En el recurso contencioso-administrativo número 1566/96, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Estee Lauder Cosmetics Limited», contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de diciembre de 1995 y 17 de mayo de 1996, se ha dictado, con fecha 8 de mayo de 1998, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por “Estee Lauder Cosmetics”, contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 17 de mayo de 1996 que concedía la marca 1.926.117 “Private Pleasures Propiedad de Warnaco Inc.”, clase 3, por ser acto ajustado a derecho que confirmamos y sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 20 de noviembre de 1998.–El Director general, José López Calvo.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid