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Documento BOE-A-1998-29676

Orden de 12 de noviembre de 1998 por la que se convoca concurso específico referencia E4/98 para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el Departamento, para funcionarios de los grupos A, B,CyD.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1998, páginas 43272 a 43288 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1998-29676

TEXTO ORIGINAL

Vacantes puestos de trabajo en el Departamento, dotados

presupuestariamente,

Este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según redacción dada por

la Ley 23/1988, de 28 de julio, y artículo 40.1 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración

General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y

Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995,

de 10 de marzo, previa la aprobación de la Secretaría de Estado

para la Administración Pública a que se refiere el artículo 39 del

citado Reglamento, ha dispuesto convocar concurso para cubrir

las vacantes que se relacionan en el anexo I de esta Orden, con

arreglo a las siguientes bases:

Primera. Participantes.

1. Podrán participar en el presente concurso los funcionarios

de carrera de la Administración del Estado, cualquiera que sea

su situación administrativa, excepto los suspensos en firme

mientras dure la suspensión, que pertenezcan a Cuerpos o Escalas

clasificados en los grupos establecidos en el artículo 25 de la

Ley 30/1984, de 2 de agosto, y que reúnan las condiciones

generales exigidas en las bases de esta convocatoria, así como los

requisitos previstos en la correspondiente relación de puestos de

trabajo y que se detallan en el anexo I.

2. Podrán solicitarse, por orden de preferencia, las vacantes

que se incluyen en el anexo I.

Los funcionarios con alguna discapacidad podrán solicitar en

la propia instancia la adaptación del puesto solicitado, que no

suponga una modificación exorbitante en el contexto de la

organización.

3. Estarán obligados a tomar parte en el presente concurso

los funcionarios que se encuentren sin destino definitivo en el

Departamento, salvo los que se hallen en comisión de servicios

con destino de origen definitivo, solicitando como mínimo todas

las vacantes a las que puedan acceder por reunir los requisitos

establecidos en esta convocatoria, excepto los funcionarios que

hayan reingresado al servicio activo mediante la adscripción

provisional a un puesto, que sólo tendrán la obligación de participar

si se convoca ese puesto que ocupan provisionalmente.

4. Los funcionarios, a que se refiere el párrafo anterior y que

no participen, podrán ser destinados a las vacantes que resulten

en la misma localidad después de atender las solicitudes de los

concursantes.

5. Los funcionarios con destino definitivo sólo podrán tomar

parte en esta convocatoria si, al término del plazo de presentación

de instancias, han transcurrido dos años desde la toma de posesión

del último destino obtenido, salvo en el ámbito de una Secretaría

de Estado, de un Departamento ministerial en defecto de aquélla,

o en los supuestos previstos en el artículo 20.1.e) de la Ley de

Medidas para la Reforma de la Función Pública, o por supresión

del puesto de trabajo.

6. Los funcionarios en situación de servicios en Comunidades

Autónomas, sólo podrán tomar parte en el presente concurso si,

al término del plazo de presentación de instancias, han

transcurrido dos años desde su transferencia o traslado.

7. Los funcionarios en excedencia voluntaria por interés

particular [artículo 29.3 c) de la Ley 30/1984], y en excedencia

voluntaria por agrupación familiar (artículo 17 del Real Decreto

365/1995), sólo podrán participar si, al término del plazo de

presentación de instancias, llevan más de dos años en dicha situación.

8. Los funcionarios en situación de excedencia para el cuidado

de hijos, sólo podrán participar si en la fecha de finalización del

plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años

desde la toma de posesión del último destino obtenido, salvo que

participen para cubrir vacantes en el ámbito de la Secretaría de

Estado o del Departamento Ministerial en defecto de aquélla, en

que tengan reservado puesto de trabajo.

9. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan

reservados puestos en exclusiva no podrán participar en concursos

para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter

indistinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones

Públicas de conformidad con el Departamento al que se hallen adscritos

los indicados Cuerpos o Escalas.

Cuando los puestos convocados dependan del propio

Departamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos

en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida

autorización.

Segunda. Fases y baremos devaloración. El presente

concurso específico consta de dos fases. En la primera de ellas se

valorarán los méritos generales, y en la segunda los específicos

adecuados a las características del puesto.

Para poder obtener un puesto de trabajo en el presente

concurso habrá de alcanzarse una valoración mínimo de dos puntos

en la primera fase y del 50 por 100 de la que figura como máxima

en la segunda.

Los participantes que en la primera fase no obtengan la

puntuación mínima exigida no podrán pasar a la segunda.

La valoración de los méritos para la adjudicación de puestos

se referirá a la fecha del cierre de presentación de instancias,

y se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo:

1. Primera fase:

1.1 Valoración del grado personal consolidado. Por el grado

personal consolidado, los puntos resultantes de aplicar a dicho

grado el coeficiente de 0,10 con un máximo de tres puntos.

