Contido non dispoñible en galego
Por existir en la Región Militar Sur la instalación militar denominada albergue "General Oñate", situada en el término municipal de Monachil (Granada), se hace aconsejable preservarla de cualquier obra o actividad que pudiera afectarla, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de ejecución de la Ley 8/1975, de 12 de marzo, de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional.
En su virtud, y de conformidad con el informe emitido por el Estado Mayor del Ejército, a propuesta razonada del General Jefe de la Región Militar Sur, dispongo:
Primero.-A los efectos prevenidos en el capítulo II del título primero del Reglamento de Zonas e Instalaciones de Interés para la Defensa Nacional, aprobado por el Real Decreto 689/1978, de 10 de febrero, que desarrolla la Ley 8/1975, de 12 de marzo, la instalación militar albergue "General Oñate", del término municipal de Monachil (Granada), se considera incluido en el grupo cuarto de los señalados en el artículo 8 del citado Reglamento.
Segundo.-De conformidad con lo preceptuado en el artículo 26 del citado Reglamento, la zona próxima de seguridad quedará fijada entre el perímetro de la instalación militar y el polígono determinado por los siguientes puntos, expresados en coordenadas UTM:
Punto / x / y
A / 462790 / 4107840
B / 462842 / 4107800
C / 462810 / 4107750
D / 462758 / 4107790
Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 4 de febrero de 1998.
SERRA REXACH
Axencia Estatal Boletín Oficial do Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid