De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo
que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme
dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional (Sección Quinta), en el recurso número 1.016/1997, interpuesto
por doña Mercedes Castuera Torres, sobre diferencias retributivas,
Ley 35/1980.
Madrid, 30 de noviembre de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez
Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes
de Personal y Pensiones Militares.
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