En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5 del Real
Decreto 493/1998, de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28),
por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1998
y con el fin de atender las necesidades de personal en la
Administración Pública, este Ministerio, en uso de las competencias
que le están atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto
1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5
de septiembre), previo informe favorable de la Dirección General
de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para
ingreso en la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de
Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento (Código 6200), con
sujeción a las siguientes
Bases de convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir seis plazas
por el sistema de promoción interna, correspondiendo a las
siguientes especialidades:
Dos a la de Máquinas.
Cuatro a la de Estudios y Experimentación sobre las Obras
Públicas y los Recursos Naturales Asociados.
Los aspirantes sólo podrán participar en una de las
especialidades previstas en esta base.
1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3),
modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial
del Estado" del 29), y por la Ley 22/1993, de 29 de diciembre
("Boletín Oficial del Estado" del 31); el Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y
lo dispuesto en la presente convocatoria.
1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,
oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las
valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en
el mismo.
1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es
el que figura en el anexo II de esta convocatoria.
1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen
el proceso selectivo, se efectuará, dentro de las especialidades
concretas por las que hayan optado los mismos, de acuerdo con
la puntuación total obtenida por éstos en las fases de concurso
y de oposición así como en el curso selectivo a que se refiere
el apartado 2.3 del anexo I de esta convocatoria.
1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a
partir de la segunda quincena del mes de enero de 1999.
Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a
la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de
oposición, el Subsecretario del Ministerio de Fomento hará pública
la lista de los aspirantes con la puntuación obtenida en la fase
de concurso. Dicha lista deberá ponerse de manifiesto, en todo
caso, en el local donde se vaya a celebrar el primer ejercicio de
la fase de oposición, en los tablones de anuncios de los Servicios
Centrales del Ministerio de Fomento, en los de la Dirección General
de la Marina Mercante y en los del Centro de Estudios y
Experimentación de Obras Públicas.
La duración máxima de la fase de oposición será de nueve
meses contados a partir de la publicación de la presente
convocatoria.
1.7 Los aspirantes, que hayan superado todos los ejercicios
obligatorios de la fase de oposición, serán nombrados funcionarios
en prácticas por la autoridad convocante.
Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso
selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.
El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez
superadas las fases anteriores, será de dos meses a partir de la
terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.
Quienes no superasen el curso selectivo de acuerdo con el
procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente
convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como
funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad
convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación
del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por
cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por
causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por
la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,
intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas
los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Ser español.
2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años.
2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título
de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente, Capitán de
la Marina Mercante o Titulado Superior de la Marina Civil en
cualquiera de sus especialidades.
2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación
física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
2.1.5 No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones
públicas.
2.1.6 Pertenecer, como funcionario de carrera, el día de la
publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del
Estado", a cualquier Cuerpo o Escala del grupo B y tener, el día
de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, una
antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que
pertenezcan, estar incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley
30/1984, de 2 de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás
requisitos exigidos en esta convocatoria.
Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en
puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las
del Cuerpo o Escala del grupo B, a que pertenezcan, serán
computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas
selectivas.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán
poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación
de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de
posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes
3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas
presentarán su solicitud (ejemplar autocopiativo en cuyo ángulo
superior derecho figura "Modelo 750"), que será facilitado
gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno
en las Comunidades Autónomas, en el Centro de Información
Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional
de Administración Pública, en la Oficina de Información de los
Servicios Centrales del Ministerio de Fomento, así como en las
representaciones diplomáticas o consulares de España en el
extranjero.
A la solicitud "Ejemplar para la Administración", se
acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad.
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro
correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: "Fomento".
En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar
"Subsecretaría". En el espacio destinado a código que figura debajo, se
cumplimentará el 17001. En el recuadro relativo a la tasa de
derechos de examen, en el espacio destinado a código se hará constar
el 17020, rellenándose sólo los dos primeros digitos.
En el recuadro número 15 se señalará "Técnicos Facultativos
Superiores de OO AA del Ministerio de Fomento", consignándose
el código número 6200 en el espacio reservado para el mismo
que figura a su lado.
En el recuadro número 16 correspondiente a Especialidad, área
o asignatura, se consignará la especialidad concreta por la que
se opte, de entre las previstas en la base 1.1 de esta convocatoria.
En el recuadro número 17 relativo a la forma de acceso se
consignará la letra "P" (acceso por el sistema de promoción
interna).
En el recuadro número 19 se especificará la fecha del "Boletín
Oficial del Estado" en el que se haya publicado la presente
convocatoria.
Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid
capital. Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el
recuadro número 20.
En el recuadro número 24 se hará constar la titulación que
se posee para participar en estas pruebas, en virtud de lo señalado
en la base 2.1.3 de esta convocatoria.
En el recuadro 25 A) se hará constar el idioma o idiomas a
que se refiere el apartado 1.3 del anexo I de esta convocatoria
y de los que el aspirante desee ser examinado.
Los aspirantes para poderles valorar la fase de concurso, que
no tendrá carácter eliminatorio, deberán presentar certificación,
según modelo contenido en el anexo V, expedida por los Servicios
de Personal del Departamento en el que el funcionario haya
prestado o preste sus servicios, acreditativa de su antigüedad en el
Cuerpo o Escala a que pertenezca el mismo, así como cuanta
documentación estime oportuna para la mejor valoración de los
méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I de la
convocatoria.
3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1
"Ejemplar para la Administración" del modelo de solicitud) se hará en
el Registro General del Ministerio de Fomento o en la forma
establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días
naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria
en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario
del Ministerio de Fomento, Subdirección General de Recursos
Humanos, paseo de la Castellana, número 67, 28071 Madrid.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, como se señala en
la base 3.4.
Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero
podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,
a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al
organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud
comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de
examen, mediante el oportuno ingreso del importe correspondiente
en la cuenta corriente número 1302-0100-08-0006221595,
abierta en la sucursal 1302, paseo de la Castellana, número 67, de
Madrid, de Argentaria Caja Postal, a nombre de "Tesoro Público.
Ministerio de Fomento. Cuenta restringida para la recaudación
de tasas en el extranjero. Tasa 17020. Derechos de examen".
El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina de
Argentaria Caja Postal o mediante transferencia desde cualquier
entidad bancaria. A estos efectos, los importes correspondientes
a la tasa por derechos de examen, son los que se establecen en
la base 3.4 de la presente convocatoria.
3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la
solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 21 de la
misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro
número 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para
la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluido
el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.
3.4 Los derechos de examen serán de 2.000 pesetas, una
vez aplicada la bonificación del 50 por 100 que establece para
las personas del turno de promoción interna el artículo 18.6 de
la Ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1998; igualmente, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 18.5 de la citada Ley, estarán exentas del
pago de la tasa por derechos de examen las personas con
discapacidad igual o superior al 33 por 100, que deberán acreditar
tal condición, mediante certificación de los órganos competentes
del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de
la Comunidad Autónoma correspondiente, debiendo acompañarse
a la solicitud.
El importe de la tasa por derechos de examen se consignará
en el recuadro destinado al mismo en el modelo de solicitud. El
ingreso de dicho importe se efectuará, junto con la presentación
de la solicitud en cualquier Banco, Caja de Ahorros o Cooperativa
de Crédito, de las que actúan como entidades colaboradoras en
la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado el
correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante la
validación por la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso,
a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y firma
autorizada de la misma en el espacio destinado a estos efectos.
La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de
examen determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad
colaboradora supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo
y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.
3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán
subsanarse, en cualquier momento, de oficio o a petición del
interesado.
4. Admisión de aspirantes
4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la
autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un
mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la
que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,
se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,
así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación
de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo
caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional
de identidad.
4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado
la exclusión.
Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes
definitivamente excluidos de la realización de las pruebas
selectivas, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en
el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su
publicación en el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano
competente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto
de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,
los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en
la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan
en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los
tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento,
en los de la Dirección General de la Marina Mercante, en los del
Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, en la
Dirección General de la Función Pública, en el Centro de
Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas
y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno en las
Comunidades Autónomas.
4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de
la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,
procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando
no se realice su hecho imponible por causas no imputables al
sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los
derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas
selectivas por causa imputable al interesado.
5. Tribunales
5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura
como anexo IV a esta convocatoria.
5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de
intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran
en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de
aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la
publicación de esta convocatoria.
El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal
declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del
Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la
presente base.
5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas,
la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del
Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2.
5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el
Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,
de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus
Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución
en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación
y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.
En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que
le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas
selectivas.
5.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
validamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario
y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.
5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal
resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación
de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos
no previstos.
El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo
momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común.
5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos
de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de
los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores
a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La
designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría
del Departamento.
5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en
aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los
aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la
realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En
este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías
que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3, las
adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.
A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,
colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,
Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales.
5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,
que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean
corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,
utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del
Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial
del Estado" del 22), o cualesquiera otros equivalentes, previa
aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.
El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios
figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del
opositor.
5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el
Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de
la Castellana, número 67, 28071 Madrid, teléfono (91) 597 87 87.
El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,
miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean
planteadas en relación con estas pruebas selectivas.
5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá
la categoría de primera de las recogidas en el anexo IV del Real
Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"
del 19).
5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un
número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable
del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado
el mismo un número de aspirantes superior al de plazas
convocadas.
6. Desarrollo de los ejercicios
6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará
alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ" y en el supuesto de
que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience
por la letra "Ñ", el orden de actuación se iniciará por aquellos
cuyo primer apellido comience por la letra "O", y así
sucesivamente, de conformidad con lo establecido en Resolución de la
Secretaría de Estado para la Administración Pública de 15 de
abril de 1998 ("Boletín Oficial del Estado" del 18), por la que
se publica el resultado del sorteo celebrado el día 3 de abril de
1998.
6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser
requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar
su personalidad.
6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en
único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no
comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente
justificados y apreciados por el Tribunal.
6.4 Con la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios
el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del
siguiente en los locales donde se haya celebrado el ejercicio
anterior, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10
y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para
facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,
de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.
Cuando se trate del mismo ejercicio el anuncio será publicado en los
locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal,
y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas,
como mínimo, de antelación.
Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el
comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de
setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal
tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple
uno o varios de los requisitos exigidos por la presente
convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su
exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante
en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos
procedentes.
Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante
podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" ante el órgano competente del
orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
7. Lista de aprobados
7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal
hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último
ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10
y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes
aprobados por orden de puntuación alcanzada en dichas fases
y con indicación de su documento nacional de identidad.
En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por
los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir
el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los
mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero de dicha
fase de oposición.
El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista
de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento,
especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de
los ejercicios.
Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano
la citada relación, para su publicación en el "Boletín Oficial del
Estado".
7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará
pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales
del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado
dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.
En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden
se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por
los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y en el supuesto
de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida
en su fase práctica.
7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará
pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales
del Departamento, en los de la Dirección General de la Marina
Mercante, en los del Centro de Estudios y Experimentación de
Obras Públicas y en aquellos otros lugares que estime oportuno,
la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación total
alcanzada en todo el proceso selectivo con especificación de la
puntuación obtenida en cada una de las fases del mismo, así como
con indicación del documento nacional de identidad.
En ningún caso la Subsecretaría del Departamento podrá
declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes
superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de
aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
8. Presentación de documentos y nombramiento
de funcionarios
8.1 En el plazo de veinte días naturales desde la publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que
se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores
aprobados deberán presentar en la Subdirección General de
Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana,
número 67, 28071 Madrid, los siguientes documentos:
A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3
de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber
realizado todos los estudios para la obtención del título.
B) Opción por la remuneración que deseen percibir durante
su condición de funcionarios en prácticas.
8.2 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de
fuerza mayor, debidamente acreditada, no presentasen la
documentación o del examen de la misma se dedujera que carece de
alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser
nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
8.3 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta
del Subsecretario del Departamento, se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha
en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.
8.4 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores
aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa
oferta de los mismos.
8.5 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran
superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del
Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución
del Secretario de Estado para la Administración Pública que se
publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará
el destino adjudicado.
8.6 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será
efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de
publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".
8.7 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de
la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,
a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en
colaboración con los centros de formación de funcionarios
competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes
seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las
Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez
nombrados funcionarios de carrera.
9. Norma final
La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser
impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a
la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto
en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 16 de diciembre de 1998.-P. D. (Orden 30 de mayo
de 1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el
Subsecretario, Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez Martín.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
ANEXO I
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Fomento
P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN
1. Proceso de selección
1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:
a) Concurso.
b) Oposición.
c) Curso selectivo.
1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter
eliminatorio, se valorará la antigüedad del funcionario en el Cuerpo o
Escala a que pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos
los servicios efectivos prestados hasta la fecha de publicación de
la presente convocatoria.
Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo
desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados
en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros
centros oficiales de formación de funcionarios.
1.3 La fase de oposición constará de dos ejercicios
obligatorios, uno de ellos práctico, así como de una prueba voluntaria
de idiomas. Esta última podrá ser realizada por los aspirantes
que lo deseen y que hayan superado los ejercicios obligatorios.
Los dos ejercicios obligatorios serán escritos y tendrán carácter
eliminatorio.
Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un
cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del
aspirante en relación con las materias que correspondan a cada
especialidad concreta elegida por él mismo y que figuran en el anexo II
de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60
preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de
tres horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de veinte puntos,
siendo necesario obtener 10 puntos, para tener acceso al ejercicio
siguiente.
Segundo ejercicio: Este ejercicio consistirá en el desarrollo por
escrito de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, que
versará sobre las materias que correspondan a la especialidad
concreta elegida por el aspirante, y que figuran en el anexo II
de esta convocatoria.
Cada supuesto práctico deberá comprender diversos apartados
o preguntas, siendo necesario que al menos uno de ellos verse
sobre la normativa a aplicar en el correspondiente supuesto.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será
de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la
documentación y material de trabajo que estimen conveniente aportar
para su realización.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos;
siendo necesario obtener 20 puntos para superar el mismo.
Prueba voluntaria de idiomas: Esta prueba versará sobre uno
o varios de los siguientes idiomas:
Alemán.
Francés.
Inglés.
Ruso.
La citada prueba consistirá en acreditar oralmente, ante el
Tribunal, durante un tiempo máximo de treinta minutos, los
conocimientos suficientes de lectura y traducción del idioma o idiomas
que el opositor haya escogido en su solicitud, a cuyo efecto el
Tribunal designará el texto sobre el que se practicará la misma.
El Tribunal podrá ser asistido por profesores de la Escuela
Oficial de Idiomas o intérpretes de la Oficina de Interpretación
de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.
Esta prueba se calificará otorgando hasta dos puntos por
idioma, con un máximo de cinco puntos.
1.4 Curso selectivo.-Como condición previa e indispensable
para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los
funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un
curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,
organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del
Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el
Real Decreto 1886/1996 de 2 de agosto ("Boletín Oficial del
Estado" del 6), y cuya duración máxima será de cinco meses.
La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses
y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en
el anexo III de esta convocatoria.
La Subdirección General de Recursos Humanos del
Departamento podrá adaptar o reorganizar las materias que figuran en
el anexo III, así como incluir conferencias, coloquios, prácticas
y aquellas otras actividades formativas complementarias,
relacionadas con las actividades propias de los funcionarios de la Escala
de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos
del Ministerio de Fomento.
La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses
y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de
trabajo del Ministerio de Fomento mediante la rotación de los
funcionarios en prácticas por distintas Unidades Administrativas
del mismo. Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios
en prácticas tendrán asignados tutores académicos.
En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas
reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la
Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo un
informe de las actividades desarrolladas.
La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas
reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán
directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos,
en virtud de las atribuciones que en materia de selección y
formación, le atribuye a este órgano el Real Decreto 1886/1996,
de 2 de agosto.
2. Valoración
2.1 Fase de concurso.-La valoración de los méritos señalados
en el apartado 1.2 de este anexo, se realizará de la forma siguiente:
2.1.1 Antigüedad.-Se otorgará a cada aspirante, por cada
año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo
de 12 puntos.
2.1.2. Grado personal.-Se otorgará a cada aspirante por la
posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta
un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:
Grado personal igual al 26: 4 puntos.
Grado personal igual al 25: 3,5 puntos.
Grado personal igual al 24: 3 puntos.
Grado personal igual al 23: 2,5 puntos.
Grado personal igual al 22: 2 puntos.
