Vista la petición interesada por la empresa «Extensotronic, Sociedad Anónima», domiciliada en la calle Colón, números 4 y 6, 08912 Badalona (Barcelona), en solicitud de aprobación de modelo de una célula de carga, modelo TDF, fabricada y comercializada por «Extensotronic, Sociedad Anónima».
De acuerdo con el informe favorable emitido por el Laboratorio General d’Assaigs i Investigacions, con referencia 98012525,
Esta Dirección General del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, de acuerdo con la Ley 3/1985, de 18 de marzo; el Decreto 199/1991, de 30 de julio, por el que se determinan los órganos competentes en materia de control metrológico; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden de 6 de julio de 1988, por la que se aprueba la norma metrológica de células de carga, ha resuelto:
Conceder la aprobación de modelo por un plazo de validez de diez años, a partir de la fecha de esta Resolución, a favor de la entidad «Extensotronict, Sociedad Anónima», de una célula de carga, modelo TDF.
El signo de aprobación de modelo será:
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución llevarán las siguientes inscripciones de identificación en su placa de características:
Símbolo de clasificación: C3↓.
Clase de precisión: C.
Número máximo escalones nmmáx: 3000.
Dirección de carga: Flexión.
Carga nominal, Ln: 15 Kg. 30 Kg. 50 Kg. 75 Kg.
Carga mínima, Lmím: 0 Kg.
Escalón verificación mínimo: Ln/5000.
Vmín:
Límites de temperatura BT: ‒10 °C a 40 °C.
Los instrumentos correspondientes a la aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución deberán cumplir todos los condicionamientos contenidos en el anexo al certificado de aprobación de modelo número 98-02.13.
Próximo a transcurrir el plazo de validez que se concede, la entidad titular de la misma, si lo desea, solicitará de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial la oportuna prórroga de esta aprobación de modelo, de acuerdo con el artículo 2.º del Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre.
Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, pueden interponer recurso ordinario ante el honorable Consejero de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de la presente Resolución, sin perjuicio de poder hacer uso de cualquier otro recurso que considere oportuno.
Barcelona, 2 de septiembre de 1998.‒El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe de Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar i Guevara.
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