La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica, de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, de 17 de
diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 30), y con el artículo 81 de la Ley
General Presupuestaria, convoca plazas para la concesión de ayudas para
Lectorados de Español en los centros de Enseñanza Superior y
Universidades que se indican en el anexo I.
Las bases del concurso para la concesión de dichas ayudas son las
siguientes:
1. Finalidad
Incentivar las relaciones culturales y contribuir a la difusión de la
lengua y cultura españolas, de conformidad con los acuerdos de
cooperación cultural, firmados por España con otros países y los compromisos
adquiridos con Universidades extranjeras.
2. Objetivos
La concesión de ayudas económicas complementarias a titulados
superiores, licenciados o doctores, en el área de Humanidades, con preferencia
en Filología, que van a ser contratados como lectores por las Universidades
extranjeras, referenciadas en anexo I.
3. Duración
Las ayudas se conceden por un período mínimo de dos cursos lectivos
y un máximo de tres, siempre que las disponibilidades presupuestarias
de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional y para
Iberoamérica lo permitan.
4. Requisitos
4.1 Tener la nacionalidad española.
4.2 Ser titulado superior, licenciado o doctor, en el área Humanidades,
con preferencia Filología, por Universidades españolas o extranjeras con
títulos oficialmente convalidados. Se valorará lo indicado en anexo I (perfil
propuesto universidad).
4.3 Tener conocimientos en el idioma oficial o de uso más generalizado
en el país de destino. Se valorará lo indicado en anexo I (perfil propuesto
universidad).
4.4 Tener capacidad de obrar y encontrarse al corriente de todas
las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
4.5 No haber disfrutado de estas mismas ayudas durante un período
superior a cinco años.
5. Dotación
Al ser las ayudas que se conceden complementarias de las cantidades
ofrecidas por las Universidades contratantes, el importe de las mismas
variará de acuerdo con el sueldo y las condiciones de trabajo de las
respectivas Universidades, sin que en ningún caso, la suma de dichas
cantidades pueda exceder del coste de la actividad a subvencionar. El importe
de la ayuda dependerá de la dotación presupuestaria de cada año y podrá
ser modificado de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias de
la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica.
Dichas ayudas incluyen:
5.1 Viaje de incorporación al Lectorado y regreso a España al finalizar
el compromiso de los lectores con las Universidades contratantes siempre
que se haya cumplido un mínimo de dos cursos académicos.
5.2 Una ayuda mensual, que figura en el anexo I de esta Resolución,
correspondiente al curso 1999-2000, que surtirá efecto a partir de la fecha
que se indique en la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la
Resolución por la que se hará pública la concesión definitiva.
Los lectores percibirán dicha ayuda por trimestres vencidos, a través
de las Embajadas o Consulados de España más próximos a sus centros
de trabajo.
5.3 Seguro de asistencia sanitaria por el tiempo de permanencia en
el Lectorado, sin que el mismo cubra los riesgos derivados de enfermedades
contraídas con anterioridad al inicio de la actividad objeto de la ayuda.
5.4 El material didáctico que necesiten los Lectorados, de acuerdo
con las disponibilidades de la citada Secretaría de Estado, tanto editorial
del programa de material cultural, como audiovisual, que deberá solicitarse
a través de las representaciones diplomáticas y consulares, y que deberá
quedar inventariado en los respectivos Lectorados.
Durante el período del Lectorado, estas ayudas son incompatibles con
otras becas o ayudas que puedan ser concedidas por otros organismos
públicos o privados nacionales o extranjeros, con la excepción de lo
percibido de la Universidad contratante.
Los gastos correspondientes a estas ayudas se abonarán con cargo
al concepto presupuestario de la Dirección General de Relaciones
Culturales y Científicas 134B.491 para los años 1999 y 2000 y no superará
el límite presupuestario consignado.