Grado personal igual al 21: 1,5 puntos.
Grado personal igual al 20: 1,25 puntos.
Grado personal igual al 19: 1 punto.
Grado personal igual al 18: 0,75 puntos.
Grado personal igual al 17: 0,5 puntos.
Grado personal igual al 16: 0,25 puntos.
2.1.3 Trabajo desarrollado.-Se otorgará a cada aspirante por
el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones
similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta
convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo
de 4 puntos.
2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento realizados.
Se otorgará a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo de
4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento
realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias
relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta
convocatoria.
2.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición
se calificarán de acuerdo con los criterios establecidos en el
apartado 1.3 de este anexo.
En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso
podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.
2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada
por la Subsecretaría del Departamento, que estará integrada, entre
otros miembros, por profesores y tutores que hayan participado
en el curso selectivo, propondrá a la Subdirección General de
Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien
la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.
La calificación máxima de cada una de las dos partes del curso
selectivo será de 50 puntos; siendo necesario obtener 25 puntos
como mínimo para superar las mismas.
La calificación máxima total del curso selectivo será de 100
puntos; siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.
2.4. Calificación total.-La calificación total de las pruebas
selectivas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones
obtenidas en las fases de concurso, oposición y curso selectivo.
En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la
mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de
oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la
mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,
en el primero de dicha fase de oposición.
ANEXO II
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Fomento
P ROGRAMA
Especialidad: Máquinas
1. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación
por los Buques (I).-Contenido del Convenio. Reglas para prevenir
la contaminación por hidrocarburos. Reglas para prevenir la
contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por vía
marítima en paquetes, contenedores, tanques portátiles y
camionescisterna o vagones-tanque.
2. Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación en
los Buques (II).-Reglas para prevenir la contaminación por las
aguas sucias de los buques. Reglas para prevenir la contaminación
por las basuras de los buques.
3. Protocolo de 1978 relativo al MARPOL,
1973.-Resoluciones aprobadas por la Conferencia. Procedimientos de
supervisión de buques y control de descargas acordes con el anexo
I del Convenio MARPOL, 73/78.
4. Manual sobre la contaminación ocasionada por
hidrocarburos (I).-Prevención. Prescripciones aplicables a todos los
buques. Prescripciones aplicables a los petroleros. Operaciones
normales en el terminal. Puestos de fondeo, amarre y amarre con
boyas. Transbordo de hidrocarburos de un buque a otro mientras
están navegando o fondeados. Instalaciones de tierra y
operaciones de trasvase de hidrocarburos.
5. Manual sobre la contaminación ocasionada por
hidrocarburos (II).-Medios para combatir los derrames de hidrocarburos.
Tipos de hidrocarburos y comportamiento de la mancha de los
mismos en la mar. Recogida, dispersión y otros tratamientos de
los derrames de hidrocarburos. Recogida y tratamiento de los
hidrocarburos en la costa. Recogida de los hidrocarburos en los
diferentes tipos de playas y marinas. Eliminación de los
hidrocarburos y de los restos contaminados. Protección y tratamiento
de la fauna y de la flora marina después de un derrame de
hidrocarburos. Dispersantes: Diferentes disposiciones.
6. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida
Humana en el Mar, 1974 (I).-Ambito de aplicación. Definiciones.
Estructura del Convenio.
7. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida
Humana en el Mar, 1974 (II).-Instalaciones de máquinas. Instalaciones
eléctricas. Prescripciones complementarias relativas a espacios de
máquinas sin dotación permanente. Medidas de seguridad
contraincendios en buques de pasaje. Medidas de seguridad
contraincendios en buques de carga. Medidas de seguridad contraincendios
en buques tanque.
8. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida
Humana en el Mar, 1974 (III).-Prescripciones relativas a los dispositivos
de salvamento: Generalidades. Dispositivos individuales de
salvamento. Señales ópticas. Embarcaciones de supervivencia. Botes
de rescate. Dispositivos de puesta a flote y de embarco. Otros
dispositivos de salvamento. Aspectos diversos.
9. Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida
Humana en el Mar, 1974 (IV).-Transportes de mercancías peligrosas
en bultos o en forma sólida a granel. Definiciones y estructura
del Código IMDG.
10. Convenio Internacional sobre Normas de Formación,
Titulación y Guardia para la Gente del Mar (I).-Disposiciones
generales. Requisitos para el personal de buques-tanque. Suficiencia
en el manejo de embarcaciones de supervivencia. Resoluciones
aprobadas por la Conferencia: Idea general.
11. Convenio Internacional sobre Normas de Formación,
Titulación y Guardia para la Gente del Mar (II).-Principios relativos
a la dotación de seguridad [Resolución A.481(XII)].
Recomendación sobre los principios fundamentales que procede observar en
la realización de las guardias de máquinas en buques pesqueros
[Resolución A.622(XV)]. Recomendación sobre requisitos mínimos
aplicables a la titulación de Maquinistas Navales Jefes y Oficiales
de Máquinas de buques pesqueros cuya máquina propulsora
principal sea de una potencia igual o superior a 750 kW. [Resolución
A.653(XV)].
12. Otros Convenios y Resoluciones (I).-Directrices para la
aceptación de timón no duplicado en buques-tanque, quimiqueros
y gaseros de arqueo bruto igual o superior a 10.000 toneladas
pero de peso muerto inferior a 100.000 toneladas [Resolución
A.467(XII)]. Recomendaciones sobre las reglas aplicables a las
instalaciones de máquinas y a las instalaciones eléctricas en
buques de pasaje y en buques de carga [Resolución A.520(XIII)].
13. Sistemas de lavado con crudo. Generalidades. Aplicación.
Sistemas de gas inerte. Generalidades. Aplicación.
14. Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Organismos administrativos competentes en los sectores naval y
marítimo. La Dirección General de la Marina Mercante.
15. El Control por el Estado del Puerto. Instrumentos
relevantes actuales que integran el Memorándum de París para el
control de los buques por el Estado del puerto. Deficiencias en
el ámbito del Convenio SOLAS 74/78 que motivan la detención
de los buques. Procedimiento de inspección de acuerdo con
Memorándum de París.
16. Motores térmicos (I).-Explicación física del fenómeno de
aspiración. Pérdidas y manera de disminuir las mismas. Valores
prácticos de la temperatura al final de la aspiración. Disminución
del estrangulamiento. Ecuación de continuidad. Cálculo práctico
del diámetro de la válvula de aspiración. Disminución de la presión
final de evacuación. Efecto Kadenacy y su influencia en el
diagrama.
17. Motores térmicos (II).-Aire disponible para la
combustión. Cálculo del peso del aire aspirado. Cálculo aproximado de
la potencia que puede desarrollar un cilindro dado. Efecto de la
altitud. Medios especiales para aumentar la cantidad de aire
disponible.
18. Motores térmicos (III).-Arranque de los motores.
Generalidades. Diferentes sistemas de arranque. Arranque por aire.
Fases de arranque. Número de cilindros mínimos para asegurar
el arranque. Aire de arranque necesario y condiciones precisas.
Volumen de las botellas de arranque.
19. Motores térmicos (IV).-El barrido en los motores.
Diferentes tipos de barrido. Coeficiente de barrido. Coeficiente de
dilación. Coeficiente de relleno. Presiones de barrido y presión del
tubo de escape. Fenómenos que se producen en el barrido.
Influencia de los conductos de entrada. Influencia de la relación Cc/D
y de los torbellinos forzados en el barrido transversal. Cálculo
de las lumbreras de barrido y de exhaustación en los diferentes
tipos de barrido. Cálculo de la válvula de exhaustación.
20. Motores térmicos (V).-Potencia. Diferentes tipos de
potencia. Procedimientos para variar la potencia. Curvas
características del funcionamiento de un motor diesel. Medida de la
potencia de un motor. Relación entre motor-hélice.
21. Turbinas de combustión interna.-Estudio de las turbinas
de combustión interna. Generalidades. Turbinas de gas.
Rendimiento de una turbina de gas. Ciclos que se producen en una
turbina de gas. Estudio comparativo de los diferentes ciclos.
Rendimiento total de una instalación de turbinas de gas.
22. Instalaciones de vapor.-Generadores de vapor.
Generalidades. Diferentes tipos. Cálculo de la potencia de un generador
de vapor. Diferentes tipos de combustibles utilizados en las
calderas de vapor. Rendimiento en las calderas de vapor. Turbinas
de vapor. Generalidades. Ciclos prácticos producidos en una
turbina de vapor. Potencia máxima obtenida en una turbina de vapor.
Rendimiento en las turbinas de vapor.
23. Corriente eléctrica a bordo de los buques.-Diferentes
tipos de corriente eléctrica producida a bordo de los buques.
Balance eléctrico. Cuadros eléctricos principal y secundarios. Diferentes
tipos de distribución de corriente eléctrica a bordo de los buques.
Corrientes de cortocircuito. Cálculo de corrientes de cortocircuito.
24. Instalaciones frigoríficas a bordo de los
buques.-Generalidades. Sistemas de Refrigeración utilizados en los buques.
Diferentes tipos de ciclos utilizados a bordo de los buques.
Refrigerantes circulantes. Consumo de refrigerante. Potencia de una
instalación frigorífica.
25. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (I).-Definición
de fiabilidad. Fallos catastróficos y fallos por degradación. Modos,
mecanismos y causas de fallo. Fallos infantiles, fallos por azar
y fallos por degradación. Distribución de fallos. La fiabilidad como
función del tiempo. Mantenimiento correctivo. Mantenimiento
predictivo. Tendencias actuales en el mantenimiento predictivo.
Analisis de fiabilidad, planificación del mantenimiento y previsión de
repuestos.
26. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (II).-Ensayos de
fiabilidad: Ensayos de medición y demostración; ensayos de
variación de parámetros; ensayos de investigación de modos y
mecanismos de fallo; ensayos de cribado. Ensayos de vida: Hipótesis
de distribución; esfuerzos y condiciones ambientales; ensayos
acelerados; programas de ensayo de fiabilidad.
27. Fiabilidad y mantenimiento de sistemas (III).-Modelos
lógicos y redundancia. Sistemas en serie. Tipos de redundancia.
Sistemas en paralelo. Redundancia activa parcial. Combinaciones
de series y en paralelos. Redundancia secuencial. Aplicación del
teorema de la probabilidad total.
28. Metales y aleaciones soldables más empleados en la
construcción naval.-Aceros ordinarios. Aceros de alto límite elástico.
Aceros para altas temperaturas. Características físicas y
mecánicas. Aplicaciones. Aceros inoxidables. Características físicas y
mecánicas. Tipos especiales. Aplicaciones.
29. Ensayos destructivos.-Generalidades. Ensayos de
tracción. Observación de fracturas. Probetas. Ensayos de flexión.
Ensayos de dureza. Ensayos de fatiga. Probeta.
30. Ensayos no destructivos.-Generalidades. Ensayos no
destructivos por ultrasonidos. Ensayos no destructivos por líquidos
penetrantes. Ensayos no destructivos por rayos X. Ensayos no
destructivos por rayos gamma. Capacidad de detección,
localización y evaluación de las imperfecciones.
Especialidad: Estudios y experimentación sobre las obras públicas
y los recursos naturales asociados
1. El estudio y la experimentación en el ámbito de las obras
de infraestructura para el transporte terrestre. Áreas principales
objeto de experimentación e investigación. Características de las
instalaciones y equipamiento.
2. Técnicas experimentales de laboratorio para la
caracterización de suelos y rocas en relación con el proyecto, construcción
y comportamiento de carreteras. Objetivos y alcance de los
ensayos. Valoración de resultados y principales limitaciones.
3. Ensayos "in situ" de suelos. Ensayos de carga.
Penetrómetros. Ensayos de corte. Presiómetros y dilatómetros.
4. Testificación geofísica de sondeos geotécnicos. Objetivos,
aplicaciones y métodos. Factores que influyen en la testificación
geofísica.
5. Ensayos en laboratorio de los hormigones utilizados en
la construcción de la obra pública. Ensayos normalizados y
especiales. Durabilidad y estudios de patología. Áridos, clasificación,
propiedades y ensayos de laboratorio.
6. Técnicas experimentales específicas para el estudio y
caracterización de los materiales utilizados en los pavimentos de
hormigón.
7. Mezclas bituminosas. Concepción, clasificación, materiales
y reología. Ensayos de laboratorio, equipamiento e instrumental.
8. Ensayos a escala real de firmes. Objetivos de la
experimentación. Reproducción de tramos de ensayo. Variables a controlar
y medir en los ensayos. Validación de las leyes de comportamiento
y limitaciones de los ensayos. Equipamiento e instrumentación
requeridos.
9. Técnicas experimentales para la determinación de la
regularidad superficial, textura superficial y resistencia al deslizamiento
de los firmes de carretera. Metodología, equipamiento y análisis
de resultados.
10. Análisis patológico de firmes flexibles, semirrígidos y
rígidos. Métodos empíricos. Equipo e instrumental. Valoración de
resultados.
11. Ensayos físico-mecánicos de los materiales metálicos
utilizados en la obra pública. Análisis químico de los aceros para
construcción. Microestructura de los aceros. Ensayos de
durabilidad y corrosión de los aceros.
12. El estudio y la experimentación en el ámbito de las obras
de infraestructura hidráulica y portuaria. Áreas principales objeto
de experimentación e investigación. Características de las
instalaciones y equipamiento.
13. Estudio experimental sobre modelo reducido hidráulico.
Principales campos de aplicación. Fundamentos teóricos.
Semejanza hidráulica. Limitaciones que presenta el ensayo en modelo
reducido.
14. Sistemas de aforo e instrumentación para la medida y
registro de velocidades y presiones en los modelos hidráulicos.
Problemática específica de la medida y registro de presiones
rápidamente variables.
15. Estudio experimental de problemas fluviales. Escalas y
leyes de semejanza. Principales factores de influencia. Tarado y
ajuste de los modelos. Tipología y problemática específica
asociada.
16. Sistemas instrumentales de captación, registro y
tratamiento de datos en los modelos fluviales. Variables significativas
a controlar y medir.
17. Estudio experimental sobre modelo en obras de ingeniería
portuaria. Relaciones de semejanza y selección de escalas.
Modelos de agitación. Modelos de comportamiento de buques atracados
y estructuras flotantes.
18. Modelos para el estudio experimental sobre la estabilidad
y el comportamiento de diques. Relaciones de semejanza y escalas.
Oleaje de ensayo. Efectos de escala.
19. Sistemas instrumentales para la medida, registro y control
de utilización en los modelos reducidos de puertos y estructuras
portuarias. Organización de la información.
20. Generación de oleaje en modelo reducido. Tipología.
Espectros de energía, significado físico y calibración.
Reproducción de la refracción, difracción y reflexión. Equipos de laboratorio
e instrumentación para medida y control.
21. Automatización y tratamiento de la información en los
ensayos en modelo reducido hidráulico. Principales características
de los equipos físicos y lógicos.
22. El estudio y la experimentación en el ámbito del medio
ambiente afectado por la obra pública. Áreas principales objeto
de estudio, experimentación e investigación. Características de
las instalaciones y equipamiento.
23. Estudio experimental sobre la calidad de las aguas
continentales y subterráneas. Tipos de contaminación. Parámetros
específicos para determinar el grado de contaminación.
Eutrofización de aguas superficiales. Principales técnicas analíticas.
24. Contaminación de las aguas marinas. Contaminación
litoral y contaminación portuaria. Parámetros específicos para
determinar el grado de contaminación. Principales técnicas analíticas.
25. Contaminación radiológica de las aguas continentales y
marinas. Criterios y parámetros para su caracterización. Redes
de vigilancia, objetivos y explotación. Normativa sobre Control
y Vigilancia Radiológica.
26. Técnicas analíticas avanzadas. Cromatografía.
Espectrometría. Tipología. Posibilidades y limitaciones de estas técnicas
en los estudios de calidad del agua.
27. Líneas de ensayo e instrumentación para medidas
radiológicas. Equipos de campo y laboratorio. Características
específicas. Calibración y empleo.
28. Estudios de hidrología mediante técnicas isotópicas.
Principales aplicaciones. Instalaciones, equipamiento e instrumental
para el estudio experimental mediante técnicas isotópicas.
29. Los Sistemas de Información Geográfica y la
teledetección. Principales aplicaciones en el campo de la ingeniería civil
aplicada a la obra pública, los recursos naturales y el medio
ambiente. Entrada de datos. Almacenamiento y organización de
la información. Análisis y transformaciones.
