Encontrándose vacantes en esta universidad los puestos de
trabajo que se acompañan como anexo I a esta Resolución, y siendo
necesaria su provisión según lo previsto en la Ley 30/1984, de
2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, desarrolladas por
el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado y Reglamento del Personal
de Administración y Servicios de la Universidad de Granada
("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 116, de 4 de octubre
de 1997),
Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene
conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria; los Estatutos de la Universidad de Granada,
publicados por Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía" de 26 de julio y demás disposiciones
vigentes, ha dispuesto anunciar la convocatoria de los puestos
de trabajo relacionados en el anexo I, por el procedimiento de
concurso específico, con arreglo a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Requisitos y condiciones de participación
1.1 Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio
de la Administración de la Universidad de Granada, pertenecientes
a los Cuerpos o Escalas clasificadas en los gruposByCdelos
establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,
del área de Administración, que se encuentran en la situación
de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales,
excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano
competente y reúnan los requisitos establecidos en el anexo I.
1.2 Los funcionarios de excedencia voluntaria por interés
particular sólo podrán participar si al término del plazo de
presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.
1.3 Están obligados a participar los funcionarios que presten
servicios en la Universidad de Granada, que tengan atribuido,
mediante adscripción provisional, el desempeño de un puesto de
trabajo. No estarán obligados a participar aquellos funcionarios
que desempeñen un puesto de provisión temporal (PPT).
2. Méritos
La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas
se ajustará al baremo que se recoge a continuación:
Parte general (máximo 79 puntos)
1. Méritos de carácter personal (hasta un máximo de 41
puntos).
1.1 Grado consolidado: Máximo 12 puntos.
30: 12 puntos.
29 y 28: 11 puntos.
27 y 26: 10 puntos.
25 y 24: 9 puntos.
23 y 22: 8 puntos.
21 y 20: 7 puntos.
19 y 18: 6 puntos.
17 y 16: 5 puntos.
15 o menor: 4 puntos.
1.2 Pertenencia a Cuerpo o Escala: Máximo 8 puntos.
Grupo A: 8 puntos.
Grupo B: 6 puntos.
Grupo C: 4 puntos.
Grupo D: 2 puntos.
1.3 Antigüedad: Máximo 12 puntos.
0,75 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente
le corresponda, de servicios prestados en la Universidad de
Granada.
0,50 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente
le corresponda, de servicios prestados en otras Administraciones
Públicas.
1.4 Titulación: Máximo 9 puntos.
Doctor: 9 puntos.
Licenciado: 7 puntos.
Diplomado: 5 puntos.
Bachiller o equivalente: 3 puntos.
Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.
No se valorarán como méritos, títulos académicos
imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.
A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las
reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter
general y válidas a todos los efectos.
2. Méritos de carácter profesional (hasta un máximo de 38
puntos).
2.1 Cursos de formación y perfeccionamiento directamente
relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo al
que se aspira (máximo 15 puntos).
Se valorarán los cursos organizados por el Instituto Nacional
de Administración Pública, INAPE, IAAP, Universidad de Granada
y otros organismos oficiales de formación. Para ello deberá
aportarse por los interesados además de la correspondiente
certificación, documentación que acredite los siguientes extremos:
Número de horas, asistencia o, en su caso, aprovechamiento.
Hasta 20 horas: 0,10 puntos.
De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.
De 41 a 60 horas: 0,30 puntos.
De 61 a 80 horas: 0,40 puntos.
Más de 80 horas: 0,50 puntos.
Título de Experto: 1,50 puntos.
Máster: 3 puntos.
Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se
considerará como de "hasta 20 horas".
Con la excepción de los títulos de Experto y Máster, la
puntuación de los cursos se incrementará en el 100 por 100 de su
valor, si se acreditara no sólo la asistencia sino la aptitud o
aprovechamiento.
Exclusivamente para el personal funcionario de Bibliotecas y
de Informática, se valorarán aquellos otros cursos organizados
por colegios, asociaciones y sociedades profesionales relacionadas
con estas áreas.
La comisión deberá inexcusablemente hacer público, junto con
el resultado del concurso, la relación de cursos y puntuaciones
asignadas a cada uno de ellos.
