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Documento BOE-A-1998-29271

Resolución de 25 de septiembre de 1998, de la Universidad de Málaga, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Administrativa por el turno de plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas.

Publicado en:
«BOE» núm. 302, de 18 de diciembre de 1998, páginas 42547 a 42552 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-29271

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria

decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas

para la Reforma de la Función Pública ("Boletín Oficial del Estado"

del 3), adicionada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 29), y en artículo 37 de la Ley de

Presupuestos Generales del Estado para 1991,

Este Rectorado, en uso de las competencias atribuidas en el

artículo 18 de la Ley de Reforma Universitaria, en relación con

el artículo 3.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de la

Universidad de Málaga, aprobados por Decreto 173/1985, de 31

de julio, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" de 27 de agosto), y el

artículo 5 del Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de

1991 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril), acuerda convocar

pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Administrativa de

la Universidad de Málaga, con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Número de plazas convocadas: Se convocan pruebas

selectivas para cubrir dos plazas de funcionarios de la Escala

Administrativa de esta Universidad, por el turno de plazas afectadas

por el artículo 15 de la Ley de Medidas, modificada por la Ley

23/1988, de 28 de julio, que corresponden a puestos de trabajo

desempeñados por personal laboral de esta Universidad que han

sido clasificados como reservados a personal funcionario.

1.1.1 Las plazas convocadas y no cubiertas no podrán ser

acumuladas a otros turnos de acceso, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 9.8 del Acuerdo del Consejo de Ministros

de 27 de marzo de 1991.

1.2 Disposiciones aplicables: A las presentes pruebas

selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín

Oficial del Estado" del 3) y la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 29); el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril); el artículo

37 de la Ley 91/1990, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del

Estado" del 28), de los Presupuestos Generales del Estado para

1991; lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de

27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del Estado" de 21 de abril);

los Estatutos de la Universidad de Málaga, y lo dispuesto en la

presente convocatoria.

1.3 Sistema de selección: El proceso selectivo constará de

una fase de concurso y otra de oposición con las pruebas y

puntuaciones que se especifican en el anexo I.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 Los aspirantes que superen las pruebas selectivas

quedarán destinados en el puesto de trabajo de personal funcionario

en que su puesto se haya reconvertido.

1.6 El ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes

del 27 de noviembre de 1998.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Rectorado de la Universidad hará pública la lista

de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso.

Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo caso, en el

local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de la fase de

oposición y en el tablón de anuncios del Rectorado de la

Universidad.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales: Para ser admitido a la realización

de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los

siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado

miembro de la Unión Europea, o nacional de aquellos estados

a los que en virtud de los tratados internacionales celebrados por

la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la

libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta

se halle definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber

cumplido la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del Título de Bachiller Superior o

Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de segundo

grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso

a la Universidad para mayores de veinticinco años. Igualmente,

será equivalente el poseer una antigüedad de diez años en un

Cuerpo o Escala del grupo D, o una antigüedad de cinco años

en un Cuerpo o Escala del grupo D más la superación de un curso

específico de formación/habilitación impartido por la Universidad

de Málaga.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Tener la condición de personal laboral fijo con anterioridad

al mes de octubre de 1991, estar en la situación de servicio activo

y desempeñar una categoría laboral correspondiente al grupo IV

en la Universidad de Málaga.

2.2 Todos los requisitos deberán poseerse en el día de

finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos

hasta el momento de la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud: Quienes deseen tomar parte en estas

pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será

facilitada gratuitamente en el Rectorado de la Universidad de

Málaga y en las Subdelegaciones del Gobierno de cada provincia,

siempre que las solicitudes de que dispongan éstas sean de

características similares a la publicada como anexo IV.

A la instancia se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad.

3.2 Recepción de solicitudes. La presentación de solicitudes

se hará en el Registro General de esta Universidad, Plaza de El

Ejido, sin número, edificio Rectorado, o en las formas establecidas

en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días

naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Rector de la

Universidad de Málaga.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen: El interesado

adjuntará a la solicitud comprobante bancario de haber satisfecho

los derechos de examen. En ningún caso, se dará carácter de

solicitud al simple abono de dichos derechos en la entidad bancaria

correspondiente.

3.4 Derechos de examen: Los derechos de examen serán

de 2.500 pesetas y se ingresarán en el Banco Español de Crédito

cuenta corriente número 0.870226-271, bajo el nombre de

"Universidad de Málaga. Pruebas Selectivas P.A.S.". En la solicitud

deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago

de los derechos y cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a los

aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de la

realización de las pruebas.

