La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de
Justicia de Extremadura ha dictado sentencia el 1 de octubre de 1998, en
el recurso contencioso-administrativo número 387/1996, interpuesto por
doña Nuria Labad Aramburu, contra la Resolución de la Subdirección
General de Relaciones Laborales y Acción Social, de 26 de junio de 1995,
que le denegó la ayuda por cuidado de hijos, convocada por Resolución
del Director del departamento de Recursos Humanos de 24 de enero de
1995, para el año 1995.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el
pronunciamiento siguiente:
"Estimando en lo sustancial el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por el Letrado señor Moreno Álvarez en nombre y representación
de doña Nuria Labad Aramburu, contra la resolución referida en el primer
fundamento, debemos anular y anulamos la misma, por no ser ajustada
a Derecho, debiendo la Administración demandada continuar la
tramitación del procedimiento y una vez subsanados los requisitos formales
dentro del plazo que al efecto se conceda, resolver en definitiva sobre
la ayuda solicitada. No se hace pronunciamiento expreso respecto de las
costas procesales causadas."
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de
la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el
cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada
sentencia.
Madrid, 26 de noviembre de 1998.-El Director general, José Aurelio
García Martín.
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