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Documento BOE-A-1998-29693

Resolución de 3 de diciembre de 1998, de la Universidad de Granada, por la que se anuncia convocatoria para la provisión de puestos de trabajo vacantes en esta Universidad, mediante concurso específico.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 23 de diciembre de 1998, páginas 43291 a 43298 (8 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1998-29693

TEXTO ORIGINAL

Encontrándose vacantes en esta universidad los puestos de

trabajo que se acompañan como anexo I a esta Resolución, y siendo

necesaria su provisión según lo previsto en la Ley 30/1984, de

2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,

modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio, desarrolladas por

el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de

Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de

la Administración General del Estado y Reglamento del Personal

de Administración y Servicios de la Universidad de Granada

("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 116, de 4 de octubre

de 1997),

Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que tiene

conferidas por Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma

Universitaria; los Estatutos de la Universidad de Granada,

publicados por Decreto 162/1985, de 17 de julio, en el "Boletín Oficial

de la Junta de Andalucía" de 26 de julio y demás disposiciones

vigentes, ha dispuesto anunciar la convocatoria de los puestos

de trabajo relacionados en el anexo I, por el procedimiento de

concurso específico, con arreglo a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Requisitos y condiciones de participación

1.1 Podrán tomar parte los funcionarios de carrera al servicio

de la Administración de la Universidad de Granada, pertenecientes

a los Cuerpos o Escalas clasificadas en los gruposByCdelos

establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

del área de Administración, que se encuentran en la situación

de servicio activo o en las situaciones de servicios especiales,

excedencia forzosa o voluntaria, declaradas por el órgano

competente y reúnan los requisitos establecidos en el anexo I.

1.2 Los funcionarios de excedencia voluntaria por interés

particular sólo podrán participar si al término del plazo de

presentación de instancias llevasen más de dos años en dicha situación.

1.3 Están obligados a participar los funcionarios que presten

servicios en la Universidad de Granada, que tengan atribuido,

mediante adscripción provisional, el desempeño de un puesto de

trabajo. No estarán obligados a participar aquellos funcionarios

que desempeñen un puesto de provisión temporal (PPT).

2. Méritos

La valoración de los méritos para la adjudicación de las plazas

se ajustará al baremo que se recoge a continuación:

Parte general (máximo 79 puntos)

1. Méritos de carácter personal (hasta un máximo de 41

puntos).

1.1 Grado consolidado: Máximo 12 puntos.

30: 12 puntos.

29 y 28: 11 puntos.

27 y 26: 10 puntos.

25 y 24: 9 puntos.

23 y 22: 8 puntos.

21 y 20: 7 puntos.

19 y 18: 6 puntos.

17 y 16: 5 puntos.

15 o menor: 4 puntos.

1.2 Pertenencia a Cuerpo o Escala: Máximo 8 puntos.

Grupo A: 8 puntos.

Grupo B: 6 puntos.

Grupo C: 4 puntos.

Grupo D: 2 puntos.

1.3 Antigüedad: Máximo 12 puntos.

0,75 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente

le corresponda, de servicios prestados en la Universidad de

Granada.

0,50 puntos por año o fracción mensual que proporcionalmente

le corresponda, de servicios prestados en otras Administraciones

Públicas.

1.4 Titulación: Máximo 9 puntos.

Doctor: 9 puntos.

Licenciado: 7 puntos.

Diplomado: 5 puntos.

Bachiller o equivalente: 3 puntos.

Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.

No se valorarán como méritos, títulos académicos

imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, sólo se admitirán las

reconocidas por el Ministerio de Educación y Ciencia con carácter

general y válidas a todos los efectos.

2. Méritos de carácter profesional (hasta un máximo de 38

puntos).

2.1 Cursos de formación y perfeccionamiento directamente

relacionados con las funciones propias del puesto de trabajo al

que se aspira (máximo 15 puntos).

