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Documento BOE-A-1998-30131

Resolución de 23 de diciembre de 1998, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en euros a realizar en el mes de enero de 1999 y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 312, de 30 de diciembre de 1998, páginas 44247 a 44250 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-30131

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 23 de diciembre de 1998, en virtud de lo previsto en

el artículo 1. del Real Decreto 68/1998, de 23 de enero, ha autorizado

a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Bonos

y Obligaciones del Estado durante el mes de enero de 1999 y ha establecido

el marco al que deberán ajustarse las emisiones, manteniéndose, con ligeras

modificaciones, los criterios y procedimientos de emisión vigentes en 1998,

regulados por Ordenes de 26 de enero y 14 de octubre de 1998, con la

excepción de la moneda de denominación de los valores que pasa a ser

el euro, según dispone el artículo 16 de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre,

sobre introducción del euro.

A tal efecto, en cumplimiento de lo previsto en el número 5,

apartado 3.1, de la Orden de 26 de enero de 1998, sobre periodicidad de puesta

en oferta de los Bonos y Obligaciones del Estado, es necesario disponer

las emisiones de Bonos y Obligaciones a tres, cinco, diez, quince y treinta

años a realizar durante el mes de enero de 1999, fijar sus características

y convocar las correspondientes subastas, mediante Resolución que deberá

publicarse en el Boletín Oficial del Estado, sin que se establezca otro límite

cuantitativo para dichas emisiones que el autorizado con carácter general

para la Deuda del Estado, salvo que, dentro de éste, esta Dirección General

fije uno específico.

Dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación

de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que

requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en

los mercados secundarios, se pondrán en oferta nuevos tramos de las

referencias que se vienen emitiendo, y que tienen la calificación de Bonos

segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio

de 1997.

En consecuencia, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer las emisiones denominadas en euros de Bonos del Estado

a tres y cinco años y de Obligaciones del Estado a diez, quince y treinta

años en el mes de enero de 1999 y convocar las correspondientes subastas,

que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden de 23

de diciembre de 1998 y en la presente Resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones del Estado en euros

que se emiten.-El tipo de interés nominal anual y las fechas de

amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron

la Resolución de esta Dirección General de 16 de julio de 1998 para las

emisiones de Bonos del Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento

el 30 de julio de 2002, y de Bonos del Estado a cinco años al 4,50 por

100, vencimiento el 30 de julio de 2004; la Resolución de 10 de junio

de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a diez años al 5,15

por 100, vencimiento el 30 de julio de 2009; la Resolución de 17 de

noviembre de 1998 para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años

al 4,75 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2014, y la Resolución de

15 de diciembre de 1997 para la emisión de Obligaciones del Estado a

treinta años al 6,0 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2029. El primer

cupón a pagar en los valores que se emitan será, por su importe completo,

el de 31 de enero de 2000 en las Obligaciones a treinta años y el de 30

de julio de 2000 en los Bonos a tres y cinco años y Obligaciones a diez

y quince años.

3. Las fechas relativas al desarrollo y resolución de las subastas que

se convocan, así como las fechas de pago y de desembolso de los valores

que se emitan, son las siguientes:

a) Bonos a tres años y Obligaciones a diez y treinta años:

Fecha límite de presentación de peticiones en las oficinas del Banco

de España: 4 de enero de 1999, hasta las trece horas (doce horas en las

islas Canarias).

Fecha de resolución de la subasta: 5 de enero de 1999.

Fecha de pago para los no titulares de cuentas en la Central de

Anotaciones: 8 de enero de 1999, hasta las trece horas.

Fecha de desembolso y de adeudo en cuenta para los titulares de cuenta

en la Central de Anotaciones: 11 de enero de 1999.

b) Bonos a cinco años y Obligaciones a quince años:

Fecha límite de presentación de peticiones en las oficinas del Banco

de España: 4 de enero de 1999, hasta las trece horas (doce horas en las

islas Canarias).

Fecha de resolución de la subasta: 7 de enero de 1999.

Fecha de pago para los no titulares de cuentas en la Central de

Anotaciones: 11 de enero de 1999, hasta las trece horas.

Fecha de desembolso y de adeudo en cuenta para los titulares de cuenta

en la Central de Anotaciones: 12 de enero de 1999.

4. Los titulares de cuentas a nombre propio en la Central de

Anotaciones y las Entidades Gestoras con capacidad plena o restringida

formularán las peticiones entre las ocho treinta y las diez treinta horas del

día fijado para la resolución de las subastas, a través de la red informática

de comunicaciones del Servicio Telefónico del Mercado de Dinero. En caso

de no disponer de conexión con la citada red, deberán efectuar la

comunicación de sus peticiones por teléfono entre las ocho treinta y las diez

horas.

