Visto el expediente de indulto de don Jaime Peñalver Gómez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 6 de Barcelona, en sentencia de fecha 27 de junio de 1996, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dos años y cuatro meses de prisión menor y multa de 100.000 pesetas y un delito de contrabando, a la pena de tres años de prisión menor y multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1986; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de noviembre de 1998,
Vengo en conmutar a don Jaime Peñalver Gómez cada una de las penas privativas de libertad impuestas, por otra de un año de prisión, a condición de que no abandone el tratamiento que tiene iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 20 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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