Por Orden de 26 de agosto de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 7 de octubre) se convocaron ayudas para el desarrollo de proyectos educativos conjuntos, en el marco del Programa "Sócrates", Lingua, Acción E.
A propuesta de la Comisión establecida en el apartado décimo, y de acuerdo con lo indicado en el apartado undécimo, he dispuesto:
Primero.-Conceder ayudas, por la cuantía que se indica, para la realización de visitas preparatorias a desarrollar entre el 30 de enero y el 30 de marzo de 1998, a los centros que figuran relacionados en el anexo.
Segundo.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses.
Tercero.-La Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa comunicará a la Agencia Nacional Sócrates la Orden de concesión de ayudas y aportará cuantos datos y documentos se precisen para ser remitidas a las correspondientes instancias de la Unión Europea.
Cuarto.-La Agencia Nacional Sócrates enviará a cada uno de los centros seleccionados el modelo de contrato elaborado por la Comisión Europea. Éste deberá ser cumplimentado y firmado por el Director del centro y remitido posteriormente a la Agencia Nacional Sócrates.
Quinto.-La Agencia Nacional Sócrates efectuará el libramiento de las cantidades correspondientes a cada uno de los centros seleccionados, de acuerdo con lo establecido en los contratos firmados con dichos centros.
Sexto.-De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios de estas ayudas quedan obligados a:
1. Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones o ayudas por la misma finalidad de cualquier administración o ente público o privado, nacional o internacional.
2. Someterse a las actuaciones de control financiero que correspondan y a las de comprobación que puedan efectuar la Agencia Nacional Sócrates y la Comisión Europea.
3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:
3.1 Memorias pedagógicas.
Los centros beneficiarios elaborarán una memoria en la que se expongan las actividades llevadas a cabo durante su estancia con el profesorado del centro asociado, indicando los futuros proyectos de colaboración acordados. En el plazo de un mes desde la finalización de la actividad, se remitirán dos ejemplares de la misma, a la correspondiente Dirección Provincial de Educación y Cultura (en el caso de Madrid, Subdirección Territorial) de la que dependa el centro. Las Direcciones Provinciales o Subdirecciones Territoriales harán llegar un ejemplar de las citadas memorias a la Dirección General de Formación Profesional y Promoción Educativa, Subdirección General de Becas y Ayudas al Estudio, calle Torrelaguna, número 58, 28027 Madrid.
3.2 Justificación económica.
3.2.1 Certificación de la dirección del centro que exprese que ha dado cumplida la finalidad que motivó la concesión de la ayuda.
3.2.2 Certificación del Consejo Escolar sobre la aplicación dada a la ayuda recibida. Los justificantes originales (recibos, facturas y cualquier otro justificante de gasto) quedarán en poder de los centros a disposición de los órganos de control financiero, citados en el apartado sexto, 2.
3.2.3 Informe final financiero referido al coste total del proyecto.
3.2.4 La citada justificación económica deberá remitirse a la Agencia Nacional Sócrates, calle Bravo Murillo, 38, 28015 Madrid, en el plazo de un mes desde la finalización de la actividad.
Séptimo.-La no justificación de la ayuda percibida con arreglo a lo dispuesto en estas bases conllevará el reintegro a la Agencia Nacional Sócrates de las cantidades no justificadas y la exigencia de los intereses de demora, sin perjuicio de las responsabilidades administrativas en que se puede incurrir con arreglo a los artículos 81 y 82 de la vigente Ley General Presupuestaria, en su nueva redacción dada por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Madrid, 26 de diciembre de 1997.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 2), Orden de 17 de junio de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 19), el Director general de Formación Profesional y Promoción Educativa, Antonio Peleteiro Fernández.
Ilmo. Sr. Secretario general de Educación y Formación Profesional y Sr. Director de la Agencia Nacional Sócrates.
ANEXO
Relación de centros beneficiarios de las ayudas y su cuantía
Centro español /
Localidad /
Provincia / Número
de
Profesores /
Centro asociado /
País /
Cuantía concedida
I.E.S. de Elche de la Sierra / Elche de la Sierra / Albacete / 1 / Lycee Gambetta / Francia / 880
I.E.S. número 1 / Gijón / Asturias / 2 / South Carelia Polytechnic / Finlandia / 1.700
I.E.S. Villaviciosa / Villaviciosa / Asturias / 3 / Nordsjaellands Grundskole OG Gymnasium / Dinamarca / 3.000 I.E.S. Besaya / Torrelavega / Cantabria / 1 / Istituto Magistrale A. Cairoli / Italia / 1.000
I.E.S. Prado de Santo Domingo / Alcorcón / Madrid / 2 / St. Joseph's Catholic Com. School / Reino Unido. / 1.800
I.E.S. Profesor Máximo Trueba / Boadilla del Monte / Madrid / 1 / Latymer Upper School / Reino Unido. / 390
Colegio Bernadette / Madrid / Madrid / 2 / Clavius Gymnasium Bamberg / Alemania / 1.220
I.E.S. Islas Filipinas / Madrid / Madrid / 2 / Kaufmannische Schulen Ahlen / Alemania / 1.673
I.E.S. Europa / Móstoles / Madrid / 2 / St. Nicolaaslyceum / Países Bajos. / 2.000
I.E.S. Los Rosales / Móstoles / Madrid / 3 / Liceo A. León Battista Alberti / Italia / 3.000
I.E.S. Lucía de Medrano / Salamanca / Salamanca / 2 / Sandown High School / Reino Unido. / 1.748
I.E.S. Ángel del Alcázar / Segovia / Segovia / 2 / Escola P. da Figueira da Foz / Portugal / 1.116
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