30. Los modelos numéricos en el estudio y experimentación
de la obra pública, los recursos naturales y el medio ambiente.
Principales aplicaciones. Contraste y validación. Recursos
informáticos requeridos.
ANEXO III
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Fomento
C URSO SELECTIVO
Módulo I
Administración y Función Pública
El Estado y las Administraciones Públicas:
1. El marco constitucional. La Corona. El Tribunal
Constitucional.
2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo: La
función legislativa de las Cortes Generales y su relación con los otros
poderes.
3. El Poder Judicial: Organización, funciones e
independencia. Sus relaciones con los otros poderes.
4. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la Administración.
Mecanismos de control del Gobierno. Sus relaciones con los otros
poderes.
5. Las Administraciones Públicas: Principios constitucionales
de organización y funcionamiento.
6. La Administración Central del Estado: Los Órganos
Superiores. Esquema de la Organización Ministerial en España.
7. Esquema de la Organización Territorial de las
Administraciones Públicas. Órganos periféricos de la Administración del
Estado.
8. La Administración Institucional. Las empresas públicas.
9. Las Comunidades Autónomas. Distribución de
competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado.
10. La Administración Pública de las Comunidades
Autónomas: Organización y funcionamiento.
11. Las Entidades Locales: Relaciones con los otros poderes
territoriales. La Administración Pública Local. Órganos
consultivos y de control de la Administración.
12. Las Comunidades Europeas: Principios básicos de
organización y funcionamiento.
13. La organización general del Ministerio de Fomento.
14. Análisis de los Órganos Sectoriales. Análisis de los
Órganos Horizontales.
15. La atribución y el ejercicio de las competencias.
Descentralización, desconcentración y delegación.
16. La organización territorial del Ministerio de Fomento.
17. Organismos Autónomos, Entes Públicos y Sociedades
Estatales del Ministerio de Fomento.
Reglas de funcionamiento de la Administración Pública:
18. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El
principio de jerarquía de las normas. Leyes. Decretos-leyes y Decretos
Legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas.
19. Las Normas Reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes
Ministeriales. Instrucciones y Circulares. Tramitación
administrativa de las Disposiciones de carácter general. Técnicas para su
elaboración.
20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo. Análisis global de la Ley 30/1992.
21. La actividad de la Administración Pública (I). El principio
de legalidad.
22. Los actos administrativos.
23. La actividad de la Administración Pública (II). El concepto
de interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos.
24. La actividad de la Administración Pública (III). Los
procedimientos administrativos. Análisis de las fases del
procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.
25. La responsabilidad de la Administración Pública y sus
agentes.
26. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión
de oficio. El sistema de recursos. La reclamación
económico-administrativa.
27. La Administración Pública y la justicia. La reclamación
previa. El recurso contencioso-administrativo.
Recursos Humanos y Función Pública:
28. Régimen general de la Función Pública. Características
de la Función Pública. Competencias en materia de personal.
Órganos de coordinación y control.
29. Planificación de recursos humanos. La oferta de empleo.
Los planes de empleo público.
30. La selección de recursos humanos. Concepto y clases.
Sistemas selectivos: La Promoción interna.
31. La provisión de puestos de trabajo. Análisis detallado de
las modalidades normales y excepcionales.
32. Movilidad y promoción profesional.
33. Derechos y deberes de los funcionarios.
34. Situaciones administrativas.
35. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del
personal al servicio de las Administraciones Públicas.
36. El sistema retributivo de la Función Pública. Análisis
de los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de trabajo
y retribuciones.
37. Las relaciones de puestos de trabajo.
La Unión Europea:
1. La Unión Europea: La unión política y la unión económica
y monetaria. El Tratado de la Unión Europea. La adhesión de
España a las Comunidades Europeas: Problemática económica de
la plena integración.
2. Las instituciones comunitarias (I): El Consejo Europeo, el
Consejo de Ministros y la Comisión.
3. Las instituciones comunitarias (II): El Parlamento Europeo,
el Tribunal de Justicia. La participación de los Estados miembros
en el proceso decisorio.
4. El Derecho Comunitario. Sus fuentes: Reglamentos,
Directivas y Decisiones. Relaciones entre el Derecho Comunitario y
el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La aplicación
del Derecho Comunitario.
5. El Presupuesto Comunitario. Características, estructura y
normativa reguladora. Las políticas estructurales y las nuevas
perspectivas financieras comunitarias. Las políticas comunes de la
Unión Europea. Especial referencia a las Políticas Regional, de
Transportes, Medio Ambiente y Comunicaciones.
Módulo II
1. Trabajo en equipo.
2. Redacción de Informes.
Módulo III
Gestión Administrativa
1. Contratación Administrativa. Marco normativo. El contrato
administrativo. Órganos de contratación.
2. Elaboración, aprobación y replanteo del proyecto.
Tramitación del expediente de contratación con aprobación del pliego
de cláusulas administrativas particulares y del gasto
correspondiente. Selección del adjudicatario.
3. Ejecución del contrato de obra pública. Prerrogativas de
la Administración. Garantías del contratista. Ejecución de obras
por la propia Administración. Extinción del contrato.
4. Régimen de pagos. Cesión y subcontratación.
5. Ejecución del contrato de obras. Modificación. Obras
complementarias. Cesión y subcontrato. Ejecución por Administración.
Extinción del contrato.
6. La actividad convencional de la Administración Pública.
Contratación de otros Entes públicos.
7. La expropiación forzosa: Concepto. Naturaleza jurídica.
Legislación vigente. Sujetos. Objeto. Procedimiento general.
Procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. Reversión de
bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales.
8. Práctica de los procedimientos: Procedimiento general de
urgencia. Determinación del justo precio: Sistemas. Incidencias
derivadas de la tramitación de expedientes.
9. El dominio público: Concepto y naturaleza jurídica.
Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.
Elementos del dominio público: Sujeto. Objeto. Destino. El dominio
público: Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.
10. Régimen jurídico del dominio público: Inalienabilidad.
Inembargabilidad. Dominio público y el Registro. Servidumbres.
Imprescriptibilidad. Deslinde. Recuperación. Potestad
sancionadora. Utilización del dominio público. Usos comunes: General y
especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones. Reservas
demaniales.
11. La Administración sancionadora y la Administración
responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el
procedimiento sancionador.
12. Dominio Público Carreteras (I): Concepto. Modos de
explotación de las carreteras. Carreteras en régimen de concesión.
Elementos funcionales. Áreas de servicio. Estaciones de servicio.
Uso y defensa. Zonas de protección. Zonas de dominio público,
servidumbre y afectación. Línea de edificación. Publicidad.
Autorizaciones de obras, instalaciones o actividades. Accesos. Uso de
las carreteras. Infracciones y sanciones. Tramos urbanos.
13. Dominio Público Carreteras (II): Tramitación de
expedientes relacionados con las limitaciones de la propiedad. Publicidad.
Expedientes sobre estaciones de servicio, accesos, paralización
de obras, infracciones y sanciones. Expedientes sobre obras en
las márgenes de tramos urbanos.
Gestión Económica Financiera
1. El modelo económico español en el marco de la economía
mundial. Líneas generales de la política económica actual. El
sector Servicios y los subsectores de transporte, comunicaciones.
Análisis de las principales macromagnitudes. Incidencias de las obras
públicas en el marco económico social.
2. La actividad financiera de la Administración: Concepto y
normas reguladoras. Organización de la Administración
financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de la
Administración en vía tributaria. Principio y contenido de la
misma. Principio de legalidad. Teoría jurídica de los ingresos públicos.
Clasificación.
3. El Tributo. concepto y clases. Especial estudio de las tasas
y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación
e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía
tributaria. Los tributos y el Ministerio de Fomento. Figuras de especial
importancia en los campos de la tasa y de la contribución especial.
4. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y
aprobación: La estructura presupuestaria. La elaboración del
presupuesto.
5. Las modificaciones presupuestarias: Clases de
modificaciones y tramitación. El Presupuesto del Ministerio de Fomento
para 1998: Principales partidas del gasto. Ingresos gestionados
por el Ministerio de Fomento.
6. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del gasto:
Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del pago.
Contabilidad y control del presupuesto de gastos.
7. La ejecución de los Gastos Públicos (I): Los gastos de
personal: Retribuciones de los empleados públicos. Elaboración y
pago de las nóminas. Otros gastos de personal.
8. La ejecución de los Gastos Públicos (II): Los gastos de
transferencias: Gestión de subvenciones. Gestión de gastos
derivados de la responsabilidad patrimonial del Estado.
9. La ejecución del Presupuesto de Gastos como consecuencia
de la actividad contractual de la Administración.
10. Procedimientos especiales de gasto: Anticipos de caja fija.
Pagos a justificar. Obras de emergencia. Pagos en el exterior.
Convalidación de gastos realizados sin fiscalización. Tramitación
anticipada de expedientes de gasto.
ANEXO IV
Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos
Autónomos del Ministerio de Fomento
Tribunal titular:
Presidente: Don Cesáreo Clavero Martínez, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio
de Medio Ambiente.
Vocales: Don Cándido Avendaño Salas, Escala de Técnicos
Factultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio
de Medio Ambiente; don Fernandro J. Collado Simón, Escala de
Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del
Ministerio de Medio Ambiente, y doña Mercedes Rodríguez Arranz,
Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
Secretario: Don Juan Escobar Hinojosa, Escala Técnica de
Gestión de Organismos Autónomos.
Tribunal suplente:
Presidente: Don Vicente Cuéllar Mirasol, Escala de Técnicos
Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio
de Medio Ambiente.
Vocales: Don Juan Otero Díez, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento;
don Juan Manuel Varela Nieto, Escala de Técnicos Facultativos
Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Medio
Ambiente, y don José Manuel de la Peña Olivas, Cuerpo de
Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Secretario: Don Luis Quintas Ripoll, Cuerpo Superior de
Sistemas y Tecnologías de la Información.
ANEXO V
(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)
Don/doña......................................................................................................................................,
cargo..............................................................................................................................................,
centro directivo o unidad administrativa.........................................................................................................,
CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes extremos:
Apellidos........................................................,nombre........................................................,
Cuerpo o Escala a que pertenece..................... ..................... ..................... DNInúmero.....................
Número de Registro de Personal.........................................,destino actual.........................................
1. o Antigüedad:
Tiempo de servicios reconocidos (años completos):
Hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria:
2. o Grado personal consolidado:
3. o Datos referidos al puesto de trabajo desarrollado:
Denominación del puesto:
Años completos de servicios prestados en el puesto de trabajo:
4. o Cursos de formación y perfeccionamiento:
Denominación Centro que lo impartió
.................................................................... ....................................................................
.................................................................... ....................................................................
.................................................................... ....................................................................
.................................................................... ....................................................................
.................................................................... ....................................................................
Expedido en.............................. a .............................. de .............................. de ..............................
(Firma y sello)
(A cumplimentar por el órgano
de selección)
Total puntuación en fase
de concurso....................
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid