 4 puntos.

Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 24: 3 puntos.

Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 22: 2 puntos.

Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 1,25 punto.

Grado personal igual al 19: 1 punto.

Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado: Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las de la Escala objeto de esta

convocatoria 1 punto por cada año completo, hasta un máximo

de 4 puntos.

2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento realizados:

Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de

4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento

realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias de la Escala objeto de esta

convocatoria.

2.2 Fase de oposición: Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.3 de este anexo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.3 Calificación total: La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de concurso y oposición.

En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el segundo y primer ejercicio de

la fase de oposición, por este orden.

ANEXO II

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

P ROGRAMA

Especialidad: Ingeniería de Saneamiento

1. La calidad del agua y la protección del Dominio Público

Hidráulico en la Ley de Aguas.

2. Directivas europeas sobre calidad de aguas y su

incorporación a la legislación española.

3. El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.

4. Legislación sobre vertidos tóxicos y peligrosos.

5. Diseño hidráulico y ambiental de redes de saneamiento.

6. Drenaje urbano.

7. Diseño y operación de sistemas de colectores unitarios.

Tendencias actuales.

8. Conducciones para saneamiento. Especificaciones técnicas

y procedimientos constructivos.

9. Aliviaderos de tormenta. Tipología, diseño y funcionalidad

dentro del sistema de saneamiento.

10. Estructuras hidráulicas auxiliares de la red de

saneamiento. Tipología y diseño.

11. Limpieza, mantenimiento y rehabilitación de

conducciones de aguas residuales.

12. Degradación y corrosión de conducciones de aguas

residuales.

13. Bombeo de aguas residuales.

14. Diseño de tratamientos físicos y físico-químicos para

aguas residuales.

15. Diseño de tratamientos biológicos para aguas residuales.

16. Tratamientos avanzados para la eliminación de nutrientes

en aguas residuales.

17. Tratamientos de desinfección de aguas residuales.

18. Tratamientos de aguas residuales industriales.

19. Tratamiento y gestión de fangos de estaciones

depuradoras de aguas residuales.

20. Sistemas de control, equipamientos auxiliares y

organización para la gestión y control de estaciones depuradoras de

aguas residuales.

21. Sistemas de saneamiento litoral. Aspectos específicos de

diseño.

22. Alivios en áreas costeras. Influencia sobre la calidad del

agua y metodología de estudio.

23. Procesos de transporte, dispersión y evolución de

contaminantes en el medio marino.

24. Objetivos y técnicas para el reconocimiento del fondo

marino en el estudio de emisarios submarinos.

25. Acciones del oleaje sobre tuberías submarinas y formas

de protección.

26. Proyecto y construcción de emisarios submarinos.

27. Modelos de calidad para sistemas generales de saneamiento.

28. Reglamento de vertidos a los sistemas de saneamiento.

29. Tarifa de utilización de los sistemas de saneamiento.

30. Planes de Vigilancia Ambiental en saneamiento.

Objetivos, definición y desarrollo.

Especialidad: Conservación de la biodiversidad

1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales

características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.

Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso sostenible de

la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos

específicos. Plan Estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los Acuerdos Regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. La Estrategia Paneuropea sobre conservación de

la biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.

6. Organismos internacionales para la conservación. La

UICN. El Programa MAB. Las Reservas de la Biosfera. La

Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.

7. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en

la UE. El Tratado de la Unión. El V Programa de acción

medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma de la

PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación de la

biodiversidad.

8. Las Directivas Aves y Hábitats. Aplicación en España y

en el resto de la UE.

9. La ley 4/1989 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red

Estatal de Parques Nacionales. Protección de Espacios Naturales

en las Comunidades Autónomas.

11. El papel de la investigación en la conservación de la

biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel

global.

12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.

Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e

instrumentos sociales.

13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.

14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y

sociales.

15. Participación social en la gestión del medio natural y la

conservación de la biodiversidad. Alternativas para el desarrollo

sostenible.

