Ilma. Sra.: Visto el expediente de inscripción en el Registro de
Fundaciones Culturales de Competencia Estatal de la denominada Fundación
"Las Edades del Hombre", instituida y domiciliada en Valladolid, calle de
San Juan de Dios, número 5.
Antecedentes de hecho
Primero.-Por el excelentísimo y reverendísimo señor don José Delicado
Baeza, Arzobispo de Valladolid y don José Velicia Berzosa, en nombre
y representación de Don Antonio Cañizares Llovera, Obispo de la Diócesis
de Ávila; don Antonio Vilaplana Molina, Obispo de la Diócesis de León;
don Ricardo Blázquez Pérez, Obispo de la Diócesis de Palencia; don Julián
López Martín, Obispo de la Diócesis de Ciudad Rodrigo (Salamanca); don
Braulio Rodríguez Plaza, Obispo de la Diócesis del Burgo de Osma (Soria);
don José María Uriarte Goiricelaya, Obispo de la Diócesis de Zamora; don
Santiago Martínez Acebes, Obispo de la Diócesis de Burgos; don Marcos
Lobato Martínez, Obispo de la Diócesis de Astorga (León); don Mauro
Rubio Repulles, Obispo de la Diócesis de Salamanca; don Antonio
Palenzuela Velázquez, Obispo de la Diócesis de Segovia, en nombre y
representación de las once Diócesis de Castilla-León, se procedió a constituir
una fundación denominada "Las Edades del Hombre", fundación inscrita
en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia e Interior
con el número 141, de la Sección Especial, grupo F (número 141-SE/F),
en cumplimiento de lo establecido en los artículos 1, 4, 5 del Real
Decreto 589/1984, de 8 de febrero, sobre Fundaciones Religiosas de la Iglesia
Católica, en relación con los artículos3y4delReal Decreto 142/1981,
de 9 de enero, sobre Organización y Funcionamiento del Registro de
Entidades Religiosas, con la expresada denominación en escritura pública,
comprensiva de los Estatutos que han de regir la misma, ante el Notario
de Valladolid, don Mariano Jesús Mateo Martínez, el día 12 de mayo de
1995.
Segundo.-Por el excelentísimo y reverendísimo señor don Luis
Gutiérrez Martín, Obispo de Segovia, en nombre y representación de la
denominada Fundación "Las Edades del Hombre", citada en el párrafo
anterior y como Vicepresidente (miembro nato del Patronato en su calidad
de Obispo de la Diócesis de Segovia), se otorgó escritura con fecha 9 de
noviembre de 1998 ante el Notario de Valladolid, don Mariano Jesús Mateo
Martínez, en la que se levantó acta de los acuerdos tomados en la sesión
del Patronato de fecha 9 de noviembre de 1998, sesión a la que asistieron
diez representantes de las once Diócesis que forman el mismo. Entre los
acuerdos que se adoptaron en relación con la Fundación "Las Edades
del Hombre", están los siguientes: Remodelación del fin fundacional; se
extiende el ámbito territorial a todo el territorio nacional; transformación
de la fundación pía en fundación cultural, regida por los Estatutos que
se aprueban y que se incorporan a este acto; la dotación se mantiene
la misma.
Tercero.-La Fundación "Las Edades del Hombre", tiene como fin la
promoción de la cultura. Los instrumentos a utilizar son: La conservación,
promoción, desarrollo, protección y fomento del patrimonio
histórico-artístico y cultural de la titularidad de las diócesis católicas radicadas en
el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, así como
toda clase de estudios, investigaciones y actividades sociales, económicas,
culturales y artísticas que contribuyan al conocimiento y a las finalidades
para las que dicho patrimonio fue creado.
Cuarto.-La dotación inicial de la fundación, según consta en la escritura
de constitución, ascendía a la cantidad de 20.000.000 de pesetas, cantidad
que se sigue manteniendo en la actualidad, constando certificación de
que dicha cantidad se encuentra depositada en entidad bancaria a nombre
de la fundación.
Quinto.-El gobierno, administración y representación de la fundación,
sigue siendo el mismo que en el momento de su constitución, se encomienda
a un Patronato, constituido como sigue: Obispado de la Diócesis de Astorga
(León); Obispado de la Diócesis de Ávila; Arzobispado de la Diócesis de
Burgos; Obispado de la Diócesis de Ciudad Rodrigo (Salamanca); Obispado
de la Diócesis de León; Obispado de la Diócesis de Osma-Soria (El Burgo
de Osma-Soria); Obispado de la Diócesis de Palencia; Obispado de la
Diócesis de Salamanca; Obispado de la Diócesis de Segovia; Arzbispado de
la Diócesis de Valladolid y Obispado de la Diócesis de Zamora. Habiéndose
nombrado los siguientes cargos: Presidente, don Santiago Martínez Acebes,
en nombre del Arzbispado de la Diócesis de Burgos; Vicepresidente, don
Luis Gutiérrez Martín, en nombre del Obispado de la Diócesis de Segovia;
Tesorero, don Nicolás González González, Vicario de Justicia y Economía
de la Diócesis de Ávila, y Secretario general, don Antonio Ignacio Meléndez
Alonso, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos.
Sexto.-En los Estatutos de la Fundación "Las Edades del Hombre",
se recoge todo lo relativo al gobierno y gestión de la misma.
Vistos la Constitución vigente, que reconoce en el artículo 34 el derecho
de fundación para fines de interés general; la Ley 30/1994, de 24 de
noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada
en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de
Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/1996, de 23 de febrero;
el Real Decreto 765/1995, de 5 de mayo, por el que se regula determinadas
cuestiones del régimen de incentivos fiscales a la participación privada
en actividades de interés general; el Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento de Registro de Fundaciones de
Competencia Estatal; los artículos 1,4y5delReal Decreto 589/1984, de 8
de febrero, sobre Fundaciones Religiosas de la Iglesia Católica, en relación
con los artículos3y4delReal Decreto 142/1981, de 9 de enero, sobre
organización y funcionamiento del Registro de Entidades Religiosas y las
demás disposiciones concordantes y de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de Derecho
Primero.-De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 del
Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real
Decreto 316/1996, de 23 de febrero, es competencia del titular del
Departamento de Educación y Cultura disponer la inscripción de las Fundaciones
Culturales, facultad que tiene delegada en la Secretaría General del
Protectorado de Fundaciones por Orden de 31 de mayo de 1996 ("Boletín
Oficial del Estado" de 5 de junio).
Segundo.-El artículo 36.2 de la Ley 30/1994, establece que la
inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que
corresponda el ejercicio del protectorado, en cuanto a la persecución de
fines de interés generalyalasuficiencia de la dotación; considerándose
competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado del
Ministerio de Educación y Cultura de acuerdo con lo establecido en los artículos 3
y 22 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal.
Tercero.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la
dotación, la Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Culturales
del Ministerio de Educación y Cultura estima que aquéllos son culturales
y de interés general, que puede considerarse que la dotación es suficiente
para la inscripción; por lo que acreditado el cumplimiento de los requisitos
establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales,
procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones.
Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General de Fundaciones
Culturales, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, ha
resuelto:
Inscribir en el Registro de Fundaciones Culturales, la denominada
Fundación "Las Edades del Hombre", de ámbito estatal, con domicilio en
Valladolid, calle San Juan de Dios, número 5, así como el Patronato cuya
composición figura en el número quinto de los antecedentes de hecho.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 16 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden de 31 de mayo de
1996), la Secretaria general del Protectorado de Fundaciones, Soledad
Díez-Picazo Ponce de León.
Ilma. Sra. Secretaria general del Protectorado de Fundaciones.
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