3.5 Subsanación de errores: Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos: Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Málaga

dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará

en el "Boletín Oficial del Estado", declarando aprobada la lista

de admitidos y excluidos.

En dicha Resolución, se indicarán los lugares en que se

encuentran expuestas al público las listas certificadas completas de

aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar y la fecha

del comienzo de los ejercicios. Dichas listas deberán ponerse de

manifiesto en todo caso en la Universidad de Málaga y en la

Subdelegación del Gobierno de la misma provincia. En ellas constarán

al menos los apellidos, nombre y número de documento nacional

de identidad, así como las causas de exclusión.

4.2 Plazo de subsanación: Los aspirantes excluidos o que no

figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de

diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" para

poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Contra dicha Resolución podrá interponerse recurso ordinario,

en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación,

ante el Rector de la Universidad de Málaga, que resolverá lo

procedente.

De no presentarse recurso ordinario, el escrito de subsanación

de defectos se considerará recurso ordinario si el aspirante fuese

definitivamente excluido de la realización de los ejercicios.

5. Tribunal calificador

5.1 Composición: El Tribunal calificador de estas pruebas es

el que figura en el anexo V de esta convocatoria.

5.2 Abstención y Recusación: Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Málaga, cuando concurran en ellos circunstancias

de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, o si hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas de acceso al Cuerpo, en los cinco

años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en dicho artículo.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran algunas de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición: Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará

en el "Boletín Oficial del Estado" Resolución por la que se nombre

a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los

que hubieran perdido su condición por alguna de las causas

previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución: Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y, de la mitad, al menos, de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de

treinta días, a partir de su designación, y mínimo de diez días

antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas (concurso-oposición).

5.5 Sesiones: El Tribunal, a partir de su constitución y para

el resto de las sesiones del mismo, para actuar válidamente

requerirá la misma mayoría de miembros, titulares o suplentes, indicada

en el apartado anterior.

5.6 Actuación del Tribunal: A lo largo del proceso selectivo

el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, acordando las medidas necesarias para resolver

cuantas cuestiones no estén previstas en la presente convocatoria.

5.7 Asesores: El Tribunal podrá disponer la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que se estime pertinente, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad de Málaga.

5.8 Información a los participantes. A efectos de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el

Rectorado de la Universidad de Málaga, plaza de El Ejido, sin número,

29071 Málaga, 95 213 10 00.

5.9 El Tribunal tendrá la categoría tercera de las recogidas

en el artículo 32.2 del Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín

Oficial de la Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.10 En ningún caso el Tribunal podrá declarar que han

superado las pruebas selectivas, un número superior de aspirantes

que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga

lo establecido en este punto será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 Llamamiento único: Los aspirantes serán convocados

para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de

la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.2 Orden de actuación: El orden de actuación de los

opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que

corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,

atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de

Estado para las Administraciones Públicas y de conformidad con

lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada

Secretaría de Estado.

6.3 Acreditación de la identidad: En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su personalidad.

6.4 Exclusión de participantes: En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia al interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad,

comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por

el aspirante en su solicitud de admisión a las pruebas selectivas,

a los efectos procedentes.

7. Calificación final y lista de aprobados

7.1 Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará

pública, en el lugar de celebración del ejercicio así como en el

Rectorado, la relación de aspirantes que han superado el proceso

selectivo por orden de puntuación final alcanzada.

7.2 La calificación final de las pruebas selectivas, a efectos

de declaración de aprobados, vendrá determinada por la suma

de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de

concurso.

7.3 En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida en la fase de concurso y en el supuesto

de que persistiera el mismo, a la puntuación obtenida en el ejercicio

y en último lugar atendiendo al criterio de preferencia de la mayor

edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar: En el plazo de veinte días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan

públicas, en el "Boletín Oficial del Estado", las listas de aspirantes

que hayan superado las pruebas selectivas, los opositores

aprobados deberán presentar en el Servicio de Personal (P.A.S.), de

la Universidad de Málaga los siguientes documentos:

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas según el modelo que figura como anexo VI a esta

convocatoria.

c) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad

ni defecto físico que imposibiliten para el servicio. Este certificado

deberá ser expedido por el facultativo de medicina general de

la Seguridad Social que corresponda al interesado, y en el caso

de que éste no esté acogido a ningún régimen de la Seguridad

Social, se expedirá por la Delegación de Salud de la Junta de

Andalucía.

