La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado sentencia, con fecha 2 de octubre de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 3/2.075/1996, en el que son partes, de
una, como demandante, doña María Jesús Aceituno Sánchez, y, de otra,
como demandada, la Administración General del Estado, representada y
defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Secretaría
de Estado para las Administraciones Públicas de fecha 4 de julio de 1996,
sobre exclusión del turno de promoción interna de las pruebas selectivas
para el ingreso en el Cuerpo General Administrativo.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente
pronunciamiento:
"Fallamos: Primero.-Desestimar el presente recurso número 2.075/1996,
interpuesto por doña María Jesús Aceituno Sánchez, contra la Resolución
del Ministerio de Administraciones Públicas, de 4 de julio de 1996, descrita
en el primer fundamento de derecho, que se confirma por ser conforme
a Derecho.
Segundo.-No hacer una expresa condena en costas."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de
conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2
de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás
preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín
Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento en sus
propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 3 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre
de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general Técnico,
Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de
Administración Pública.
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