En este apartado se valorará, en su caso, el grado reconocido

en la Administración de las Comunidades Autónomas, cuando se

halle dentro del intervalo de niveles establecido en el artículo 71

del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de

la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos

de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración General del Estado, para el grupo de

titulación a que pertenezca el funcionario.

En el supuesto de que el grado reconocido en una Comunidad

Autónoma exceda del máximo establecido en la Administración

del Estado, de acuerdo con el artículo 71 del Reglamento

mencionado en el párrafo anterior para el grupo de titulación a que

pertenezca el funcionario, deberá valorarse el grado máximo

correspondiente al intervalo de niveles asignado a su grupo de

titulación en la Administración del Estado.

El funcionario que participe desde Departamentos ajenos al

convocante, y que considere tener un grado personal consolidado

o que pueda ser consolidado durante el período de presentación

de instancias, deberá recabar del órgano o unidad a que se refiere

la base cuarta que dicha circunstancia quede expresamente

reflejada en el anexo II (certificado de méritos).

1.2 Valoración del trabajo desarrollado:

1.2.1 Por el nivel de complemento de destino del puesto de

trabajo actualmente desempeñado, los puntos resultantes de

aplicar a dicho nivel el coeficiente de 0,10 hasta un máximo de tres

puntos.

A estos efectos:

a) Aquellos funcionarios que estén desempeñando un puesto

de trabajo sin nivel de complemento de destino, o procedente

de la situación de excedencia excepto la de cuidado de hijos, se

entenderá que prestan sus servicios en uno del nivel mínimo

correspondiente al grupo de su Cuerpo o Escala.

b) Cuando se trate de funcionarios procedentes de las

situaciones de excedencia por el cuidado de hijos y de servicios

especiales, se valorará el nivel del último puesto que desempeñaban

en activo o, en su defecto, el nivel mínimo correspondiente al

grupo en que se clasifique su Cuerpo o Escala.

c) Cuando se trate de funcionarios con destino provisional

porque hayan sido cesados en puestos de libre designación, o

por supresión del puesto de trabajo, o bien removidos de los

obtenidos por concurso, y a instancia de los interesados mediante

solicitud documentada o acreditación en el anexo II, se computará

el nivel del puesto de trabajo que ocupaban.

1.2.2 Por el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes

al área a que corresponde el convocado o de similar contenido

técnico o especialización, se adjudicarán hasta un máximo de

tres puntos, además de los que correspondan computar por el

nivel del complemento de destino del referido puesto, según el

apartado 1.2.1.

1.3 Cursos de formación o perfeccionamiento: Se valorarán

todos los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por

el I.N.A.P., suprimido Ministerio de Obras Públicas, Transportes

y Medio Ambiente y Ministerio de Medio Ambiente, en los que

se haya expedido diploma o certificación de asistencia o certificado

de aprovechamiento, siempre que:

Tengan relación directa con las actividades a desarrollar en

el puesto de trabajo.

Hayan tenido una duración mínima de diez horas.

Se hayan realizado en los tres últimos años.

La puntuación máxima por este concepto será de 2,50 puntos,

aplicándose de la siguiente forma:

Por la superación como alumnos de cursos de formación o

perfeccionamientos: 0,25 puntos por cada uno.

Por haber impartido cursos de formación o perfeccionamiento:

0,50 puntos por cada uno.

No obstante lo anterior, el resto de cursos, que hayan sido

impartidos por organismos o entidades distintos a los señalados

en el primer párrafo, podrán ser valorados si reúnen los mismos

requisitos anteriores y en base a la documentación justificativa

presentada.

1.4 Antiguedad: Por cada año completo de servicios en las

distintas Administraciones Públicas: 0,10 puntos, hasta un

máximo de tres puntos.

A estos efectos se computarán los servicios prestados con

carácter previo al ingreso en el Cuerpo o Escala, expresamente

reconocidos. No se computarán servicios que hubieran sido prestados

simultáneamente con otros igualmente alegados.

2. Segunda fase: La puntuación máximo de esta fase será

de 8 puntos.

A efectos de la comprobación de los méritos, la Comisión de

Valoración, una vez examinada la documentación aportada por

los concursantes, podrá convocar al candidato de cada puesto

que considere conveniente para la celebración de una entrevista.

Los puestos para los que se exige presentación de memorias

o la posibilidad de celebración de entrevistas, previstos en el

artículo 45.1 del Reglamento General de Ingreso del Personal al

Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión

de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios

Civiles de la Administración General del Estado, se indican en

el anexo I (M: Exigencia de memoria; E: Entrevista).

La memoria consistirá en un análisis de las tareas del puesto

y de los requisitos, condiciones y medios para su desempeño,

a juicio del candidato, con base en la descripción contenida en

la convocatoria.

Por su parte, la entrevista versará sobre los méritos específicos

adecuados a las características del puesto de acuerdo con lo

previsto en la convocatoria y, en su caso, sobre la memoria, pudiendo

extenderse a la comprobación de los méritos alegados.