6. Presentación de solicitudes
Los candidatos presentarán en el Registro General del Ministerio de
Asuntos Exteriores, calle de El Salvador, número 1, 28071 Madrid, o en
cualquiera de los Registros, Oficinas o Representaciones previstas en el
artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y durante un plazo de treinta días
naturales a partir del siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación de
la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", la siguiente
documentación:
6.1 Impreso de solicitud que figura en anexo II y que podrá también
retirarse en el Servicio de Intercambios y Becas de la Dirección General
de Relaciones Culturales y Científicas, calle Atocha, número 3, en Madrid.
6.2 Fotocopia compulsada o cotejada del documento nacional de
identidad y número de identificación fiscal.
6.3 Currículum vitae, adjuntando fotocopia compulsada o cotejada
de los documentos que acrediten los méritos que se indican, por lo que
no deberán figurar en él los que no puedan acreditarse documentalmente.
6.4 Fotocopia compulsada o cotejada del certificado académico de
estudios con especificación de calificaciones.
6.5 Certificado acreditativo del nivel de idioma exigido en el anexo I
(perfil propuesto universidad).
6.6 Certificados de la Agencia Estatal Tributaria y de la Tesorería
General de la Seguridad Social, que acrediten estar al corriente de sus
obligaciones fiscales, tributarias y de la Seguridad Social.
Los expedientes cuya documentación no se ajuste a lo anteriormente
indicado, aplicado el artículo 71 de la Ley 30/1992, no serán tomados
en consideración.
No podrá solicitarse más de un Lectorado por persona.
7. Selección
La selección de los aspirantes a lectores se realizará por la Dirección
General de Relaciones Culturales y Científicas. El plazo máximo para la
instrucción y resolución de procedimiento será de seis meses, contados
a partir de la publicación de la presente convocatoria.
En una primera fase se realizará la preselección, mediante concurso
con concurrencia competitiva y la llevará a cabo una Comisión de
Valoración formada por el Subdirector general de Acción Cultural Exterior,
el Jefe del Área de Servicios Culturales, el Jefe del Servicio de Intercambios
y Becas y el Jefe de Sección de Intercambios y Becas o las personas que
éstos designen.
La Comisión de Valoración tendrá en cuenta los siguientes baremos:
7.1 Expediente académico, máximo 40 puntos.
7.2 Titulo de doctor, 5 puntos.
7.3 Título de licenciado con grado, 2 puntos.
7.4 Experiencia profesional en la enseñanza del español, máximo 10
puntos. (Un punto por año, sólo puntuables los cursos completos en centros
oficiales.)
7.5 Publicaciones, máximo 10 puntos. (Un punto por publicación, sólo
puntuables las publicaciones de un mínimo de 10 páginas.)
7.6 Idiomas, máximo 5 puntos.
7.7 Otros méritos, máximo 10 puntos. (Cursillos, congresos,
actividades universitarias, estancia en el país solicitado etc.)
(Sólo se tendrá en cuenta lo acreditado documentalmente.)
En una segunda fase se realizará la selección, que consiste en la
remisión de la lista de candidatos preseleccionados, en número de cinco por
Lectorado, junto con la documentación relativa a los mismos a las
Universidades extranjeras contratantes que realizaran la selección. La
Universidad indicará la persona seleccionada y dos suplentes por orden de
prioridad.
La Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para
Iberoamérica informará, a través de la Dirección General de Relaciones
Culturales y Científicas, directamente a los interesados de la decisión adoptada
y ordenará publicar en el "Boletín Oficial del Estado" la resolución definitiva
de concesión de los Lectorados, en la que se recogerán los dos suplentes,
que agota la vía administrativa y contra la que podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su publicación.
8. Obligaciones de los beneficiarios
Los lectores beneficiarios de estas ayudas están obligados al
cumplimiento de las siguientes obligaciones:
8.1 Colaboración plena con los Departamentos de las Universidades
que los contraten y especialmente con los inmediatos responsables de
los Servicios de Filología donde impartan sus clases.