16. La diversidad biológica: Concepto y métodos de medida.

17. Inventariación de la diversidad biológica. Manejo,

ordenación y archivo de información. Manejo de bases de datos.

18. Análisis y evaluación de los componentes de la diversidad

biológica. Aplicaciones a la gestión. Ejemplos concretos.

19. Técnicas de recolección y preparación de muestras

biológicas para estudios de biodiversidad.

20. Cooperación con las Comunidades Autónomas en

programas de conservación. La Comisión Nacional de Protección de

la Naturaleza y sus Comités especializados. Principales

actividades.

21. Las zonas húmedas españolas. Principales problemas de

conservación. Ejemplos concretos.

22. El medio fluvial. Principales problemas de conservación.

Ejemplos concretos.

23. Los ecosistemas españoles de bosque caducifolio y de

bosque de coníferas. Principales problemas de conservación.

Ejemplos concretos.

24. Los ecosistemas españoles de bosque esclerófilo.

Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.

25. Los ecosistemas esteparios y de cultivos en España.

Principales problemas de conservación. Ejemplos concretos.

26. Planes de Ordenación de los Recursos Naturales.

Características principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red

Natura 2000.

27. Planes Rectores de Uso y Gestión. Características

principales. Ejemplos concretos. Aplicación a la Red Natura 2000.

28. La conservación de especies. Catálogo Nacional de

Especies Amenazadas. Planes de Recuperación. Otros Planes. Ejemplos

concretos.

29. La gestión de la fauna cinegética y piscícola. Censo

Nacional de Caza y Pesca. Planes Técnicos de Caza.

30. La participación pública. La comunicación y la educación

ambiental.

Especialidad: Geología

1. Rocas ígneas: Origen, clasificación y distribución en

España de las áreas más importantes.

2. Rocas metamórficas: Origen, clasificación y distribución

en España de las áreas más importantes.

3. Rocas sedimentarias: Origen, clasificación y distribución

en España de las áreas más importantes.

4. Suelos: Génesis y evolución de los suelos. Morfología y

constituyentes de los suelos. Características y clasificación de los

suelos. Suelos expansivos y colapsables.

5. Geología histórica de la Península Ibérica: Períodos

geológicos y fases de plegamiento.

6. Deformación tectónica: Deformaciones frágil y dúctil.

Estilos tectónicos.

7. Estrato y estratificación. Facies. Métodos de estudio de

las rocas estratificadas.

8. Los procesos de transformación del relieve. Geodinámica

interna: Procesos tectónicos (orogénesis, epirogénesis,

vulcanismo, etc.). Geodinámica externa: Erosión, transporte y

sedimentación.

9. Morfología de laderas. Estudios descriptivos y

descripciones empíricas. Evolución de pendientes: Principales teorías: Ciclo

de Davis, sistema de Penck, ciclo de King.

10. Hidrogeología. Conceptos y parámetros. Efectos del agua

en los materiales y en su estabilidad. Investigación hidrogeológica.

Redes de filtración. Ensayos de permeabilidad en campo y

laboratorio.

11. Rasgos fisiográficos del territorio español.

12. El macizo Hespérico Septentrional, el Sistema Central

y la cordillera Ibérica: Relaciones y diferenciaciones (rasgos

geológicos y geomorfológicos). Pasos naturales. Problemática básica

de las obras lineales (litológica, geomorfológica, hidrológica y

geotécnica).

13. La cordillera Pirenaica, la cordillera Vasco-Cantábrica y

el sistema costero Catalán, y las cordilleras Béticas: Relaciones

y diferenciaciones (rasgos geológicos y geomorfológicos). Pasos

naturales. Problemática básica de las obras lineales (litológica,

geomorfológica, hidrológica y geotécnica).

14. La depresión del Ebro y la depresión del Duero:

Relaciones y estudio comparativo (rasgos geológico y

geomorfológicos). Problemática básica de las obras lineales (litológica,

geomorfológica, hidrológica y geotécnica).

