La Audiencia Provincial de Alicante, Sección Primera, por sentencia número 903, de 17 de diciembre de 1997, condena, entre otros, a don Ángel Francisco Collados Ferrer, como autor responsable de un delito continuado de cohecho a la pena de un año de prisión menor, multa de 20.000.000 de pesetas, con arresto sustitutorio de seis meses en caso de impago y siete años de inhabilitación especial para cargos públicos que exijan consultas de datos reservados, confidenciales o secretos; y por el delito continuado de revelación de secretos a la pena de dos meses de arresto mayor, siete meses de suspensión para cargos públicos con la misma limitación y multa de 150.000 pesetas con arresto sustitutorio de seis días en caso de impago, y pena accesoria de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena a las penas privativas de libertad.
Teniendo en cuenta que, de conformidad con lo establecido en el artículo 37, apartado 2, del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado de 7 de febrero de 1964, en la redacción dada al mismo por el artículo 105 de la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, se pierde la condición de funcionario cuando recaiga pena principal o accesoria de inhabilitación especial en el ejercicio de las funciones correspondiente al puesto de trabajo o empleo relacionado con esta condición, especificado en la sentencia,
Esta Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales en el ejercicio de las facultades que le están conferidas dispone:
Primero.-Declarar la pérdida de la condición de funcionario de don Ángel Francisco Collados Ferrer, con documento nacional de identidad número 23.636.478, funcionario del Cuerpo Administrativo de la Administración de la Seguridad Social, destinado en la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, de Alicante.
Segundo.-Decretar el sobreseimiento y el archivo del expediente disciplinario incoado el día 13 de mayo de 1995 al citado funcionario.
Madrid, 23 de enero de 1998.-El Subsecretario, Marino Díaz Guerra.
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