Tercera. Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en el concurso, dirigidas

al Ministerio de Medio Ambiente -Subdirección General de

RecursosHumanos y ajustadas al modelo publicado como anexo III

de esta Resolución, se presentarán en el plazo de quince días

hábiles, a contar del siguiente al de la publicación de la presente

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro

General del citado Departamento, plaza de San Juan de la Cruz, sin

número (Nuevos Ministerios), 28071 Madrid, o en las oficinas a

que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

No serán admitidas aquellas solicitudes que no lleven el sello

de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo

establecido para la presentación de instancias.

2. Los concursantes deberán adjuntar a la solicitud

(anexo III), los siguientes documentos ajustados a los modelos

correspondientes:

a) Certificado del órgano competente en materia de gestión

de personal, a que se refiere la base cuarta.1 (anexo II).

b) Certificado/s expedido/s por el centro/s donde el candidato

desempeñó los puestos de trabajo (base segunda 1.2.2).

c) Méritos alegados por el candidato, así como los

documentos acreditativos de dichos méritos, en formato UNE-A4 impreso

o escrito por una sola cara (anexo IV y anexo IV hoja 2).

d) Descripción sumaria de la trayectoria profesional del

candidato, general y/o referida concretamente al puesto solicitado

(anexo V).

e) Memoria cuando se solicite alguno de los puestos en que

así se exija en esta convocatoria (anexo VI).

3. Cuando dos funcionarios estén interesados en obtener

puestos de trabajo en un mismo concurso y municipio, pueden

condicionar en la solicitud sus peticiones, por razones de

convivencia familiar, al hecho de que ambos los obtengan,

entendiéndose, en caso contrario, anulada la petición efectuada por

cada uno de ellos. Deberán acompañar a su solicitud fotocopia

de la petición del otro funcionario.

4. Los concursantes que procedan de la situación de suspenso

acompañarán a su solicitud documentación acreditativa de la

terminación del período de suspensión.

5. Los excedentes voluntarios por interés particular

acompañarán a su solicitud declaración de no haber sido separados

del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas.

Cuarta. Acreditación de méritos.

1. Los méritos no específicos deberán ser acreditados por

certificado, según modelo que figura como anexo II, que deberán

ser expedido a los funcionarios que se encuentren en situación

de servicio activo o de excedencia por el cuidado de hijos, por

la Subdirección General competente en materia de personal de

los Departamentos Ministeriales o la Secretaría General u órgano

similar de organismos autónomos, si se trata de funcionarios

destinados en Servicios Centrales, y por las Secretarías Generales

de las Delegaciones de Gobierno en los términos que determina

el artículo 11 del Real Decreto 2169/1984, de 28 de noviembre,

cuando se trate de funcionarios destinados en los servicios

periféricos de ámbito regional o provincial.

Las certificaciones de los funcionarios destinados en el

Ministerio de Defensa serán expedidas por la Subdirección General de

Personal Civil del Ministerio de Defensa cuando se trate de

funcionarios destinados o cuyo último destino definitivo haya sido

dicho Departamento en Madrid y los Delegados de Defensa,

cuando se trate de funcionarios destinados o cuyo último destino

definitivo haya sido en los servicios periféricos de tal Ministerio.

Respecto del personal destinado en Comunidades Autónomas,

dicha certificación deberá ser expedida por la Dirección General

de la Función Pública de la Comunidad u organismo similar, o

bien por la Consejería o Departamento correspondiente, en el

caso de funcionarios de Cuerpo o Escala de carácter

departamental.

Si se trata de funcionarios en situación de excedencia

voluntaria, la certificación será expedida por la Unidad de Personal

del Departamento a que figure adscrito su Cuerpo o Escala, o

por la Dirección General de la Función Pública, si pertenecen

a los Cuerpos de la Administración del Estado adscritos a la

Secretaría de Estado para la Administración Pública o a las Escalas

a extinguir de la AISS. En el caso de los excedentes voluntarios

pertenecientes a las restantes Escalas, tales certificaciones serán

expedidas por la Unidad de Personal del Ministerio u organismo

donde tuvieron su último destino definitivo.

2. No obstante lo anterior, los méritos, a que se hace

referencia en la base segunda 1.2.2, deberán acreditarse por

certificado y/o descripciones expedidas por el centro directivo del

que dependan los puestos de trabajo desempeñados por los

candidatos.

3. Los méritos se valorarán con referencia a la fecha del cierre

del plazo de presentación de instancias y se acreditarán

documentalmente con la solicitud de participación. En los procesos

de valoración podrán recabarse de los interesados las aclaraciones

o, en su caso, la documentación adicional que se estimen

necesarias para la comprobación de los méritos alegados.

4. La acreditación documental de los méritos específicos

alegados por los concursantes se presentará en formato UNE.A-4

impreso o escrito por una sola cara, mediante las pertinentes

certificaciones, justificantes o cualquier otro medio de prueba:

Diplomas, publicaciones, estudios, trabajos, etc.