15. La depresión del Tajo y el valle del Guadalquivir:

Relaciones y estudio comparativo (rasgos geológicos y

geomorfológicos). Problemática básica de las obras lineales (litológica,

geomorfológica, hidrológica y geotécnica).

16. Estudios geológicos para una obra lineal. Caracterización

geomorfológica y geotécnica del trazado. Cartografía

geomorfológica y geotécnica.

17. Estudios geológicos de detalle según el tipo de trabajo:

Estudio previo, estudio informativo, anteproyecto y proyecto

constructivo.

18. Sensores remotos aplicados al estudio geológico del

trazado. Características generales de las formaciones geológicas en

las fotos aéreas estereoscópicas. Otras técnicas de interpretación.

19. Reconocimientos generales del terreno. Alcance.

Metodología. Zonificación regional. Reconocimientos previos de campo.

20. Investigación de detalle del terreno. Finalidad y alcance.

Métodos de investigación. Sondeos mecánicos: Métodos, gráficos

e interpretación. Ensayos en sondeos. Técnicas geofísicas:

Ripabilidad del terreno. Ensayos in situ.

21. Evaluación de las áreas de materiales de préstamos.

Caracterización y ensayos. Utilización de los préstamos en las

obras lineales.

22. Materiales para plataformas ferroviarias. Balasto.

Subalasto. Naturaleza y características de los materiales. Toma de

muestras. Ensayos. Especificaciones. Control de calidad.

23. Condicionantes geológicos durante la construcción y

explotación de la obra lineal. Riesgos de inestabilidad del terreno:

Definición y medidas preventivas. Cartografía de riesgos de zonas

afectadas por movimientos del terreno.

24. Tipología y desarrollo de los movimientos del terreno:

Factores condicionantes y desencadenantes.

25. Estabilidad de taludes en suelos y rocas. Mecanismos y

tipologías de rotura. Factores que influyen en la estabilidad.

Investigación e instrumentación de campo.

26. Corrección de taludes. Aspectos constructivos y

económicos. Tipología de las correcciones. Corrección mediante

anclajes y muros. Corrección superficial.

27. Túneles. Sistemas constructivos. El proceso constructivo:

Adecuación al terreno. Reconocimientos geológicos para el

Proyecto y durante la ejecución: Problemática.

28. Clasificación de los macizos rocosos. Sistemas de

clasificación. Recolección de datos geológicos. Representación

gráfica de los datos geológicos: Aplicación a la estabilidad del terreno.

29. Excavaciones en roca: Tipología. Ripabilidad. Voladuras:

Diseño. Daños causados por las voladuras. Daños en la roca

remanente.

30. El impacto ambiental: Aspectos geológicos:

Caracterización del terreno. Vertederos. Préstamos. Medidas de integración

ambiental de la obra.

Especialidad: Biotecnología

1. Concepto de Biotecnología. Diferencias entre

biotecnología clásica e ingeniería genética.

2. Sistemas de vectores.

3. Enzimas de restricción.

4. Clonación molecular.

5. Métodos de transformación en microorganismos.

6. Métodos de transformación en plantas.

7. Métodos de transformación en animales.

8. Técnicas de detección e identificación de organismos

modificadosgenéticamente-OMGs (patrones de proteínas, análisis de

secuencias de DNA, PCR, etc.).

9. Cuantificación de DNA.

10. Aplicación de la biotecnología en la agricultura.

11. Aplicación de la biotecnología en el sector médico y

farmacéutico.

12. Aplicación de la biotecnología en el medio ambiente.

13. Aplicación de la biotecnología en la obtención de nuevos

alimentos.

14. Aplicación de la biotecnología para la identificación de

especies.

15. Evaluación y gestión del riesgo de OMGs para la salud

humana.

16. Evaluación y gestión del riesgo para el medio ambiente

de la introducción de OMGs.

