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Documento BOE-A-1998-3724

Resolución de 19 de enero de 1998, de la Consejería de Cultura, por la que se acuerda tener por incoado expediente para la declaración de bien de interés cultural (monumento) a favor de la Torre de Tronquedo, Andrín, Llanes (Asturias).

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 1998, páginas 5707 a 5710 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-A-1998-3724

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por la Comisión del Patrimonio Histórico de Asturias en relación con el expediente para la declaración como bien de interés cultural (monumento) a favor de la torre de Tronquedo, en Andrín (Llanes). De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgáni- ca 7/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Asturias; Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, modificado parcialmente por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, y vistas la Ley 2/1995, de 13 de marzo, sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y el Decreto 37/1996, de 26 de julio, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Cultura.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artícu los 11.2 de la Ley 16/1985 y 12.1 del Real Decreto 64/1994, que la desarrolla parcialmente, en caso de bienes inmuebles, el acto por el que se incoa el expediente deberá contener, además de la descripción del bien de que se trate la delimitación de la zona afectada.

Por la presente resuelvo:

Primero.-Tener por incoado expediente de declaración de bien de interés cultural (monumento), a favor de la torre de Tronquedo, Andrín (Llanes), según descripción y delimitación del entorno afectado que se publica como anexo a la presente Resolución.

Segundo.-Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con la legislación vigente.

Tercero.-Hacer saber al Ayuntamiento de Llanes que según lo dispuesto en los artículos 11, 16 y 19 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, las obras o actuaciones que hayan de realizarse en el inmueble y zona afectada por la declaración que se pretende no podrán ejecutarse sin la previa aprobación del proyecto correspondiente por la Consejería de Cultura.

Cuarto.-Que la presente Resolución se publique en el "Boletín Oficial del Principado de Asturias" y en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto.-Que se dé traslado de esta Resolución a la propiedad del inmueble, al Ayuntamiento de Llanes y a la Dirección General de Bellas Artes y Bienes Culturales a efectos de su anotación preventiva en el Registro General de Bienes de Interés Cultural.

Oviedo, 19 de enero de 1998.-La Consejera de Cultura, María Victoria Rodríguez Escudero.

ANEXO

Descripción del bien

La torre de Tronquedo está considerada una edificación bajomedieval, fechable en los siglos XIV-XV. Sobre la misma no se haya referencia alguna en la documentación medieval, circunstancia que impide datar con exactitud la época de su construcción. Son así las características formales de la misma, las que apuntan la cronología tardomedieval de la misma.

En palabras del medievalista J. I. Ruiz de la Peña, la torre de Tronquedo es "un ejemplar típico de torre señorial rural que responde en su concepción y desarrollo a un modelo constructivo muy difundido en la Asturias bajomedieval".

La construcción de la torre habría que encuadrarla en las luchas de bandos protagonizadas por los linajes nobiliarios en Asturias durante la baja Edad Media. En este sentido, la torre, que fue propiedad de la poderosa casa local de los Duques de Estrada, habría servido a este linaje como baluarte defensivo -desde su estratégico emplazamiento se domina todo el valle llanisco de Mijares- y centro de control y almacenamiento de las rentas señoriales.

Tras la pérdida de sus iniciales funciones, se produjo el paulatino derrumbe de la torre y su ocultamiento bajo la vegetación. En las últimas décadas, la labor de denuncia de su estado de abandono y ruina propiciaron los trabajos de limpieza y consolidación llevados a cabo en la misma a comienzos de los años 90.

Pasando al terreno arquitectónico, la torre tiene planta cuadrada. Se conserva el primer piso y parte del segundo. Como materiales constructivos presenta mampostería caliza en los paramentos, con mucha argamasa de cal y arena y sillares labrados en los remates de las esquinas y los enmarques de los vanos. Sus muros, de escaso grosor, no superan los 0,85 metros, lo que parece descartar la posibilidad de que la torre, a semejanza de otros ejemplos asturianos, tuviera una tercera planta. La piedra empleada en su construcción bien pudo haber sido sacada del cueto calizo que se localiza frente a la fachada sur de la torre, detrás del muro de mampostería que cierra la finca de la torre. Este cueto está fragmentado, mostrando una zanja delantera -cubierta de vegetación y maleza-, a modo de foso defensivo, carácter en el que abunda el propio emplazamiento del foso, situado frente a la puerta de ingreso de la torre, que se abre en la fachada sur. Este foso vendría a paliar la vulnerabilidad que presenta la torre en este flanco y que, en realidad, afecta a todas sus fachadas, salvo la cara norte, situada sobre pendientes crestones calizos.

En la fachada norte de la torre, la mejor conservada, se superponen tres pisos de ventanas. El más bajo está formado por tres saeteras. Sobre éste se dispone una tronera -pequeña ventana adintelada-, desplazada hacia el este, del lienzo, que ocupa una posición intermedia entre la saetera central y la situada a su derecha en la primera altura de vanos. El último piso recibe los vanos mayores: Dos ventanas de arco de medio punto monolítico, una en posición central y la otra alineada con la saetera de la planta baja situada hacia el oeste. Estas ventanas forman pequeñas cortejadoras al interior.

Estos vanos en arco de medio punto aparecen también en el tercer piso del lienzo este de la torre, donde hay tres ventanas, una de las cuales tan sólo conserva una jamba y el alféizar. Las dos alturas de vanos inferiores se resuelven con sendas saeteras, entre las que no hay correspondencia espacial. Otras dos saeteras son visibles en la planta baja del fragmento de paramento que se mantiene en pie en la fachada oeste.

Por su parte, la fachada sur acoge la puerta de ingreso. Desplazada hacia el oeste, está levantada sobre el nivel del suelo exterior y da acceso directo a la primera planta de la torre, rasgo que la diferencia del sistema tradicional de ingreso empleado en las torres rurales asturianas, a través de la segunda planta, y la acerca, por el contrario, a las torres urbanas, con entrada desde la calle. Es de arco apuntado, con dovelaje de sillares bien escuadrados. A su derecha se abre una saetera, sobre la que hay una ventanita de arco apuntado monolítico, de labra más tosca que las restantes de igual tipología. Su situación, a una distancia considerable de nivel del suelo interior, hace pensar en la existencia en esta parte de una escalera interior.

Delimitación del entorno de la torre de Tronquedo, Andrín

La delimitación del entorno de protección de la torre de Tronquedo es la siguiente: Al norte, comienza en el vértice noroccidental de la parce la 282 a del polígono 41 y sigue por el costado septentrional de las par celas 282 a, 282 b, 282 c, 282 d y, cruzando el camino de acceso a la torre, continúa por el lado norte de las parcelas 7, 29 y 30 del mismo polígono. Al este, desde el vértice nororiental de la parcela 30 del polígono 41, bordea el flanco oriental de las parcelas 30, 27, 24 a, 24 b y 32 del mismo polígono, desde donde gira con dirección oeste y recorre el lado meridional de las parcelas 32, 34, 39 y 280 del polígono 41; punto en el que la línea se quiebra y toma dirección norte, recorriendo el lateral occidental de las parcelas 280, 281 y 282 a del polígono 41, para llegar al ángulo noroccidental de esa última parcela; lugar donde se inició esta descripción literal de la delimitación del entorno de la torre de Tronquedo en Andrín.

Para la descripción del entorno se ha utilizado los levantamientos del catastro de rústica de Llanes, hojas 152 b y 153 c, escala 1:2.000 aproximadamente, correspondientes al año 1956.

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