Contido non dispoñible en galego
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su sesión del día 21 de diciembre de 1998, adoptó el acuerdo siguiente:
Aprobar las propuestas de la Comisión de calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por Jueces y Magistrados en las que interesan que se les reconozca el mérito preferente del conocimiento oral y escrito del idioma oficial propio de aquellas Comunidades Autónomas en que exista el mismo, a los efectos previstos en los artículos 341.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109.4 del Reglamento antes citado notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados, con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso ordinario ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes, contado de fecha a fecha desde la notificación, y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de solicitantes a los que se ha reconocido este mérito, que son los siquientes:
Apellidos y nombre | Idioma |
---|---|
Bartomeus Plana, Daniel. | Valenciano. |
Ceres Montes, José Francisco. | Valenciano y catalán. |
Escrig Orenga, Carmen. | Valenciano. |
Esparza Olcina, Carlos. | Catalán. |
Ferrando Marzal, Mariano Miguel. | Valenciano. |
Gaitón Redondo, María Antonia. | Valenciano. |
Jarabo Calatayud, Alberto. | Valenciano y catalán. |
Monterde Ferrer, Francisco. | Valenciano y catalán. |
Ramis Roselló, Francisca María. | Valenciano. |
Rotger Cifré, Antoni. | Catalán. |
Sánchez Herrero, José Ramón. | Gallego. |
Soler Margarit, Miguel Antonio. | Valenciano. |
Aprobar las propuestas de la Comisión de calificación del Consejo General del Poder Judicial en relación con las solicitudes presentadas por Jueces y Magistrados en las que interesan que se les reconozcan los méritos preferentes del conocimiento oral y escrito del idioma oficial y del Derecho Civil Especial o Foral propios de las Comunidades Autónomas que gozan de tal idioma y Derecho a los efectos previstos en los artículos 341. 2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 108 a 114 del Reglamento 1/1995, de 7 de junio, de la Carrera Judicial, y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 109.4 y 111.4 del Reglamento antes citado notificar el texto íntegro del acuerdo a los interesados, con indicación de que contra el mismo cabe interponer recurso ordinario ante el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en el plazo de un mes, contado de fecha a fecha desde la notificación, y publicar en el «Boletín Oficial del Estado» la relación de solicitantes que seguidamente se expresa, a los cuales se ha reconocido exclusivamente el mérito del idioma oficial propio de la correspondiente Comunidad Autónoma:
Apellidos y nombre | Idioma |
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Barreiro Prado, José Ramón. Fariña Conde, Victoria Eugenia. López González, Benigno. Sánchez Reboredo, Francisco. Sifrés Solanes, María Isabel. Sobrino Blanco, Ángel Luis. |
Gallego. Gallego. Gallego. Gallego. Valenciano. Gallego. |
Madrid, 21 de diciembre de 1998.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial,
DELGADO BARRIO
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