17. Control de los posibles efectos indirectos causados por

la introducción de OMGs en el medio ambiente.

18. Programas de seguimiento de variedades transgénicas.

19. Normativa de la Unión Europea sobre bioseguridad.

Directiva 90/219/CEE y Directiva 90/220/CEE.

20. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:

Directiva 90/679/CEE sobre la protección de los trabajadores

contra los riesgos relacionados con la exposición de agentes biológicos

en el trabajo y Directiva 91/414/CEE sobre la comercialización

de productos fitosanitarios.

21. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:

Directiva 93/114/CEE sobre nuevos aditivos alimentarios y

Reglamento 258/1997 sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes

alimentarios.

22. Legislación horizontal sobre productos biotecnológicos:

Directiva 93/41/CEE sobre productos farmacéuticos de alta

tecnología y Directiva 98/44/CEE sobre la protección jurídica de

las invenciones biotecnológicas.

23. Ley 15/1994 por la que se establece el régimen jurídico

de la utilización confinada, liberación voluntaria y

comercialización de organismos modificados genéticamente.

24. Real Decreto 951/1997 por el que se aprueba el

Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley 15/1994.

25. Convenio de las Naciones Unidas sobre Diversidad

Biológica: Protocolo de Bioseguridad.

26. Productos biotecnológicos comercializados: Situación

internacional.

27. Percepción social de la biotecnología. La biotecnología

y los consumidores.

28. Investigación biotecnológica en España. Programa

Nacional de Biotecnología. Programa ATICA.

29. Bases de datos internacionales sobre biotecnología.

30. Perspectivas y tendencias futuras de la biotecnología.

Especialidad: Uso público

1. Convenio sobre Diversidad Biológica. Principales

características. Principales resultados de las Conferencias de las Partes.

Estrategia Nacional para la Conservación y el Uso sostenible de

la Diversidad Biológica. La Estrategia comunitaria.

2. Convenio de Ramsar. Principales características y

evolución del Convenio. Aplicación en España y Europa. Proyectos

específicos. Plan Estratégico.

3. Convenio de Washington (CITES). Principales

características y evolución del Convenio. Reglamento CITES comunitario.

4. Convenio de Bonn. Principales características y evolución

del Convenio. Los Acuerdos Regionales. Aplicación en España.

5. Convenio de Berna. Principales características y evolución

del Convenio. La Estrategia Paneuropea sobre conservación de

la biodiversidad y del paisaje. La Red Esmeralda.

6. Organismos internacionales para la conservación. La

UICN. El Programa MAB. Las Reservas de la Biosfera. La

Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.

7. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en

la UE. El Tratado de la Unión. El V Programa de acción

medioambiental y desarrollo sostenible. Relaciones con la reforma de la

PAC. Instrumentos financieros aplicables a la conservación de la

biodiversidad.

8. Las Directivas Aves y Hábitats. Aplicación en España y

en el resto de la UE.

9. La ley 4/89 y su desarrollo reglamentario. Principales

características e instrumentos. La sentencia del Tribunal

Constitucional.

10. Las áreas y los espacios naturales protegidos. La Red

Estatal de Parques Nacionales. Protección de Espacios Naturales

en las Comunidades Autónomas.

11. El papel de la investigación en la conservación de la

biodiversidad. El conocimiento actual de la biodiversidad a nivel

global.

12. Influencia del medio ambiente en las demás políticas.

Integración de diferentes instrumentos: Legislación, incentivos e

instrumentos sociales.

13. Desarrollo rural. Agricultura y medio ambiente.

14. Diagnóstico de situaciones: Problemas ambientales y

sociales.

15. Participación social en la gestión del medio natural y la

conservación de la biodiversidad. Alternativas para el desarrollo

sostenible.

16. Los instrumentos sociales en la política ambiental:

Información, sensibilización y educación.

17. La investigación social: Percepción, actitudes y

comportamiento. Técnicas de investigación social.

