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En el recurso contencioso-administrativo número 923/1994, referente al expediente de marca internacional número 513.633, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Finaref, Societé Anonyme», contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 15 de octubre de 1992 y 24 de noviembre de 1993, se ha dictado, con fecha 4 de noviembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando en parte el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales señora Sorriebes Calle, en nombre y representación de la mercantil “Finaref, Societé Anonyme”, contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 15 de octubre de 1992, confirmada en reposición por acuerdo del mismo órgano, de fecha 24 de noviembre de 1993, por lo que se rechaza el registro de la marca número 513.633 “Finaref” para las clases 16, 35, 36, 38, 39 41 y 42, debemos anular y anulamos las mentadas Resoluciones por no ser ajustadas a Derecho, en cuanto se impide la inscripción de la marca solicitada para las clases 16, 35 y 39, lo que resulta procedente de acuerdo al ordenamiento jurídico.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia.»
En su virtud este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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