Se valorarán los cursos organizados por el Instituto Nacional

de Administración Pública, INAPE, IAAP, Universidad de Granada

y otros organismos oficiales de formación. Para ello deberá

aportarse por los interesados además de la correspondiente

certificación, documentación que acredite los siguientes extremos:

Número de horas, asistencia o, en su caso, aprovechamiento.

Hasta 20 horas: 0,10 puntos.

De 21 a 40 horas: 0,20 puntos.

De 41 a 60 horas: 0,30 puntos.

De 61 a 80 horas: 0,40 puntos.

Más de 80 horas: 0,50 puntos.

Título de Experto: 1,50 puntos.

Máster: 3 puntos.

Aquellos cursos en los que no conste el número de horas se

considerará como de "hasta 20 horas".

Con la excepción de los títulos de Experto y Máster, la

puntuación de los cursos se incrementará en el 100 por 100 de su

valor, si se acreditara no sólo la asistencia sino la aptitud o

aprovechamiento.

Exclusivamente para el personal funcionario de Bibliotecas y

de Informática, se valorarán aquellos otros cursos organizados

por colegios, asociaciones y sociedades profesionales relacionadas

con estas áreas.

La comisión deberá inexcusablemente hacer público, junto con

el resultado del concurso, la relación de cursos y puntuaciones

asignadas a cada uno de ellos.

2.2 Valoración del trabajo desarrollado (máximo 19 puntos).

La comisión valorará el trabajo desarrollado y rendimiento

apreciado en los candidatos en los distintos puestos de trabajo, según

los siguientes criterios:

Hasta un máximo de 5 puntos, teniendo en cuenta el tiempo

de permanencia en puestos de trabajo de cada nivel.

30 y 29: 0,50 puntos por año o fracción mensual.

28 y 27: 0,45 puntos por año o fracción mensual.

26 y 25: 0,40 puntos por año o fracción mensual.

24 y 23: 0,35 puntos por año o fracción mensual.

22 y 21: 0,30 puntos por año o fracción mensual.

20 y 19: 0,25 puntos por año o fracción mensual.

18 y 17: 0,20 puntos por año o fracción mensual.

16 y 15: 0,15 puntos por año o fracción mensual.

14 y 13: 0,10 puntos por año o fracción mensual.

12 o menor: 0,05 puntos por año o fracción mensual.

Hasta un máximo de 10 puntos, teniendo en cuenta la

experiencia en el desempeño de puestos de trabajo y la similitud/

analogía entre su contenido técnico y el de aquéllos a los que

aspira.

A estos efectos se establecen las siguientes seis áreas de

similitud/analogía constituidas por las unidades que se especifican

a continuación:

ÁREA I

Unidades:

Rectorado.

Vicerrectorados.

Secretaría General.

Consejo Social.

Gerencia (excepto Administración Servicios Centralizados).

Apoyo a Cargos.

Inspección de Servicios.

Defensor Universitario.

Gabinetes (excepto Intervención).

Gabinete de Organización (excepto Formación del PAS).

ÁREA II

Unidades:

Unidad de Gestión de Investigación.

Facultades y Escuelas Técnicas Superiores (salvo Asuntos

Económicos).

Escuelas Universitarias (salvo Asuntos Económicos).

Centro de Servicios Informáticos y Redes de Comunicación.

Centro de Instrumentación Científica.

Centro de Planificación de Actividades Deportivas.

Editorial de la Universidad Granada (Publicaciones).

Comedores Universitarios.

Residencias Universitarias y Colegios Mayores.

Extensión Universitaria.

Centro de Formación Continua (ICE y CEP).

Centro de Lenguas Modernas.

Departamentos/Institutos/Escuelas Profesionales.

Relaciones Internacionales.

Formación del PAS.

ÁREA III

Unidades:

Servicio de Asuntos Generales.

Servicio de Alumnos.

Servicio de Asistencia al Estudiante.

Prácticas de Empresa y Promoción de Empleo.

Servicio de Personal.

Servicio de Habilitación y SS.

ÁREA IV

Unidades:

Administración de Servicios Centralizados.

Servicio de Asuntos Económicos.

Servicio de Contratación y Gestión Patrimonial.

Intervención.

