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Documento BOE-A-1998-3786

Resolución de 29 de diciembre de 1997, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se autoriza la fusión de «Mutuamur», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 244 e «Ibermutua», Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 273.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 1998, páginas 5874 a 5874 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-3786

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente incoado en virtud de documentación presentada por "Mutuamur", Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 244, con domicilio social en Espinardo (Murcia), avenida de Juan Carlos I, sin número, e "Ibermutua", Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 273, con domicilio en Madrid, calle Ramírez Arellano, número 27, en solicitud de que se autorice su fusión al amparo de lo dispuesto en los artículos 47, 48 y 49 del Reglamento General sobre colaboración en la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 12), y

Teniendo en cuenta que, por cada una de las entidades solicitantes se ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Reglamento General antes citado, acompañando la solicitud de autorización y la documentación a que se refiere el artículo 48 de la referida norma, y habiéndose aportado, asimismo, el plan de actuaciones a realizar por la nueva entidad en orden a la resolución de las cuestiones pendientes de regularización,

Visto lo actuado, los preceptos legales citados y demás disposiciones de general aplicación,

Esta Secretaría de Estado, en virtud de las facultades que le están conferidas, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Se autoriza, con efectos de 31 de diciembre de 1997, la fusión de "Mutuamur", Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 244 y de "Ibermutua", Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 273, aprobando la denominación de "Ibermutuamur", Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274, para la nueva entidad que se crea con motivo de la fusión, procediéndose a la inscripción de la misma en el registro correspondiente.

Segundo.-La nueva entidad se subrogará en todos los derechos y obligaciones de las que se extinguen como consecuencia de la fusión, que causarán baja en el Registro de Entidades autorizadas para colaborar en la gestión de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, sin que se abra respecto de las mismas proceso liquidatorio; quedando obligada aquélla a la realización del plan de actuaciones propuesto para la regularización de las cuestiones pendientes.

Tercero.-La fianza estará constituida por la suma de las correspondientes a las Mutuas que se extinguen, autorizándose a tal efecto el cambio de titularidad, a favor de la nueva entidad, de las referidas fianzas, que continuarán a disposición del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Cuarto.-Se aprueban los modelos de "Documento de Asociación", de "Documento de proposición de Asociación" y de sus correspondientes anexos, así como los Estatutos sociales de la nueva entidad.

Madrid, 29 de diciembre de 1997.-El Secretario de Estado, Juan Carlos Aparicio Pérez.

Ilma. Sra. Directora general de Ordenación de la Seguridad Social.

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