En el recurso contencioso-administrativo número 181/1995, interpuesto
por el representante de "Menacha Dos, Sociedad Anónima", contra la
resolución de la Dirección General de la Energía de 25 de mayo de 1994,
y la Orden de 16 de diciembre de 1994, que confirmó en alzada el recurso
interpuesto contra aquélla sobre autorización de línea de transporte de
energía eléctrica, se ha dictado por el Tribunal Superior de Justicia de
Madrid, con fecha 26 de noviembre de 1997, sentencia cuya parte
dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando la causa de inadmisibilidad alegada por
el señor Abogado del Estado, y entrando en el fondo del recurso interpuesto
por el Procurador de los Tribunales señor Rosch Nadal, en nombre y
representación de ªMenacha Dos, Sociedad Anónimaº, contra el Ministerio de
Industria y Energía, lo desestimamos y declaramos ajustadas a Derecho
las resoluciones de la Dirección General de la Energía de fecha 25 de
mayo de 1994 y la confirmatoria en alzada del propio Ministerio, de fecha
16 de diciembre de 1994, todo ello sin costas.
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y
firmamos."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en
los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de
1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente
Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien
disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y
se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 1 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 11 de noviembre
de 1998, "Boletín Oficial del Estado" del 16), el Subsecretario, Carlos
González-Bueno Catalán de Ocón.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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