5. El desarrollo de las subastas y su resolución se ajustará a lo previsto

en el número5yenelapartado 6.1. de la Orden de 26 de enero de

1998, con las modificaciones introducidas por la Orden de 23 de diciembre

de 1998, y se podrán formular peticiones no competitivas. El importe

nominal máximo conjunto de las peticiones no competitivas presentadas por

cada postor, en cada una de las subastas, no podrá exceder de 200.000

euros.

Los precios que figuren en las ofertas competitivas presentadas a las

subastas se formularán en tanto por ciento del valor nominal con dos

decimales, el segundo de los cuales podrá ser, para los Bonos, cualquier

número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y cero o cinco,

exclusivamente, para las Obligaciones.

6. Las segundas vueltas a las que se refiere el número cuarto,

apartados1y2,delaOrden de 24 de julio de 1991, modificada parcialmente

por la Orden de 29 de marzo de 1994, se desarrollarán conforme a lo

allí previsto y lo dispuesto en la presente Resolución en cuanto sea de

aplicación. La presentación de peticiones, en número máximo de cinco

por oferente en el supuesto previsto en el apartado 1. y de tres en el

supuesto del apartado 2., se hará a la hora y por los medios que fije

el Banco de España, a través del cual esta Dirección General dará a conocer,

en su caso, la convocatoria de la segunda vuelta prevista en el mencionado

apartado 1., así como los resultados de la misma y de la prevista en el

apartado 2. El precio ofrecido en las peticiones de las segundas vueltas

vendrá expresado en tanto por ciento con dos decimales.

Las segundas vueltas serán resueltas por el Director General del Tesoro

y Política Financiera, a la vista de los criterios expuestos por la misma

comisión proponente de la resolución de la primera vuelta de la subasta.

El precio a pagar por la Deuda adjudicada en las segundas vueltas será

el ofrecido en cada oferta aceptada y el prorrateo, en su caso, afectará

exclusivamente a las ofertas aceptadas a precio más bajo, no siendo de

aplicación el mínimo exento al que se hace referencia en el número 5.

de la Orden de 23 de diciembre de 1998. Los resultados serán hechos

públicos de modo inmediato a través del Banco de España y serán objeto

de publicación en el "Boletín Oficial del Estado" simultánea, pero

separadamente, con los resultados de la primera vuelta de la subasta.

7. Dada la posibilidad de formular ofertas no competitivas en las

subastas que se convocan, según se prevé en el número 5. de esta

Resolución, con posterioridad a la celebración de las subastas no existirá

período de suscripción pública de la Deuda que se emite.

8. Los Bonos y Obligaciones del Estado en euros que se emitan se

pondrán en circulación los días 11 y 12 de enero de 1999, fechas de

desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Central

de Anotaciones, y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas

en el número 2. de esta Resolución, teniendo la consideración de ampliación

de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir

de su puesta en circulación.

9. Los Bonos y Obligaciones en euros cuya emisión se dispone por

la presente Resolución tienen la calificación de Bonos segregables. No

obstante, las operaciones de segregación y reconstitución de los Bonos

a tres y cinco años y de las Obligaciones a diez y quince años sólo se

podrán realizar a partir del momento en que la Dirección General del

Tesoro y Política Financiera lo autorice mediante la correspondiente

Resolución.

10. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo

a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de

equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del

Estado en pesetas cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con

lo previsto en el apartado 5.8.3 de la Orden de 26 de enero de 1998.

Madrid, 23 de diciembre de 1998.-El Director general, Jaime Caruana

Lacorte.

ANEXO

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del

Estado a tres años al 4,25 por 100, vencimiento 30 de julio de 2002

(Subasta mes enero)

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

100,70 3,348

100,71 3,345

100,72 3,342

100,73 3,339

100,74 3,336

100,75 3,333

100,76 3,330

100,77 3,327

100,78 3,324

100,79 3,321

100,80 3,318

100,81 3,315

100,82 3,312

100,83 3,309

100,84 3,306

100,85 3,303

100,86 3,300

100,87 3,297

100,88 3,294

100,89 3,291

100,90 3,288

100,91 3,285

100,92 3,282

100,93 3,280

100,94 3,277

100,95 3,274

100,96 3,271

100,97 3,268

100,98 3,265

100,99 3,262

101,00 3,259

101,01 3,256

101,02 3,253

101,03 3,250

101,04 3,247

101,05 3,244

101,06 3,241

101,07 3,238

101,08 3,235

101,09 3,232

101,10 3,229

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

101,11 3,226

101,12 3,223

101,13 3,220

101,14 3,217

101,15 3,214

101,16 3,211

101,17 3,208

101,18 3,205

101,19 3,202

101,20 3,199

101,21 3,196

101,22 3,193

101,23 3,190

101,24 3,187

101,25 3,184

101,26 3,181

101,27 3,178

101,28 3,175

101,29 3,172

101,30 3,169

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del

Estado a cinco años al 4,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2004

(Subasta mes enero)

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

102,50 3,514

102,51 3,512

102,52 3,510

102,53 3,508

102,54 3,506

102,55 3,505

102,56 3,503

102,57 3,501

102,58 3,499

102,59 3,497

102,60 3,495

102,61 3,493

102,62 3,491

102,63 3,489

102,64 3,487

102,65 3,485

102,66 3,483

102,67 3,481

102,68 3,479

102,69 3,477

102,70 3,475

102,71 3,473

102,72 3,471

102,73 3,469

102,74 3,467

102,75 3,465

102,76 3,463

102,77 3,461

102,78 3,459

102,79 3,457

102,80 3,456

102,81 3,454

102,82 3,452

102,83 3,450

102,84 3,448

102,85 3,446

102,86 3,444

102,87 3,442

102,88 3,440

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

102,89 3,438

102,90 3,436

102,91 3,434

102,92 3,432

102,93 3,430

102,94 3,428

102,95 3,426

102,96 3,424

102,97 3,422

102,98 3,420

102,99 3,418

103,00 3,416

103,01 3,414

103,02 3,413

103,03 3,411

103,04 3,409

103,05 3,407

103,06 3,405

103,07 3,403

103,08 3,401

103,09 3,399

103,10 3,397

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones

del Estado a diez años al 5,15 por 100, vencimiento 30 de julio de 2009

(Subasta mes enero)

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

104,25 4,312

104,30 4,307

104,35 4,301

104,40 4,295

104,45 4,289

104,50 4,284

104,55 4,278

104,60 4,272

104,65 4,266

104,70 4,261

104,75 4,255

104,80 4,249

104,85 4,243

104,90 4,238

104,95 4,232

105,00 4,226

105,05 4,221

105,10 4,215

105,15 4,209

105,20 4,203

105,25 4,198

105,30 4,192

105,35 4,186

105,40 4,181

105,45 4,175

105,50 4,169

105,55 4,164

105,60 4,158

105,65 4,152

105,70 4,147

105,75 4,141

105,80 4,135

105,85 4,130

105,90 4,124

105,95 4,118

106,00 4,113

106,05 4,107

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

106,10 4,101

106,15 4,096

106,20 4,090

106,25 4,084

106,30 4,079

106,35 4,073

106,40 4,068

106,45 4,062

106,50 4,056

106,55 4,051

106,60 4,045

106,65 4,039

106,70 4,034

106,75 4,028

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones

del Estado a quince años al 4,75 por 100, vencimiento 30 de julio de 2014

(Subasta mes enero)

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

99,50 4,567

99,55 4,563

99,60 4,558

99,65 4,554

99,70 4,549

99,75 4,545

99,80 4,540

99,85 4,536

99,90 4,531

99,95 4,527

100,00 4,522

100,05 4,518

100,10 4,513

100,15 4,509

100,20 4,504

100,25 4,500

100,30 4,496

100,35 4,491

100,40 4,487

100,45 4,482

100,50 4,478

100,55 4,473

100,60 4,469

100,65 4,464

100,70 4,460

100,75 4,455

100,80 4,451

100,85 4,447

100,90 4,442

100,95 4,438

101,00 4,433

101,05 4,429

101,10 4,424

101,15 4,420

101,20 4,416

101,25 4,411

101,30 4,407

101,35 4,402

101,40 4,398

101,45 4,394

101,50 4,389

101,55 4,385

101,60 4,380

101,65 4,376

101,70 4,372

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

101,75 4,367

101,80 4,363

101,85 4,358

101,90 4,354

101,95 4,350

102,00 4,345

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones

del Estado a treinta años al 6,00 por 100, vencimiento 31 de enero

de 2029

(Subasta mes enero)

Rendimiento bruto* Porcentaje Precio

113,75 5,077

113,80 5,074

113,85 5,071

113,90 5,068

113,95 5,065

114,00 5,063

114,05 5,060

114,10 5,057

114,15 5,054

114,20 5,051

114,25 5,048

114,30 5,045

114,35 5,042

114,40 5,039

114,45 5,036

114,50 5,033

114,55 5,030

114,60 5,027

114,65 5,024

114,70 5,021

114,75 5,018

114,80 5,015

114,85 5,013

114,90 5,010

114,95 5,007

115,00 5,004

115,05 5,001

115,10 4,998

115,15 4,995

115,20 4,992

115,25 4,989

115,30 4,986

115,35 4,983

115,40 4,980

115,45 4,978

115,50 4,975

115,55 4,972

115,60 4,969

115,65 4,966

115,70 4,963

115,75 4,960

115,80 4,957

115,85 4,954

115,90 4,952

115,95 4,949

116,00 4,946

116,05 4,943

116,10 4,940

116,15 4,937

116,20 4,934

116,25 4,931

* Rendimientos redondeados al tercer decimal.

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