Área económica de: Facultades y Escuelas Técnicas Superiores,

Escuelas Universitarias, Centro de Lenguas Modernas, Relaciones

Internacionales, Centro de Formación Continua (ICE y CEP) y

Servicio de Asistencia al Estudiante.

ÁREA V

Biblioteca Universitaria.

ÁREA VI

Informática.

Aquellos puestos de trabajo de contenido exclusivamente

económico se incluirá en el área IV y no tendrán relación con otra

área en la que su unidad pudiera estar ubicada.

La valoración de la experiencia en este apartado se realizará

asignando:

a) 0,75 puntos por año o fracción mensual correspondiente,

por el desempeño del mismo puesto al que se aspira, dentro de

la misma unidad.

b) 0,60 puntos por año o fracción mensual correspondiente,

por el desempeño de distinto puesto al que se aspira, dentro de

la misma unidad.

c) 0,40 puntos por año o fracción mensual correspondiente,

por el desempeño de puestos de trabajo en diferentes unidades

dentro del mismo área.

d) 0,20 puntos por año o fracción mensual correspondiente,

por el desempeño de puestos de trabajo en distintas áreas.

La comisión podrá asignar hasta un máximo de cuatro puntos,

en atención a la aptitudes y rendimientos apreciados a los

aspirantes en los puestos anteriormente desempeñados, previos los

informes que, en su caso, estime oportunos.

2.3 Otros méritos: Hasta un máximo de 4 puntos.

La comisión podrá valorar otros méritos (otras titulaciones

académicas, experiencia acreditada en otros trabajos de la

Administración Pública o empresa privada relacionada con la plaza a que

se aspira, publicaciones, comunicaciones, ponencias, becas,

ayudas y premios recibidos, cursos impartidos, etc.) que se aporten

por los aspirantes y que no estén incluidos en los distintos

apartados del presente baremo.

Parte específica (máximo 21 puntos)

Para poder acceder al puesto de trabajo solicitado, el candidato

deberá obtener en la parte específica una puntuación mínima

de 8 puntos.

1.1 Memoria: Máximo 9 puntos.

Los candidatos/as elaborarán y presentarán, por quintuplicado,

una memoria que consistirá en un análisis y descripción de las

tareas del puesto de trabajo que solicita, así como de los requisitos,

condiciones y medios para su desempeño.

1.2 Entrevista y defensa de la memoria: Máximo 12 puntos.

La comisión entrevistará a los candidatos/as sobre el contenido

de la memoria y de otros aspectos relacionados con el puesto

de trabajo que se solicita.

3. Solicitudes

3.1 Los interesados dirigirán sus solicitudes al Rector de la

Universidad de Granada, dentro del plazo de quince días hábiles,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se presentarán

en el Registro General de la Universidad de Granada o en la forma

establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

3.2 Las solicitudes deberán ajustarse al modelo anexo II, que

se recogerá en el servicio de personal, en la que se relacionarán

los puestos de trabajo solicitados por orden de preferencia.

3.3 Los requisitos a que hace referencia la base 1 y los méritos

deberán ser acreditados mediante certificación, o bien mediante

los documentos justificativos correspondientes.

3.4 Junto con la solicitud, los interesados deberán presentar,

por quintuplicado, la/s memoria/s para la aplicación de la parte

específica del baremo.

3.5 La fecha de referencia para el cumplimiento de los

requisitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que

se aleguen será el día en que finalice el plazo de presentación

de instancias. La presentación de la documentación del

apartado 3.4 fuera del plazo establecido, conllevará su no consideración

por parte de la comisión.

3.6 Una vez transcurrido el plazo de presentación de

instancias, las solicitudes formuladas serán vinculantes para el

peticionario, no admitiéndose ni alteraciones ni modificaciones en las

mismas.

3.7 La lista de admitidos y excluidos se publicará, en el plazo

de diez días naturales, en el tablón de anuncios del Servicio de

Personal, concediéndose un plazo de cinco días naturales para

posibles reclamaciones, que serán resueltas por la Gerencia.