Quinta. Comisión de Valoración.

1. Los méritos serán valorados por una Comisión compuesta

por los siguientes miembros:

Presidente: El Subdirector general de Recursos Humanos del

Ministerio de Medio Ambiente, o persona en quien delegue.

Vocales: Tres en representación del centro directivo al que

pertenecen los puestos de trabajo, y dos en representación de la

Subsecretaría de los cuales uno actuará como Secretario.

Asimismo, podrán formar parte de la Comisión de Valoración

un miembro en representación y a propuesta de cada una de las

Organizaciones Sindicales más representativas, y de las que

cuenten con más del 10 por 100 de representantes en el conjunto

de las Administraciones Públicas, o en el ámbito correspondiente.

2. Los miembros titulares de la Comisión, así como los

suplentes que en caso de ausencia justificada les sustituirán con voz

y voto, deberán pertenecer a Grupo de titulación igual o superior

al exigido para los convocados y, además, poseer grado personal

o desempeñar puesto de nivel igual o superior al de los convocados.

Se podrán incorporar a la Comisión cuando ésta lo considere

oportuno, asesores y colaboradores con voz, pero sin voto.

La Comisión de Valoración propondrá a los candidatos que

hayan obtenido mayor puntuación entre los que consigan la

mínima exigida para cada puesto en la presente convocatoria.

3. En el supuesto a que se hace referencia en la base primera.2

(párrafo 2. o ), la Comisión de Valoración podrá recabar del

interesado en entrevista personal, la información que estime necesaria

en orden a la adaptación deducida, así como el dictamen de los

órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los

componentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y, en

su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente, a fin de

enjuiciar respecto de la procedencia de la adaptación y de la

compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones del puesto

en concreto. Previamente, el Presidente de la Comisión de

Valoración comunicará al Centro Directivo, del que depende el puesto

solicitado, la posibilidad de la adaptación. El Centro Directivo,

a través de sus representantes en la Comisión de Valoración,

trasladará a ésta informe al respecto.

Sexta. Adjudicación de plazas.

1. La valoración de los méritos se efectuará conforme a lo

establecido en el artículo 45.5 del mencionado Reglamento

General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General

del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción

Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración

General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo. Resultado de su aplicación, determinará el orden de

prioridades de los concursantes para la adjudicación de las plazas.

2. En caso de empate en la puntuación, se acudirá para

dirimirlo a lo dispuesto en el artículo 44.4 del citado Reglamento.

3. Los puestos de trabajo incluidos en la convocatoria no

podrán declararse desiertos cuando existan concursantes que,

habiéndolos solicitado, hayan obtenido la puntuación mínima

exigida en cada caso, salvo en los supuestos en que, como

consecuencia de una reestructuración o modificación de las

correspondientes relaciones de puestos de trabajo, se hayan amortizado

o modificado en sus características funcionales, orgánicas o

retributivas.

Séptima. Destinos.

1. Los destinos adjudicados se considerarán de carácter

voluntario y, en consecuencia, no generarán derecho al abono

de indemnización por concepto alguno, sin perjuicio de las

excepciones previstas en el régimen de indemnizaciones por razón de

servicio.

2. El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que con

anterioridad a la finalización del plazo posesorio, excluidas las

prórrogas de incorporación a que se refiere la base 8.6 se hubiese

obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso

deberá comunicarse por escrito el órgano que se expone en la base

cuarta.

Octava. Resolución y tomas de posesión.

1. La presente convocatoria se resolverá en un plazo no

superior a dos meses desde el día siguiente al de la finalización de

la presentación de instancias, y se publicará en el "Boletín Oficial

del Estado".

2. La resolución deberá expresar, como mínimo, el puesto

de origen de los interesados a quienes se les adjudique destino,

así como su grupo de clasificación (artículo 25 de la Ley 30/1984)

con indicación del Ministerio, Comunidad Autónoma de

procedencia, localidad, nivel de complemento de destino, y, en su caso,

situación administrativa de procedencia.

3. De acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española

y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, la

Administración Pública lleva a cabo una política de igualdad de trato

entre hombre y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo,

a la formación profesional y a las condiciones de trabajo.

4. El personal que obtenga destino a través de este concurso,

no podrá participar en otros, cualquiera que sea la Administración

que los convoque, hasta que hayan transcurrido dos años desde

la toma de posesión del puesto adjudicado, salvo los supuestos

contemplados en el artículo 20.1.f) de la Ley 30/1984, modificado

por la Ley 23/1988, de 28 de julio.

5. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido

será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del

funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o

el reingreso al servicio activo.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres día hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso en el "Boletín Oficial del Estado". Si la resolución

comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión

deberá computarse desde dicha publicación.

El cómputo de los plazo posesorios se iniciará cuando finalicen

los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los

interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante

acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en

los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria.

6. El Subsecretario del Departamento donde preste servicios

el funcionario podrá diferir el cese por necesidades del servicio

hasta veinte días hábiles, comunicándose a la unidad a que haya

sido destinado el funcionario.

Excepcionalmente, a propuesta del Departamento, por

exigencias del normal funcionamiento de los servicios, la Secretaría de

Estado para la Administración Pública podrá aplazar la fecha de

cese hasta un máximo de tres meses, computada la prórroga

prevista en el párrafo anterior.

Con independencia de lo establecido en los dos párrafos

anteriores, el Subsecretario de Medio Ambiente podrá conceder una

prórroga de incorporación hasta un máximo de veinte días hábiles,

si el destino implica cambio de residencia y así lo solicita el

interesado por razones justificadas.

Novena. La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de

la resolución del concurso, con adjudicación de los puestos, servirá

de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezarán

a contarse los plazos establecidos para que los organismos

afectados efectúen las actuaciones administrativas procedentes.

A fin de facilitar la tramitación de cuantos actos administrativos

afecten o puedan afectar al funcionario seleccionado éste deberá

aportar una copia compulsada de su expediente personal, así como

un certificado del tiempo de servicios prestados o reconocidos.

En la correspondiente baja de haberes deberá expresarse la

no liquidación de la paga extraordinaria en período de devengo,

así como la interrupción, en su caso, en la prestación de servicios.

Décima. Contra la presente Orden, que agota la vía

administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante la Sala

de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en

el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a la

fecha de publicación, previa comunicación a este órgano, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 110.3 de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 12 de noviembre de 1998.-P.D. (Orden de 25 de

septiembre de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 27), el

Subsecretario, Claro José Fernández-Carnicero González.

Subdirección General de Recursos Humanos.

ANEXO I

Núm. de orden

Denominación puesto de trabajo Núm. plazas Localidad Niv. CD Complemento específico anual GR ADM Cuerpo Titulación requerida Descripción puesto de trabajo Méritos específicos Mem./ Entre.

Secretaría

de Estado

de Aguas y Costas

C ONFEDERACIÓN H IDROGRÁFICA

DEL N ORTE

Dirección Técnica

1 Jefe Área Zona 1. 1 Oviedo. 28 1.977.984 A AE EX11 I.C.C.P. Supervisión, coordinación y

realización de informes,

estudios, planes,

proyectos y direcciones de obra

en materia de

infraestructuras hidráulicas

(abastecimientos, saneamientos,

presas, regadíos,

encauzamientos y defensas).

Organización y dirección de

los servicios adscritos al

Área.

Coordinación con

Administraciones, organismos y

empresas relacionadas

con las funciones

asignadas al Área.

Experiencia en las

siguientes actividades:

Desempeño de puestos de

dirección de unidades

administrativas con

funciones de dirección,

supervisión o coordinación de

estudios, planes,

proyectos, obras y explotación

en materia de

infraestructura hidráulica.

Proyecto, dirección de obra

y explotación en obras de

presas y regadíos.

Planificación, proyecto,

dirección de obra de

abastecimiento y

saneamientos.

M

Proyecto y dirección de obra

de encauzamientos y

defensas.

2 Jefe Servicio Apoyo

Técnico.

1 Oviedo. 26 1.571.796 A/B AE

EX11Ingeniero

Superior/

Ingeniero

Técnico.

Realización de informes,

estudios, planes y

proyectos en materia de

infraestructuras hidráulicas y

sanitarias (saneamientos,

encauzamientos y

defensas), así como la

realización del seguimiento,

control y direcciones de

obra correspondientes.

Gestión y tramitación de los

expedientes propios del

servicio relacionados con

direcciones de proyecto y

obra de infraestructuras

hidráulicas y sanitarias.

Título de Ingeniero de

Caminos, Canales y Puertos.

Experiencia acreditada de

trabajos propios de las

Confederaciones

Hidrográficas.

Experiencia en las

siguientes actividades:

Redacción de proyectos de

colectores interceptores

de gran diámetro y de

pliegos de bases de

estaciones depuradoras de

aguas residuales con

tratamiento completo,

incluida eliminación

biológica de nutrientes.

E

Supervisión y elaboración

de estudios de

optimización de la explotación de

estaciones depuradoras

de aguas residuales, de

alternativas para

tratamiento de fangos y de

estudios para

elaboración de cánones de

gestión de sistema de

saneamiento.

Dirección de proyectos y

obras de estaciones

depuradoras de aguas

residuales con eliminación

biológica de nutrientes

(nitrógeno y fósforo).

Dirección de trabajos de

diseño y explotación de

plantas piloto de

depuración de aguas residuales.

Proyecto y dirección de obra

de encauzamiento y

defensas.

Núm. de orden

Denominación puesto de trabajo Núm. plazas Localidad Niv. CD Complemento específico anual GR ADM Cuerpo Titulación requerida Descripción puesto de trabajo Méritos específicos Mem./ Entre.