8.2 Anulación de actuaciones: Quienes dentro del plazo

fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaren los

documentos o del examen de los mismos se dedujera que carecen de

algunos de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio

de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en

la solicitud inicial.

8.3 Nombramientos: Por el Rector y a propuesta del Tribunal

calificador se procederá al nombramiento de funcionarios de

carrera, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados en los casos y en las formas establecidas por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la

revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en

la mencionada Ley.

Málaga, 25 de septiembre de 1998.-El Rector, Antonio Díez

de los Ríos Delgado.

ANEXO I

1. Fase de oposición:

1.1 La fase de oposición estará integrada por un único

ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado

por un máximo de cien preguntas. Las preguntas serán de tipo

test, con respuestas múltiples y siendo sólo una de ellas la correcta,

que versarán sobre el programa de estas pruebas selectivas que

figura como anexo II, al objeto de apreciar las cualidades de los

aspirantes en relación con las tareas propias de las plazas que

se convocan. El tiempo para la realización de la prueba podrá

ser como máximo de ciento veinte minutos.

1.2 Calificación: El Tribunal determinará la puntuación

mínima para superar esta fase, pudiéndose alcanzar, en la misma,

una puntuación máxima de 100 puntos.

2. Fase de concurso:

En la fase de concurso se valorarán, al último día de plazo

de presentación de solicitudes, los méritos relacionados con la

carrera profesional, el puesto desempeñado, el nivel de formación

y la antigüedad, del modo que a continuación se indica y conforme

al baremo que se señala en cada caso:

a) Puesto desempeñado. Por servicios prestados en la

categoría laboral de Técnico Auxiliar de Grabación del Grupo IV a

razón de 2 puntos por año completo, hasta un máximo de 20

puntos.

b) Formación: Se valorarán los cursos de formación recibidos,

directamente relacionados con las funciones de administración

general, siempre que se acredite certificado de asistencia o

aprovechamiento expedido por un centro oficial u homologado, a razón

de 1 punto por cada curso.

Igualmente, los cursos relacionados con las funciones de

administración en general, impartidos por el Gabinete de Formación

del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de

Málaga, se valorarán a razón de 1 punto por cada diez horas

lectivas.

Los aspirantes podrán obtener en este apartado b), en su

conjunto, una puntuación máxima de 7 puntos.

c) Antigüedad: Se valorará a razón de 1 punto por cada año

de antigüedad reconocida o fracción superior a seis meses,

pudiendo obtener un máximo de 13 puntos por este concepto.

ANEXO II

I. Organización del Estado y de la Administración Pública

1. La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido.

Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

El Tribunal Constitucional y el Defensor del Pueblo. Reforma de

la Constitución.

2. La Jefatura del Estado. La Corona. Funciones

constitucionales del Rey. Sucesión y regencia.

3. Las Cortes Generales: Composición, atribuciones y

funcionamiento del Congreso y del Senado.

4. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

El Tribunal Supremo. La organización judicial española.

5. El Gobierno y la Administración. La Administración Central

del Estado. El Consejo de Ministros. El Presidente del Gobierno.

Los Ministros. Los Secretarios de Estado. Los Subsecretarios y

demás órganos administrativos.

6. La Administración periférica del Estado. Los Delegados del

Gobierno y Gobernadores Civiles. Otros órganos periféricos.

7. Organización territorial del Estado: Las Comunidades

Autónomas. Constitución, competencias, estatutos de autonomía.

8. Administración Local: la Provincia, el Municipio y otras

entidades.

9. Las organizaciones de la Unión Europea. Instituciones:

El Consejo, el Parlamento, la Comisión, el Tribunal de Justicia.

Efectos de la integración europea sobre la organización del estado

español.

II. Organización de oficinas públicas

1. Atención al público: Acogida e información al

administrado.

2. Los servicios de información administrativa. Información

general y particular al administrado. Iniciativas. Reclamaciones.

Quejas. Peticiones.

3. Concepto de documento, registro y archivo. Funciones del

registro y archivo. Clases de archivo y criterios de ordenación.

Especial consideración del archivo de gestión.

4. Las técnicas de racionalización de la gestión

administrativa. El proceso de informatización en las Administraciones Pú

blicas.

III. Gestión universitaria

1. La Universidad de Málaga: Creación y Estatutos.

Estructura.

2. Órganos de gobierno colegiados: Clases, composición,

elección y competencias.

3. Órganos de gobierno unipersonales: Clases, composición,

elección y competencias.

4. Ordenación académica: Departamentos, centros, institutos

universitarios, centros adscritos y servicios universitarios según

la Ley de Reforma Universitaria y la Ley de Coordinación del

Sistema Universitario Andaluz.

5. Alumnos de la Universidad de Málaga: Acceso y

permanencia. Distrito único andaluz.

6. Planes de estudios: Directrices generales.

7. Estudios de Tercer Ciclo en la Universidad de Málaga.

8. Régimen económico y financiero de la Universidad de

Málaga, según sus Estatutos: Del patrimonio, de la financiación.

9. Régimen económico y financiero de la Universidad de

Málaga, según sus Estatutos: De la gestión económica y financiera,

de la programación plurianual, del presupuesto.

10. Régimen económico y financiero de la Universidad de

Málaga, según sus Estatutos: De la gestión de los gastos, del

control interno.

11. La Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: El registro. La

compulsa, cotejo y copia autorizada.

12. Los actos presuntos. El recurso ordinario y de revisión.

13. Informática y Derecho: Ley Orgánica de Regulación del

Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal.

14. La Agencia de Protección de Datos.

IV. Gestión de personal

1. Personal de Administración y Servicios: Selección y

provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional.

2. Situaciones de los funcionarios: Requisitos y efectos de

cada una de ellas.

3. Derechos y deberes de los funcionarios. Sistema de

retribuciones e indemnizaciones.

4. El Personal Laboral de las Universidades Andaluzas y

su III Convenio Colectivo: Selección, derechos y deberes.

5. El Real Decreto 898/1985 sobre Régimen Jurídico del

Profesorado Universitario (modificado por Real Decreto 1200/1986).

6. Provisión de plazas docentes (Real Decreto 1888/1984

modificado por 1427/1986).

ANEXO III

Don ........................................................

en calidad de...................................................

Certifico: Que de los antecedentes obrantes en este centro,

relativos al opositor abajo indicado, se justifican los siguientes

extremos:

Datos del opositor:

Apellidos y nombre..........................................

Categoría laboral y grupo al que pertenece......................

DNI ............ NRP ............Fecha nacimiento............

Lugar de nacimiento............................................

Número opositor.............................

1. Destino actual..........................................

2. Antigüedad reconocida en la Universidad de Málaga.

.............años,.............meses y.............días

3. Antigüedad en la categoría profesional de Técnico Auxiliar

de Grabación.

.............años,.............meses y.............días

Y para que conste, expido la presente certificación en........

a ............ de ..................................... de199...

(Firma y sello)

ANEXO V

Tribunal calificador

El Tribunal estará compuesto por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don Antonio Díez de los Ríos Delgado,

perteneciente al Cuerpo de Catedráticos de Universidad y Rector de la

Universidad de Málaga.

Secretario: Don Miguel Ángel García Rodríguez, perteneciente

a la Escala de Gestión de la Universidad de Málaga.

Vocales: Doña Concepción Gálvez Pérez, perteneciente a la

Escala Administrativa de la Universidad de Málaga; don Francisco

Raya Aranda, perteneciente a la Escala de Gestión de la

Universidad de Málaga; D. Jesús de Pedro Sainz, perteneciente a la

Escala de Gestión Hacienda Pública; don Filiberto López-Quiñones

Maján, perteneciente a la Escala de Economistas AISS del

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, y doña Loúrdes Bernal Ruiz,

perteneciente al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del

Estado.

Suplentes:

Presidente: Don José Antonio Entrena Palomero, perteneciente

al Cuerpo de Titulados Superiores de Organismos Autónomos y

Gerente de la Universidad de Málaga.

Secretario: Don José Chica López, perteneciente a la Escala

Administrativa de la Universidad de Málaga.

Vocales: Don Carlos Urrestarazu González, perteneciente a la

Escala Administrativa de la Universidad de Málaga; don Enrique

Rincón Almendral, perteneciente a la Escala de Gestión de la

Universidad de Málaga; don Alberto Rico Amores, perteneciente a

la Escala de Gestión de la Universidad de Málaga; doña Candelaria

Gallardo Plata, perteneciente al Cuerpo de Gestión (grupo B) de

la Universidad de Cádiz, y don Miguel López Quevedo, Letrado

Jefe de la Asesoría Jurídica de la Universidad de Córdoba y

perteneciente a la Escala Técnica de Gestión de la Universidad

Politécnica de Madrid.

ANEXO VI

Don/doña..................................................,

con domicilio en...............................................,

y con documento nacional de identidad número.................,

declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala........................................

que no ha sido separado del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio

de las funciones públicas.

En .................., a ...... de .................. de199...

ANEXO: (Ver Imagen página 42551).

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