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Documento BOE-A-1998-3263

Orden de 16 de enero de 1998 por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro de Formación Profesional Específica «CPA-Salduie», sito en Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 1998, páginas 5178 a 5179 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-3263

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente iniciado a instancia del representante legal de la entidad Fundación para la Formación y desarrollo Humano y Técnico Salduie, solicitando la autorización de apertura y funcionamiento de un centro de Formación Profesional Específica denominado "CPA-Salduie", que estaría situado en la calle Manuel Marraco Ramón, 2, de Zaragoza, para impartir ciclos formativos de grado superior,

Este Ministerio, con arreglo a lo establecido en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.-Autorizar la apertura y funcionamiento del centro que a continuación se señala:

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional Específica.

Denominación específica: "CPA-Salduie".

Domicilio: Calle Manuel Marraco Ramón, 2.

Localidad: Zaragoza.

Municipio: Zaragoza.

Provincia: Zaragoza.

Titular: Fundación para la Formación y Desarrollo Humano y Técnico Salduie.

Enseñanzas que se autoriza:

Ciclo formativo de grado superior de Producción de Audiovisuales, Radio y Espectáculos.

Capacidad: Número de grupos: 2. Número de puestos escolares: 60.

Ciclo formativo de grado superior de administración de Realización de Audiovisuales y Espectáculos.

Capacidad: 2. Número de puestos escolares.: 60.

Segundo.-El centro deberá cumplir la Norma Básica para la Edificación NBE-CPI/1996, de Condiciones de Protección Contra Incendios en los Edificios, aprobada por el Real Decreto 2177/1996, de 4 de octubre.

Tercero.-Con carácter previo al comienzo de las actividades educativas del centro, la Dirección Provincial del Departamento en Zaragoza deberá comprobar que el equipamiento del centro se adecúa a lo establecido en el anexo a la Resolución de la Dirección General de Centros Educativos de 2 de octubre de 1997 por la que se aprobaba el expediente y proyecto de obras del centro.

Cuarto.-Antes del inicio de las actividades educativas la Dirección Provincial del Departamento en Zaragoza, previo informe del Servicio de Inspección Técnica de Educación, deberá aprobar la relación del profesorado con el que contará el centro.

Quinto.-Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo establecido en los ar tículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y artículo 110.3 de la Ley 30/1994 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 16 de enero de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y 17 de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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