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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha dictado sentencia, con fecha 30 de septiembre de 1997, en el recurso contencioso-administrativo número 1/266/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña Mercedes Varela Doval, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución presunta de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de la petición formulada con fecha 19 de abril de 1993, sobre integración en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo deducido por doña Mercedes Varela Doval contra denegación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública del Ministerio de las Administraciones Públicas de la Administración Estatal de la petición formulada por la ahora recurrente en 19 de abril de 1993, sobre integración en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática; sin hacer pronunciamiento respecto al pago de las costas devengadas en el presente recurso."
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado", para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 26 de enero de 1998.-P. D. (Orden de 19 de noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" del 28), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director del Instituto Nacional de Administración Pública.
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