En el recurso contencioso-administrativo número 1.557/1995, referente al expediente de marca internacional número 582.783, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Unilever, N. V., contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 27 de abril de 1994 y 6 de octubre de 1995, se ha dictado, con fecha 20 de octubre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora de los Tribunales doña María Dolores de la Plata Corbacho, en nombre y representación de la entidad Unilever, N. V., contra las resoluciones reflejadas en el fundamento de derecho primero, las cuales, por ser ajustadas a Derecho, confirmamos; y todo ello sin efectuar pronunciamiento alguno en cuanto a costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de enero de 1998.-El Director General, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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