De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia número 748 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha de 17 de septiembre de 1998, recaída en los autos número 21/1996, interpuesto por don Ramón Caballero Klink, contra la Resolución del Rector de la Universidad de Castilla-La Mancha de fecha 9 de noviembre de 1995, sobre puntos obtenidos por los funcionarios que optaban al puesto de trabajo de nivel 23 convocadas en el campus de Ciudad Real, Servicio de Biblioteca y Archivo de la Biblioteca General de la Universidad, Área Técnica, Subdirector, de fecha 21 de abril de 1995, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ramón Caballero Klink contra la Resolución del Rectorado de Castilla-La Mancha de fecha 9 de noviembre de 1995.»
En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confiere el artículo 33 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10) acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en sus propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.
Ciudad Real, 27 de noviembre de 1998.–El Rector, Luis Alberto Arroyo Zapatero.
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