En el recurso contencioso-administrativo número 1.056/1995, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Peladillas El Campanar, Sociedad Limitada", contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de octubre de 1994 y 23 de enero de 1995, se ha dictado, con fecha 17 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Velasco Muñoz Cuéllar, en nombre y representación de la mercantil 1919Peladillas El Campanar, Sociedad Limitada'', contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de octubre de 1994, confirmada en reposición por acuerdo del mismo órgano de fecha 23 de enero de 1995, por las que se rechaza el registro del nombre comercial número 156.057, coincidente con la de su razón social, debemos anular y anulamos las mentadas resoluciones por no ser ajustadas a Derecho.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas en esta instancia."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 16 de enero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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