Visto el expediente de indulto de don José María Muñoz Sierra, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado
en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido
en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Tercera
de la Audiencia Provincial de Barcelona que, en sentencia de fecha 3
de enero de 1996, le condenó, como autor de un delito de estafa, a la
pena de seis años y un día de prisión mayor, y un delito de alzamiento
de bienes, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, con las
accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de
sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos entre los
años 1986 y 1987, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de noviembre
de 1998,
Vengo en conmutar a don José María Muñoz Sierra las penas privativas
de libertad impuestas, por otra de dos años de prisión, a condición de
que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal
cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 27 de noviembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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