C ONFEDERACIÓN H IDROGRÁFICA

DEL G UADALQUIVIR

Secretaría General

3 Jefe Área

Económica.

1 Sevilla. 28 1.688.340 A AE EX11 Elaboración del

anteproyecto del presupuesto del

organismo.

Tramitación de las

modificaciones presupuestarias.

Experiencia en el

desempeño de las funciones

relacionadas en la

descripción del puesto de

trabajo.

E

Control de expedientes de

gastos y de los conceptos

de ingresos.

Control de la contabilidad

presupuestaria de

ingresos y gastos.

Supervisión y coordinación

de facturación,

recaudación, caja y pagaduría.

Relación con entidades

financieras.

Elaboración de propuestas e

informes sobre la

actividad económica en

general del organismo.

4 Jefe Servicio

Personal.

1 Sevilla. 26 1.211.844 A/B AE EX11 Gestión de la nómina del

personal funcionario y

laboral.

Valoración presupuestaria y

seguimiento mensual de

efectivos del personal.

Gestión y control de la

relación de puestos de

trabajo de funcionarios y del

catálogo de laborales.

Experiencia en:

Manejo de programas

informáticos.

Desempeño de tareas

similares a las relacionadas

en la descripción del

puesto de trabajo.

E

Organización, gestión y

actualización del archivo

de personal.

Organización, gestión y

control de los procesos

selectivos de ingreso,

traslado, promoción y

jubilación del personal.

Gestión y control de

horarios, permisos,

reclamaciones e incidencias de

personal.

Relación con los

representantes del personal.

Dirección Técnica

5 Jefe Área Zona II. 1 Córdoba. 28 1.977.984 A AE EX11 I.C.C.P. Representación,

coordinación y Jefatura de la

Confederación Hidrográfica

del Guadalquivir en la

provincia de Córdoba, en

cuanto corresponde a las

Unidades de Comisaría

de Aguas, Dirección

Técnica y Secretaría General.

Experiencia en:

Desempeño de puestos

análogos.

Tramitación de expedientes

relativos al dominio

público hidráulico.

Experiencia y formación

específica en:

Hidrología.

E

Proyectos, dirección y

explotación de grandes

presas y obras de

Ingeniería Sanitaria.

Núm. de orden

Denominación puesto de trabajo Núm. plazas Localidad Niv. CD Complemento específico anual GR ADM Cuerpo Titulación requerida Descripción puesto de trabajo Méritos específicos Mem./ Entre.

6 Jefe Área Zona III. 1 Jaén. 28 1.977.984 A AE EX11 I.C.C.P. Representación,

coordinación y Jefatura de la

Confederación Hidrográfica

del Guadalquivir en la

provincia de Jaén.

Ejercerá esa misión en las

áreas de Dirección

Técnica, Comisaría de Aguas y

Secretaría General.

Experiencia en:

Proyectos, dirección,

construcción y explotación de

grandes presas y obras de

abastecimiento e

Ingeniería Sanitaria.

Desempeño de puestos

similares.

Explotación de zonas

regables.

E

Explotación de cuencas

hidrográficas.

Expropiaciones.

Expedientes relativos al

dominio público

hidráulico.

Gestión de abastecimientos

de agua a poblaciones.

Gestión de DPH y

concesiones de agua.

Encauzamientos y áreas

recreativas.

7 Jefe Coordinación y

Aplicaciones.

1 Sevilla. 27 1.688.340 A AE

EX11Ingeniero

Superior.

Planificación, gestión,

ejecución y control de

actuaciones medioambientales y

forestales del organismo.

Experiencia en el

desempeño de las tareas

relacionadas en la descripción

del puesto de trabajo.

E

Estudios de racionalización

y del consumo de aguas,

aplicación de nuevas

tecnologías y apoyo técnico

al área de explotación y

expropiaciones.

Proyecto, conservación y

mantenimiento de las

instalaciones

electromecánicas de las presas, control

de suministro y

facturación de energía eléctrica.

Ejecución y mantenimiento

de instalaciones para

comunicación por radio

de la cuenca.

Fomento social de

embalses.

8 Jefe Servicio

Explotación.

1 Jaén. 26 1.571.796 A AE

EX11Ingeniero

superior.

Explotación de presas.

Redacción de proyectos y

dirección de obra de

grandes presas.

Gestión y explotación de

abastecimientos a

poblaciones.

Redacción de proyectos y

dirección de obra de:

Abastecimientos,

distribución y depuración de

aguas potables.

Título de Ingeniero de

Caminos, Canales y Puertos.

Experiencia en el

desempeño de las tareas

relacionadas en la descripción

del puesto.

Amplia experiencia en

manejo de

mantenimiento de los elementos

electromecánicos de presas.

E

Canalizaciones,

saneamientos, encauzamientos y

depuración de aguas

residuales.

Carreteras,

pavimentaciones y urbanizaciones.

Gestión y explotación de

zonas regables y recursos

hidráulicos.

Núm. de orden

Denominación puesto de trabajo Núm. plazas Localidad Niv. CD Complemento específico anual GR ADM Cuerpo Titulación requerida Descripción puesto de trabajo Méritos específicos Mem./ Entre.

Comisaría de Aguas

9 Jefe Servicio

Actuación

Administrativa.

1 Sevilla. 26 1.211.844 A/B AE EX11 Instrucción de expedientes

sancionadores por

infracción a la legislación de

aguas.

Coordinación de la unidad

administrativa encargada

de la materia

sancionadora.

Experiencia en:

Tramitación de expedientes

sancionadores.

Dirección de equipos de

trabajo.

Formación en Derecho

Administrativo.

Conocimiento de la

legislación de aguas.

E

C ONFEDERACIÓN H IDROGRÁFICA

DEL S EGURA

Secretaría General

10 Jefe Área Jurídico

Administrativa.

1 Murcia. 28 1.688.340 A AE EX11 Preparación y elaboración

de informes jurídicos y

prestación de

asesoramiento jurídico ordinario

a los diferentes órganos

de la Confederación.

Supervisión, control y

coordinación de la gestión

administrativa en

materias de personal, registro

y atención al ciudadano,

expropiaciones y

patrimonio.

Gestión de los asuntos

relativos al funcionamiento

de los órganos colegiados

de la Confederación

(Junta de Gobierno, Consejo

del Agua, Asamblea de

usuarios).

Gestión jurídica en materia

de dominio público

hidráulico y contratación

y ejecución de la obra

pública.

Licenciado en Derecho.

Conocimiento y experiencia

acreditada en:

Gestión jurídica del dominio

público hidráulico tanto

en servicios centrales

como periféricos.

Recursos, legislación de

aguas, recursos

administrativos y

jurisdiccionales, contratación,

expropiaciones y personal.

Estudios y trabajos de

investigación o docencia en

materia de Derecho

Público o Privado.

Formación en gestión

jurídico-administrativa y

específicamente en funciones

directivas.

E

Tramitación y elaboración

de propuestas de las

reclamaciones y recursos

administrativos y de las

reclamaciones

económico-administrativas.

Relaciones con los órganos

jurisdiccionales en estos

temas.

Informes, propuestas y

ejecución, cuando proceda,

respecto a los tributos

cuya gestión corresponda

a la Confederación.

11 Jefe Servicio

Gestión Económica.

1 Murcia. 26 1.211.844 A AE EX11 Gestión presupuestaria.

Gestión

económico-financiera.

Estudio de costos.

Estudios económicos.

Elaboración de informes

económicos.

Conocimiento y elaboración

de informes de auditoría

y redacción de informes

económicos.

Conocimientos de:

Gestión económica y

financiera de organismos

autónomos.

E

Modificaciones

presupuestarias y de control y

ejecución de Presupuestos.

Sistema Informático de

Contabilidad de la

Administración Institucional (SICAI).

La LOPAGE y de la

implantación del Euro.

Conocimientos

informáticos, Acces y Excel (hoja

de cálculo).

Núm. de orden

Denominación puesto de trabajo Núm. plazas Localidad Niv. CD Complemento específico anual GR ADM Cuerpo Titulación requerida Descripción puesto de trabajo Méritos específicos Mem./ Entre.

C ONFEDERACIÓN

H IDROGRÁFICA

DEL E BRO

Dirección Técnica

12 Jefe Servicio

Aplicaciones

Industriales.

1 Zaragoza. 261.571.796 A AE

EX11Ingeniero

Industrial.

Redacción de estudios y

proyectos.

Dirección, control y

explotación de obras referentes

a instalaciones

mecánicas de compuertas,

elementos metálicos de

presas y canales e

instalaciones eléctricas de alta y

baja tensión.

Experiencia en el desarrollo

de las características del

puesto.

E

Comisaría de Aguas

13 Secretario puesto

de trabajo N.30.

1 Zaragoza. 14 425.892 C/D AE EX11 Agenda de Secretaría N.30.

Tratamiento de textos.

Registro y correspondencia.

Experiencia en el desarrollo

de las tareas del puesto

o en puestos similares.

E

Dirección General

de Costas

S ERVICIOS

P ERIFÉRICOS

Servicio Provincial

de

CostasGuipúzcoa

14 Técnico Superior

N.26.

1

Donostia-San

Sebastián.

26 1.211.844 A AE EX11 Ejecución de trabajos

propios de la titulación del

seleccionado en materia

de gestión del dominio

público marítimo terrestre

y proyectos y obras

competencia del servicio, bajo

la superior dirección del

Jefe del mismo.

Experiencia en redacción de

proyectos y control de

obras de ingeniería.

Conocimiento y experiencia

en:

Redacción de proyectos y

control de obras

marítimas.

Aplicación de la Ley y

Reglamento de Costas.

E

Título de Ingeniero de

Caminos, Canales y Puertos.

Demarcación de

Costas del País

Vasco-Vizcaya

15 Jefe Servicio

Gestión Dominio

Público.

1 Bilbao. 26 1.363.308 A AE EX11 I.C.C.P. Coordinación de las

actuaciones en materia de

determinación,

protección, utilización y policía

del dominio público,

marítimo-terrestre, así

como tramitación de

cuantos expedientes se

relacionen con las

competencias derivadas de la

gestión de dicho dominio

y del control sobre sus

zonas de servidumbre.

Experiencia en:

Gestión del dominio público

marítimo-terrestre.

Ingeniería de Costas.

Concesiones y

autorizaciones.

E

Observaciones (10)

(Firma y sello)

INSTRUCCIONES

(1) Especificar la Administración a la que pertenece el Cuerpo o Escala, utilizando las siguientes siglas:

C: Administración del Estado.

A: Autonómica.

L: Local.

S: Seguridad Social.

(2) Sólo cuando consten en el expediente; en otro caso, deberán acreditarse por el interesado mediante la documentación pertinente.

(3) Puestos de trabajo obtenidos por concurso, libre designación y nuevo ingreso.

(4) Supuestos de adscripción provisional por reingreso al servicio activo, comisión de servicios y los previstos en el artículo 63,

del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril).

(5) Si se desempeña un puesto en comisión de servicios, se cumplimentarán, también, los datos del puesto al que está adscrito

con carácter definitivo el funcionario, expresado en el apartado 3.1.

(6) No se cumplimentarán los extremos no exigidos expresamente en la convocatoria.

(7) De hallarse el reconocimiento del grado en tramitación, el interesado deberá aportar certificación expedida por el órgano

competente.

(8) Los que figuren en el expediente referidos a los últimos cinco años. Los interesados podrán aportar, en su caso, certificaciones

acreditativas de los restantes servicios que hubieran prestado.

(9) Antigüedad referida a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.

(10) Este recuadro o la parte no utilizada del mismo deberá cruzarse por la autoridad que certifica.

(Lugar, fecha, firma y sello)

ANEXO III (Hoja 2)

Destinos especificados por orden de preferencia Hoja número:

Apellidos..........................................................................

Firma del candidato: Nombre............................................................................

Complemento específico (En miles)

Número orden convocatoria Orden preferencia Puesto de trabajo Grupo Nivel Localidad

(En caso necesario realizarse cuantas hojas sean precisas).

ANEXO IV

Firma:

Apellidos..........................................................................

Nombre............................................................................

Puesto número (1)................................................................

Orden de preferencia (2).........................................................

Méritos relativos al puesto solicitado (3) (Base segunda) Méritos que se alegan por el concursante en relación con los citados en el anexo 4 (Experiencia, conocimientos, actividades, cursos, diplomas, publicaciones, etc.) (5)

(1) El interesado deberá rellenar un impreso, por lo menos, por cada puesto solicitado.

(2) El orden de preferencia que figura en este anexo debe ser el mismo que el expresado en el anexo III, hoja 2.

(3) En esta columna se recogerán los méritos relativos a las características de los puestos que figuran en el anexo I (transcripción literal), de formaque para que

exista correspondencia plena con los que sean alegados, la primera línea del siguiente mérito esté en un renglón más baja que la última línea de la columna de los méritos

alegados por el concursante.

(4) En esta columna se expondrán por el concursante los méritos personales que considere oportunos y referidos ordenadamente a los méritos que se citanenel

anexo I.

(5) Esta descripción no exime de la pertinente documentación, sin la cual no se procederá a su valoración.

ANEXO IV (Hoja 2)

Hoja número:

Concurso convocado por Orden de...................................("Boletín Oficial del Estado" de.........................................)

Apellidos.......................................................................

Nombre.......................................... NRP .......................

Vacantes solicitadas

Orden preferencia Número orden convocatoria Cursos realizados o impartidos, en relación con el contenido del puesto, de acuerdo con lo establecido por la base segunda 1.3

Esta especificación no exime de la presentación de la pertinente documentación, sin la cual no se procederá a su valoración.

ANEXO V

Descripción sumaria de la trayectoria profesional general del candidato (1)

Nombre...................................................... Apellidos..........................................................................

Firma del candidato:

(1) La extensión de esta descripción no superará el espacio del formato A-4.

Debe constituir, en todo caso, un resumen claro de la trayectoria profesional que puede ser completada con otra descripción más amplia y sus justificantes con la

que estará perfectamente referenciada.

ANEXO VI (1)

Memoria referente al puesto solicitado

Puesto número......................................................... Apellidos...............................................................

Subdirección General/Unidad asimilada............................ Nombre.................................................................

Nivel complemento destino...........................................

Complemento específico (anual).....................................

Fecha y firma:

(1) Se elaborará una Memoria por cada uno de los puestos de trabajo que se soliciten y en los que aparezca esta exigencia.

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