18. El modelo de organización social: Cultura y tecnología.

19. Economía y medio ambiente: Situación y perspectivas de

futuro.

20. Estilos de vida y consumo: La relación Norte-Sur.

21. Teorías sobre la toma de decisiones y la resolución de

conflictos.

22. Planes de ordenación de los recursos naturales y planes

rectores de uso y gestión, los aspectos sociales.

23. Componentes de un programa de intervención social.

24. Criterios y métodos para analizar la relación de las

poblaciones locales y el entorno natural y su participación en el uso

y gestión de áreas protegidas.

25. La modificación del comportamiento: Dimensiones

individual y social.

26. Los recursos para la realización de las acciones:

Equipamientos y materiales.

27. Tipología de los programas: Comunicación, voluntariado,

interpretación, promoción, marketing social, etc.

28. La participación pública y la construcción de consensos

sociales.

29. Formación, empleo y ambiente.

30. Evaluación de programas. Criterios de calidad.

ANEXO III

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del Ministerio de Medio Ambiente

Tribunal titular

Presidente: D. José Sáenz González, Escala Técnica de Gestión

de Organismos Autónomos.

Secretaria: Doña Isabel de Antonio Sierra Escala Técnica de

Gestión de Organismos Autónomos.

Vocales: doña Ana Fresno Ruíz Escala Técnica de Gestión de

Organismos Autónomos; don Fernando Octavio de Toledo Ubieto

Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM; don Basilio Rada Martínez Cuerpo de

Ingenieros de Montes; don Adolfo Gallardo de Marco Escala de

Técnicos Facultativos

Superiores de Organismos Autónomos del MIMAM; don José

María Díaz Ortíz Cuerpo de ICCP del Estado.

D. Benigno Elvira Payán Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad. (Conservación de la Biodiversidad), y don José

Antonio Corraliza Rodríguez Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad. (Uso público).

Tribunal suplente

Presidente: Doña Mónica Corrales Rodrigáñez Cuerpo Superior

de Administradores Civiles del Estado.

Secretaria: Doña Mercedes Montesinos del Valle Escala de

Titulados Superiores de Organismos Autónomos del MINER.

Vocales: Don Enrique Bailly-Bailliery Durán Escala de Titulados

Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo; don José María Pernia Llera Cuerpo de Ingenieros de

Minas; don Juan Garay Zabala Escala de Técnicos Facultativos

Superior de Organismos Autónomos del MAPA; don José Antonio

Fernández Sánchez Cuerpo de Ingenieros de Minas; don Luis

Pinilla López-Oliva Cuerpo de ICCP del Estado; doña Susana Calvo

Roy Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos

Autónomos del MIMAM, y don Jesús Javier González Fernández

Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

ANEXO IV

(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)

Don/doña.........................................................................................................................

Cargo.............................................................................................................................

Centro directivo o unidad administrativa............................................................................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes

extremos:

Apellidos:.................................................Nombre:.................................................

Cuerpo o Escala a que pertenece:.....................................................................................

Documento nacional de identidad número......................Número de Registro de Personal......................

Destino actual:.......................................................................................................

1. o Antigüedad: Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria, en

Cuerpos/Escalas del grupo B:.........................................................................................................

2. o Grado personal consolidado:..................................................................................................

3. o Datos referidos a los puestos de trabajo desarrollados:

Denominación y años completos de servicios prestados en cada puesto de trabajo:

.................................................................................................. ........................años.

.................................................................................................. ........................años.

.................................................................................................. ........................años.

.................................................................................................. ........................años.

.................................................................................................. ........................años.

4. o Cursos de formación y perfeccionamiento:

Denominación Centro que lo impartió

.................................................................. ..................................................................

.................................................................. ..................................................................

.................................................................. ..................................................................

.................................................................. ..................................................................

.................................................................. ..................................................................

Expedido en..........................................................., a ......... de ............................. de .........

(Firma y sello)

(A cumplimentar por el órgano de selección)

Total puntuación en fase de concurso...............................................................................................

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