En el recurso contencioso-administrativo número 866/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por "Caja de Previsión y Socorro, Sociedad Anónima", contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 2 de marzo de 1993 y 4 de marzo de 1994, se ha dictado, con fecha 15 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimamos el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto a nombre de la entidad 1919Caja de Previsión y Socorro, Sociedad Anónima'', contra la Resolución de 4 de marzo de 1994, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, en virtud de la que, en esencia, desestimó el recurso de reposición interpuesto contra la anterior Resolución de 2 de marzo de 1993, que denegaba el registro de la marca mixta número 1.577.148 1919Seguro del Hogar Agrolar'' y gráfico para servicios de la clase 36, consistentes en 1919Servicios de seguros'', del tenor explicitado con anterioridad, y desestimamos la demanda articulada. Sin efectuar especial pronunciamiento sobre las costas causadas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de enero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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