2.2 Valoración del trabajo desarrollado (máximo 19 puntos).
La comisión valorará el trabajo desarrollado y rendimiento
apreciado en los candidatos en los distintos puestos de trabajo, según
los siguientes criterios:
Hasta un máximo de 5 puntos, teniendo en cuenta el tiempo
de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel.
30 y 29: 0,50 puntos por año o fracción mensual.
28 y 27: 0,45 puntos por año o fracción mensual.
26 y 25: 0,40 puntos por año o fracción mensual.
24 y 23: 0,35 puntos por año o fracción mensual.
22 y 21: 0,30 puntos por año o fracción mensual.
20 y 19: 0,25 puntos por año o fracción mensual.
18 y 17: 0,20 puntos por año o fracción mensual.
16 y 15: 0,15 puntos por año o fracción mensual.
14 y 13: 0,10 puntos por año o fracción mensual.
12 o menor: 0,05 puntos por año o fracción mensual.
Hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta la
experiencia en el desempeño de puestos de trabajo y la similitud/
analogía entre su contenido técnico y el de aquéllos a los que
aspira.
A estos efectos se establecen las siguientes seis áreas de
similitud/analogía constituidas por las unidades que se especifican
a continuación:
ÁREA I
Unidades:
Rectorado.
Vicerrectorados.
Secretaría General.
Consejo Social.
Gerencia (excepto Administración Servicios Centralizados).
Apoyo a Cargos.
Inspección de Servicios.
Defensor Universitario.
Gabinetes (excepto Intervención).
Gabinete de Organización (excepto Formación del PAS).
ÁREA II
Unidades:
Unidad de Gestión de Investigación.
Facultades y Escuelas Técnicas Superiores (salvo Asuntos
Económicos).
Escuelas Universitarias (salvo Asuntos Económicos).
Centro de Servicios Informáticos y Redes de Comunicación.
Centro de Instrumentación Científica.
Centro de Planificación de Actividades Deportivas.
Editorial de la Universidad Granada (Publicaciones).
Comedores Universitarios.
Residencias Universitarias y Colegios Mayores.
Extensión Universitaria.
Centro de Formación Continua (ICE y CEP).
Centro de Lenguas Modernas.
Departamentos/Institutos/Escuelas Profesionales.
Relaciones Internacionales.
Formación del PAS.
ÁREA III
Unidades:
Servicio de Asuntos Generales.
Servicio de Alumnos.
Servicio de Asistencia al Estudiante.
Prácticas de Empresa y Promoción de Empleo.
Servicio de Personal.
Servicio de Habilitación y SS.
ÁREA IV
Unidades:
Administración de Servicios Centralizados.
Servicio de Asuntos Económicos.
Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial.
Intervención.
Área económica de: Facultades y Escuelas Técnicas Superiores,
Escuelas Universitarias, Centro de Lenguas Modernas, Relaciones
Internacionales, Centro de Formación Continua (ICE y CEP) y
Servicio de Asistencia al Estudiante.
ÁREA V
Biblioteca Universitaria.
ÁREA VI
Informática.
Aquellos puestos de trabajo de contenido exclusivamente
económico se incluirá en el área IV y no tendrán relación con otra
área en la que su unidad pudiera estar ubicada.
La valoración de la experiencia en este apartado se realizará
asignando:
a) 0,75 puntos por año o fracción mensual correspondiente,
por el desempeño del mismo puesto al que se aspira, dentro de
la misma unidad.
b) 0,60 puntos por año o fracción mensual correspondiente,
por el desempeño de distinto puesto al que se aspira, dentro de
la misma unidad.
c) 0,40 puntos por año o fracción mensual correspondiente,
por el desempeño de puestos de trabajo en diferentes unidades
dentro del mismo área.
d) 0,20 puntos por año o fracción mensual correspondiente,
por el desempeño de puestos de trabajo en distintas áreas.
La comisión podrá asignar hasta un máximo de cuatro puntos,
en atención a la aptitudes y rendimientos apreciados a los
aspirantes en los puestos anteriormente desempeñados, previos los
informes que, en su caso, estime oportunos.