4. Comisión de valoración

4.1 Los méritos serán valorados por una comisión, que estará

compuesta por los siguientes miembros:

Miembros titulares:

Presidente: Don Esteban Álvarez-Manzaneda Roldán, Gerente

de la Universidad de Granada.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos

actuará como Secretario: Don José Reverto Montoro, Director del

Gabinete de Organización, y don Juan Luis Ruiz-Rico Díez,

funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Jaén.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

organizaciones sindicales: Don Luis G. Fernández Martínez,

Administrador de la Facultad de Biblioteconomía y Documentación, y doña

Mercedes López Roldán, Jefa de la Sección de Relaciones

Internacionales.

Miembros suplentes:

Presidenta: Doña María Jesús Calatrava Escobar,

Vicesecretaria general de la Universidad de Granada.

Miembros nombrados por el Rector, de los que uno de ellos

actuará como Secretario: Don Félix Raya Muñoz, Jefe del Servicio

de Personal.

Miembros nombrados por el Rector, a propuesta de las

organizaciones sindicales: Don José A. López Pérez, Administrador

de la Escuela Universitaria de Trabajo Social, y don Antonio

Palomino Morales, Administrador de la Facultad de Bellas Artes.

4.2 La comisión podrá solicitar de la autoridad convocante

la designación de expertos que en calidad de asesores actuarán

con voz pero sin voto.

4.3 Corresponde a la comisión de valoración interpretar y

aplicar el baremo, así como hacer las propuestas de adjudicación

de los puestos de trabajo objeto del presente concurso.

5. Resolución del concurso y tomas de posesión

5.1 Resuelto el concurso, la comisión de valoración expondrá

en el tablón de anuncios del Servicio de Personal el resultado

con la adjudicación provisional de los puestos correspondientes

a la misma, abriéndose un plazo de tres días para que los

interesados puedan reclamar ante dicha comisión para la corrección

de errores materiales o de hecho.

5.2 El orden de prioridad para la adjudicación de la plaza

vendrá dado por la puntuación obtenida. En caso de empate en

la puntuación total, se tendrá en cuenta la puntuación obtenida

en los méritos, según el siguiente orden de prioridad: El grado

personal, la valoración del trabajo desempeñado, los cursos de

formación y perfeccionamiento y la antigüedad. De persistir el

empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de

carrera en el Cuerpo o Escala desde el que se concursa y, en su defecto,

al número obtenido en el proceso selectivo.

5.3 Los destinos adjudicados serán irrenunciables.

5.4 El plazo para la resolución del concurso será, como

máximo, de dos meses, contados desde el día siguiente al de la

finalización del de reclamaciones a la lista de admitidos y excluidos.

La publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la resolución

del concurso pondrá fin al procedimiento y figurarán los datos

del funcionario y del puesto adjudicado; la publicación servirá

de notificación a los interesados y, a partir de la misma, empezazán

a contarse los plazos establecidos.

5.5 El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles,

si no implica cambio de residencia del funcionario, o de un mes

si comporta cambio de residencia. Si la resolución comporta el

reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá

contarse desde la fecha de concesión de dicho reingreso.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir

del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los

tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del

concurso.

El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen

los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos

a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano

convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.

Efectuada la toma de posesión, el plazo posesorio se

considerará como de servicio activo a todos los efectos, excepto en

los supuestos de reingreso desde la situación de excedencia

voluntaria o excedencia por cuidado de hijos una vez transcurrido el

primer año.

5.6 Excepcionalmente, la Gerencia de la Universidad de

Granada, por exigencias del normal funcionamiento de los servicios,

podrá aplazar la fecha de incorporación del funcionario al nuevo

puesto de trabajo, como máximo tres meses.

6. Norma final

6.1 La interpretación de las presentes bases y la resolución

de las incidencias que se planteen en ocasión de la aplicación

de las mismas corresponderá a la comisión de valoración.

6.2 La presente convocatoria y los actos derivados de la

misma podrán ser impugnados de acuerdo con lo previsto en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común

("Boletín Oficial del Estado" del 27).

