En el recurso contencioso-administrativo número 2099/95, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Miguel Torres,
Sociedad Anónima", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes
y Marcas de 5 de abril y de 12 de julio de 1995, se ha dictado, con fecha 3
de junio de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya
parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Rafael Rodríguez Montaut,
en nombre y representación de ªMiguel Torres, Sociedad Anónimaº, contra
la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 12 de julio
de 1995, que confirma en reposición la de 5 de abril de 1995, por la
que se concede la marca mixta número 1.698.318, ªEl Solº, para amparar
productos de la clase 30. a del nomenclátor, declaramos la nulidad de las
citadas resoluciones al no ser ajustadas a derecho; sin hacer expresa
imposición de las costas procesales."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.-El Director general, José López
Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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