Visto el expediente de indulto de don Manuel Lizán Zaragoza, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
el Juzgado de lo Penal número 2 de Elche, en sentencia de fecha 12 de
enero de 1994, como autor de un delito de robo, a la pena de dos años
de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público
y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos
cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de diciembre
de 1998,
Vengo en conmutar a don Manuel Lizán Zaragoza la pena privativa
de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que
abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que
determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso
en el plazo de cinco años desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrida4dediciembre de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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