Granada, 3 de diciembre de 1998.-El Rector, Lorenzo Morillas

Cuevas.

ANEXO

Puestos de trabajo que se convocan a concurso

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones

Servicio de Asuntos

Generales.

Responsable

Información General.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Conocimiento sobre

técnicas de

comunicación

telefónica, presencial y

escrita y

conocimiento de

idiomas.

Servicio de

Asistencia al Estudiante.

Responsable

Asuntos Generales y

Gestión

Estudiantes.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones

Servicio de

Asistencia al Estudiante.

Responsable

Asuntos Económicos.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Conocimiento en

contabilidad

presupuestaria y

ejecución del

presupuesto.

Servicio de Asuntos

Económicos.

Responsable

Indemnización por razón

del Servicio.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Servicio de Personal.Responsable PAS

Laboral.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Gestión de

Investigación.

Responsable Planes

Investigación

Internacional y propios.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Experiencia en

formularios de la

Unión Europea

sobre proyectos de

investigación.

Conocimiento de

inglés a nivel

escrito.

Gestión de

Relaciones

Internacionales.

Responsable

Convenios y Redes.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Conocimiento de

idiomas.

Gestión Extensión

Universitaria.

Responsable Gestión

y Asuntos

Económicos.

Granada. 20 B-C C 9 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Gestión Unidad.

Conocimiento de

técnicas

organizativas y gestión de

personal. Gestión

presupuestaria.

Disponibilidad

horaria.

Facultad de Ciencias.Responsable

Matemáticas.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones

Facultad de Ciencias.Responsable

Ingenierías.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias. Responsable

Estadística y Ciencias y

Técnicas

Estadísticas.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias.Responsable Medio

Ambiente.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias

Económicas y

Empresariales.

Responsable

Estudios

Licenciaturas.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias

Económicas y

Empresariales.

Responsable

Estudios Diplomatura.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias

de la Educación.

Responsable

Estudios Pedagogía y

Psicopedagogía.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones

Facultad de Ciencias

de la Educación.

Responsable Gestión

Diplomatura I.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias

de la Educación.

Responsable Gestión

Diplomatura II.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Ciencias

de la Educación.

Responsable Gestión

Diplomatura III.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Derecho. Responsable Gestión

Alumnos.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de

Biblioteconomía y

Documentación.

Responsable

Estudios Diplomatura.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de

Farmacia.

Responsable Gestión

Estudios segundo

ciclo y prácticas

tuteladas.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Unidad Denominación Localidad N GR F-P C/E Descripción del puesto de trabajo Formación específica Observaciones

Facultad de Filosofía

y Letras.

Responsable

Estudios Historia de la

Música e Historia

del Arte.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de Filosofía

y Letras.

Responsable

Estudios Filología II.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Facultad de

Medicina.

Responsable

Asuntos Económicos.

Granada. 20 B-C C 8 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

Conocimientos en

contabilidad

presupuestaria y

ejecución del

presupuesto.

Facultad ETS

Ingeniería Informática.

Responsable

Estudios Ingenierías

técnicas.

Granada. 20 B-C C 10 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de División de Centro

Universitario.

EU Arquitectura

Técnica.

Responsable Gestión

Académica,

adjunto Administrador.

Granada. 20 B-C C 9 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable Gestión Académica,

adjunto al Administrador de

Centro Universitario.

Conocimientos en

normativa del

alumnado y

experiencia en la

gestión académica

administrativa.

Disponibilidad

horaria.

Centro de Formación

Contínua.

Responsable Unidad

Asuntos

Económicos.

Granada. 20 B-C C 6 Tal como aparece en el

anexo II del Reglamento de

Personal de Administración y

Servicios de la Universidad

de Granada, publicado en el

"Boletín Oficial de la Junta

de Andalucía" número 116,

de 4 de octubre de 1997,

para el puesto de

Responsable de Área.

Conocimientos en

contabilidad

presupuestaria y

ejecución del

presupuesto.

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