2.3 Otros méritos: Hasta un máximo de 4 puntos.
La comisión podrá valorar otros méritos (otras titulaciones
académicas, experiencia acreditada en otros trabajos de la
Administración Pública o empresa privada relacionada con la plaza a que
se aspira, publicaciones, comunicaciones, ponencias, becas,
ayudas y premios recibidos, cursos impartidos, etc.) que se aporten
por los aspirantes y que no estén incluidos en los distintos
apartados del presente baremo.
Parte específica (máximo 21 puntos)
Para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, el candidato
deberá obtener en la parte específica una puntuación mínima
de 8 puntos.
1.1 Memoria: Máximo 9 puntos.
Los candidatos/as elaborarán y presentarán, por quintuplicado,
una memoria que consistirá en un análisis y descripción de las
tareas del puesto de trabajo que solicita, así como de los requisitos,
condiciones y medios para su desempeño.
1.2 Entrevista y defensa de la memoria: Máximo 12 puntos.
La comisión entrevistará a los candidatos/as sobre el contenido
de la memoria y de otros aspectos relacionados con el puesto
de trabajo que se solicita.
3. Solicitudes
3.1 Los interesados dirigirán sus solicitudes al Rector de la
Universidad de Granada, dentro del plazo de quince días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se presentarán
en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma
establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de
las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
3.2 Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo II, que
se recogerá en el servicio de personal, en la que se relacionarán
los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia.
3.3 Los requisitos a que hace referencia la base 1 y los méritos
deberán ser acreditados mediante certificación, o bien mediante
los documentos justificativos correspondientes.
3.4 Junto con la solicitud, los interesados deberán presentar,
por quintuplicado, la/s memoria/s para la aplicación de la parte
específica del baremo.
3.5 La fecha de referencia para el cumplimiento de los
requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que
se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias. La presentación de la documentación del
apartado 3.4 fuera del plazo establecido, conllevará su no consideración
por parte de la comisión.
3.6 Una vez transcurrido el plazo de presentación de
instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el
peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni modificaciones en las
mismas.
3.7 La lista de admitidos y excluidos se publicará, en el plazo
de diez días naturales, en el tablón de anuncios del Servicio de
Personal, concediéndose un plazo de cinco días naturales para
posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.
4. Comisión de valoración
4.1 Los méritos serán valorados por una comisión, que estará
compuesta por los siguientes miembros:
Miembros titulares:
Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Gerente
de la Universidad de Granada.
Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos
actuará como Secretario: Don José Reverto Montoro, Director del
Gabinete de Organización, y don Juan Luis Ruiz-Rico Díez,
funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Jaén.
Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las
organizaciones sindicales: Don Luis G. Fernández Martínez,
Administrador de la Facultad de Biblioteconomía y Documentación, y doña
Mercedes López Roldán, Jefa de la Sección de Relaciones
Internacionales.
Miembros suplentes:
Presidenta: Doña María Jesús Calatrava Escobar,
Vicesecretaria general de la Universidad de Granada.
Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos
actuará como Secretario: Don Félix Raya Muñoz, Jefe del Servicio
de Personal.
Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las
organizaciones sindicales: Don José A. López Pérez, Administrador
de la Escuela Universitaria de Trabajo Social, y don Antonio
Palomino Morales, Administrador de la Facultad de Bellas Artes.
4.2 La comisión podrá solicitar de la autoridad convocante
la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán
con voz pero sin voto.
4.3 Corresponde a la comisión de valoración interpretar y
aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación
de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.
5. Resolución del concurso y tomas de posesión
5.1 Resuelto el concurso, la comisión de valoración expondrá
en el tablón de anuncios del Servicio de Personal el resultado
con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes
a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los
interesados puedan reclamar ante dicha comisión para la corrección
de errores materiales o de hecho.
5.2 El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza
vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en
la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida
en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: El grado
personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de
formación y perfeccionamiento y la antigüedad. De persistir el
empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de
carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto,
al número obtenido en el proceso selectivo.
5.3 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.
5.4 El plazo para la resolución del concurso será, como
máximo, de dos meses, contados desde el día siguiente al de la
finalización del de reclamaciones a la lista de admitidos y excluidos.
La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la resolución
del concurso pondrá fin al procedimiento y figurarán los datos
del funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá
de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezazán
a contarse los plazos establecidos.
5.5 El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,
si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes
si comporta cambio de residencia. Si la resolución comporta el
reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá
contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los
tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del
concurso.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen
los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos
a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano
convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se
considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en
los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia
voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el
primer año.
5.6 Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de
Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios,
podrá aplazar la fecha de incorporación del funcionario al nuevo
puesto de trabajo, como máximo tres meses.
6. Norma final
6.1 La interpretación de las presentes bases y la resolución
de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación
de las mismas corresponderá a la comisión de valoración.
6.2 La presente convocatoria y los actos derivados de la
misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
("Boletín Oficial del Estado" del 27).
Granada, 3 de diciembre de 1998.-El Rector, Lorenzo Morillas
Cuevas.
ANEXO
Puestos de trabajo que se convocan a concurso
Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones
Servicio de Asuntos
Generales.
Responsable
Información General.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Conocimiento sobre
técnicas de
comunicación
telefónica, presencial y
escrita y
conocimiento de
idiomas.
Servicio de
Asistencia al Estudiante.
Responsable
Asuntos Generales y
Gestión
Estudiantes.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones
Servicio de
Asistencia al Estudiante.
Responsable
Asuntos Económicos.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Conocimiento en
contabilidad
presupuestaria y
ejecución del
presupuesto.
Servicio de Asuntos
Económicos.
Responsable
Indemnización por razón
del Servicio.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Servicio de Personal.Responsable PAS
Laboral.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Gestión de
Investigación.
Responsable Planes
Investigación
Internacional y propios.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Experiencia en
formularios de la
Unión Europea
sobre proyectos de
investigación.
Conocimiento de
inglés a nivel
escrito.
Gestión de
Relaciones
Internacionales.
Responsable
Convenios y Redes.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Conocimiento de
idiomas.
Gestión Extensión
Universitaria.
Responsable Gestión
y Asuntos
Económicos.
Granada. 20 B-C C 9 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Gestión Unidad.
Conocimiento de
técnicas
organizativas y gestión de
personal. Gestión
presupuestaria.
Disponibilidad
horaria.
Facultad de Ciencias.Responsable
Matemáticas.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones
Facultad de Ciencias.Responsable
Ingenierías.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias. Responsable
Estadística y Ciencias y
Técnicas
Estadísticas.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias.Responsable Medio
Ambiente.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias
Económicas y
Empresariales.
Responsable
Estudios
Licenciaturas.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias
Económicas y
Empresariales.
Responsable
Estudios Diplomatura.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias
de la Educación.
Responsable
Estudios Pedagogía y
Psicopedagogía.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones
Facultad de Ciencias
de la Educación.
Responsable Gestión
Diplomatura I.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias
de la Educación.
Responsable Gestión
Diplomatura II.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Ciencias
de la Educación.
Responsable Gestión
Diplomatura III.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Derecho. Responsable Gestión
Alumnos.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de
Biblioteconomía y
Documentación.
Responsable
Estudios Diplomatura.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de
Farmacia.
Responsable Gestión
Estudios segundo
ciclo y prácticas
tuteladas.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones
Facultad de Filosofía
y Letras.
Responsable
Estudios Historia de la
Música e Historia
del Arte.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de Filosofía
y Letras.
Responsable
Estudios Filología II.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Facultad de
Medicina.
Responsable
Asuntos Económicos.
Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
Conocimientos en
contabilidad
presupuestaria y
ejecución del
presupuesto.
Facultad ETS
Ingeniería Informática.
Responsable
Estudios Ingenierías
técnicas.
Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de División de Centro
Universitario.
EU Arquitectura
Técnica.
Responsable Gestión
Académica,
adjunto Administrador.
Granada. 20 B-C C 9 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable Gestión Académica,
adjunto al Administrador de
Centro Universitario.
Conocimientos en
normativa del
alumnado y
experiencia en la
gestión académica
administrativa.
Disponibilidad
horaria.
Centro de Formación
Contínua.
Responsable Unidad
Asuntos
Económicos.
Granada. 20 B-C C 6 Tal como aparece en el
anexo II del Reglamento de
Personal de Administración y
Servicios de la Universidad
de Granada, publicado en el
"Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía" número 116,
de 4 de octubre de 1997,
para el puesto de
Responsable de Área.
Conocimientos en
contabilidad
presupuestaria y
ejecución del
presupuesto.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid