En el recurso contencioso-administrativo número 2.017/1994,
interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Hi-Tec Sports
PLC", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas,
de 5 de abril de 1993 y 14 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha
27 de abril de 1998 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme,
cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo interpuesto por la representación de la entidad
ªHi-Tec Sports PLCº, contra la Resolución de la Oficina Española de
Patentes y Marcas del Ministerio de Industria y Energía, de fecha 14 de marzo
de 1994, en cuanto a confirmatoria en reposición de anterior Resolución
de 5 de abril de 1993, en virtud de la cual se le denegó el registro de
la marca mixta número 1.569.696, ªHi-Tecº con cierto gráfico, para designar
productos de la clase 28, por ser dichas Resoluciones ajustadas a Derecho.
Sin costas."
En su virtud este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la
Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla
en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido
fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.-El Director general, José López
Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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