8.2 Colaboración con las Embajadas o Consulados de España
correspondientes en materias directamente relacionadas con la actividad del
Lectorado y muy especialmente cooperando a la difusión de la lengua
y cultura españolas en su centro académico o en otros similares.
8.3 Presentación de una memoria anual completa de las actividades
realizadas y las circunstancias profesionales del Lectorado, que se remitirá
a la Dirección General de Relaciones Culturales y Científicas a través de
las Embajadas o Consulados de España más cercanos.
8.4 Comunicación a la Dirección General de Relaciones Culturales
y Científicas de cualquier otro beneficio que perciba, diferente de lo pactado
con las Universidades contratantes, para la realización de la actividad.
9. Causas de pérdida de las ayudas
Las causas de pérdida de las ayudas son las siguientes:
9.1 El abandono o el incumplimiento de las funciones y obligaciones
del lector en la Universidad contratante.
9.2 La rescisión anticipada de la relación del lector con la Universidad,
antes del plazo previsto, formalizada por escrito por la Universidad y
comunicada a través de las representaciones diplomáticas o consulares
españolas.
9.3 Cualquier alteración, imputable a los beneficiarios de las ayudas,
de los requisitos que fueron causa de la concesión y, especialmente, la
obtención de otras ayudas o subvenciones diferentes de las pactadas con
las Universidades contratantes, podrá dar lugar a la modificación de las
resoluciones de concesión de las ayudas y a la obligación de los
beneficiarios, en su caso, de proceder al reintegro de las cantidades percibidas
y al abono de los intereses de demora desde el momento del pago de
la ayuda económica en la cuantía fijada en las disposiciones vigentes.
Los beneficiarios facilitarán cuanta información les sea requerida por
el Tribunal de Cuentas de España, así como Secretaría de Estado para
la Cooperación Internacional y para Iberoamérica, estando sujetos a los
requerimientos normativos de reintegro y sancionador legalmente
previstos. Ello se entiende sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran
incurrir los infractores de las normas de concesión de las presentes ayudas,
conforme al artículo 82 de la Ley General Presupuestaria.
Las ayudas concedidas y el reconocimiento expreso de las percepciones
que conllevan, no conceden a los lectores otra clase de derechos ante
el Ministerio de Asuntos Exteriores que no sea el de la percepción de
su importe.
Para todos aquellos extremos no previstos en la presente Resolución,
se aplicará, con carácter supletorio lo previsto en los artículos 81 y
siguientes del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, de 23 de diciembre
de 1988, aprobada por el Real Decreto Legislativo 1091/1988 y en el Real
Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, anteriormente citados.
Madrid, 17 de noviembre de 1998.-El Secretario de Estado, Fernando
María Villalonga Campos.
ANEXO I
Ayuda complement. Pesetas
País Lectorado Perfil propuesto universidad Sueldo propuesto universidad Alojamiento y manutención
Alemania. I. Rostock. Licenciado en Filología Hispánica o Germánica.
Conocimiento de alemán "Grunstufe II" o
superior.
Alojamiento paga
Universidad y ayuda en
manutención y transporte.
130.000
Alemania. U. Dresde. Licenciado en Filología Hispánica o Germánica.
Conocimiento de alemán "Grunstufe II" o
superior.
Alojamiento paga
Universidad y ayuda en
manutención y transporte.
130.000
Australia. Melbourne. Licenciado en Filología Hispánica. Conocimiento
de inglés.
6.000 $AUS, primer año, y
5.000, siguientes.
148.000
Austria. Graz. Licenciado en Filología Hispánica y experiencia
en la enseñanza del español.
19.600 chelines
austriacos/mes bruto, 14
mensualidades.
78.000
Austria. Salzburgo. Experiencia en clases de civilización, literatura
y lengua españolas y actividades culturales.
