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La disposición adicional de la Orden de 23 de mayo de 1994, faculta a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, a realizar revisiones periódicas de la lista de principios activos dispensables en receta para tratamiento de larga duración.
La última revisión se efectuó en la Orden de 29 de septiembre de 1995. Por ello y con el fin de incluir nuevos principios activos que se han ido incorporando al arsenal terapéutico desde ese fecha y otros ya existentes para patologías crónicas que no se habían considerado en su momento, a propuesta de la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, se efectúa por medio de la presente Orden la ampliación de la lista de principios activos indicados en patologías de largo tratamiento.
En su virtud, previo informe del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, dispongo:
Primero.-Se amplía la lista de principios activos dispensables en receta para tratamientos de larga duración contenida en el anexo de la Orden de 23 de mayo de 1994, mediante la adición de los principios activos que se relacionan a continuación:
Acetilsalicílico, ácido (en formas farmacéuticas orales hasta 300 mg/forma farmacéutica).
Bezafibrato.
Binifibrato.
Carbasalato.
Clofibrato.
Colestipol.
Colestiramina.
Dipiridamol.
Dorzolamida (vía tópica oftálmica).
Etofibrato.
Fenofibrato.
Filicol.
Fluvastatina.
Gabapentina.
Gemfibrozilo.
Goma guar.
Losartan.
Lovastatina.
Nicofibrato.
Nicotinato de tocoferol.
Pirifibrato.
Pirozadilo.
Potasio, citrato.
Pravastatina.
Probucol.
Simvastatina.
Tocofibrato.
Torasemida (por vía oral).
Triflusal.
Urapidil (por vía oral).
Segundo.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 4 de febrero de 1998.
ROMAY BECCARÍA
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