13.999 ATS, 14 veces. 78.000
Ayuda complement. Pesetas
País Lectorado Perfil propuesto universidad Sueldo propuesto universidad Alojamiento y manutención
Bulgaria. Sofía. Licenciado en Filología Hispánica o Románica. 135.000 levas/mes. Alojamiento gratuito. 100.000
Bulgaria. Veliko Ternovo. Licenciado en Filología Hispánica o Románica. 115.000 levas/mes. Alojamiento gratuito. 100.000
Canadá. Trent. Especialidad Lengua y Literatura Españolas.
Buen conocimiento de inglés.
Alojamiento y comida paga
la Universidad.
100.000
Chequia. Brno. Licenciado en Filología. Experiencia en
enseñanza del español como lengua extranjera.
Entre 5.000 y 10.000
coronas checas/mes.
Alojamiento paga
Universidad, comedor
universitario subvencionado.
100.000
Chequia. Palacky-Olomouc. Licenciado en Filología. Experiencia en
enseñanza del español como lengua extranjera.
De 6.000 a 7.000 coronas
checas/mes.
Residencia profesores y
comedor
subvencionados.
100.000
Chequia. Praga. Carolina. Licenciado en Filología. Experiencia en
enseñanza del español como lengua extranjera.
Entre 6.000 y 9.000 coronas
checas/mes.
Colegio Mayor pagado por
Universidad.
100.000
Chequia. Praga. ESE. Licenciado en Filología. Experiencia en
enseñanza del español como lengua extranjera.
A partir de 6.600 coronas
checas.
Alojamiento paga
Universidad, comedor de
profesores subvencionado.
100.000
Chipre. Nicosia. Experiencia en enseñanza del español como
lengua extranjera.
300 libras chipriotas/mes. 150.000
Eslovaquia. Banska Bystrica. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza español como lengua extranjera.
De 5.000 a 6.000 Sk/mes. 100.000
Eslovaquia. Bratislava. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza español para economía.
De 5.000 a 6.000 Sk/mes. 100.000
Estados Unidos. Berkeley. Licenciatura con tesina en Filología Hispánica,
Filología Inglesa o Lingüística; dominio inglés
nivel "high intermediate".
1.124 $ brutos/mes; 10
meses/año.
125.000
Hungría. Budapest. Licenciado en Filología Hispánica. 34.000 forintos/bruto. Alojamiento, apartamento
de la Universidad.
100.000
Hungría. Budapest. EAP. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza del español como lengua
extranjera.
34.000 forintos/bruto. Alojamiento, apartamento
de la Universidad.
100.000
Lituania. Vilna. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza del español como lengua
extranjera.
Entre 75 y 150
dólares/mes.
Residencia pagada por la
Universidad.
150.000
Polonia. Gdansk. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza de español como lengua
extranjera. Conocimiento de polaco.
1.000 zl/mes (exento
impuestos 2 años).
Alojamiento gratuito. 100.000
Polonia. Wroclaw. Licenciado en Filología Hispánica. Experiencia
en enseñanza de español como lengua
extranjera. Conocimiento de polaco.
750 a 1.000 zl/mes (exento
impuestos 2 años).
Alojamiento gratuito. 100.000
Rumania. Bucarest. Filología Hispánica. Doctor o Doctorado en
curso. Experiencia en enseñanza del español
como lengua extranjera. Rumano e
inglés/francés.
Aproximadamente 800.000
leis.
Según sus posibilidades. 175.000
Rumania. Bucarest. Filología Hispánica. Doctor o Doctorado en
curso. Experiencia en enseñanza del español
como lengua extranjera. Rumano e
inglés/francés.
Aproximadamente 800.000
leis.
Según sus posibilidades. 175.000
Rumania. Cluj-Napoca. Filología Hispánica. Doctor o Doctorado en
curso. Experiencia en enseñanza del español
como lengua extranjera. Rumano e
inglés/francés.
De 600.000 a 700.000 leis,
según experiencia.
Alojamiento gratuito. 175.000
ANEXO: (Ver Imágenes páginas 44239 a 44240).
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