De conformidad con la legislación vigente, y en cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno de esta Universidad de Girona en sesión celebrada el 29 de enero de 1998, don Josep M. Nadal Farreras, Rector de la Universidad de Girona, haciendo uso de las competencias que le han sido otorgadas por el artículo 5.3 de la Ley 95/1991, de 30 de diciembre, de creación de la Universidad de Girona, el artículo 64 de los Estatutos de la Universidad de Girona; aprobados por el Decreto 265/1995, de 28 de septiembre ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 2.113, de 11 de octubre) y el Decreto 25/1996, de 23 de enero, de nombramiento del Rector ("Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" número 2.163, de 2 de febrero), y de acuerdo con lo que dispone el apartado 4 del artículo 2 del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, resuelve convocar a concurso las plazas de los cuerpos docentes universitarios que se relacionan en el anexo I, de acuerdo con las siguientes bases:
Primera.-Los concursos se regirán por la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios; la Orden de 28 de diciembre de 1984 por la cual se desarrolla con carácter transitorio el Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre; el Real Decreto 1427/1986, de 13 de junio, sobre modificación parcial del Real Decreto 1888/1984, de 26 de septiembre, por el que se regulan los concursos para la provisión de plazas de los cuerpos docentes universitarios, y, en lo no previsto, por la legislación general de funcionarios civiles del Estado.
Segunda.-Las Comisiones nombradas para juzgar los concursos están clasificadas, a efectos económicos, en la categoría primera del anexo IV del Real Decreto 1344/1984, de 4 de julio.
Tercera.-La tramitación de los concursos será independiente para cada plaza perfilada a proveer.
Cuarta.-Para ser admitido a los citados concursos, los solicitantes han de reunir los siguientes requisitos generales:
a) Ser español o nacional de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea.
b) Ser mayor de edad y no tener la edad de jubilación forzosa establecida en la Ley 27/1994, de 29 de septiembre, de modificación de la edad de jubilación de los funcionarios de los cuerpos docentes universitarios.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas, de la local o de la institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. En el caso de nacional de los demás Estados miembros de la Comunidad Europea, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
d) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico incompatible con el ejercicio de las funciones correspondientes a las de Profesor universitario.
La documentación que acredite reunir estas condiciones deberá ser presentada por aquellos candidatos que hayan superado las pruebas en el plazo de quince días hábiles después de hacerse pública la propuesta de provisión de la Comisión.
Quinta.-Los solicitantes deberán reunir, además, las condiciones específicas que a continuación se señalan:
A) En general:
1. Para concursar a las plazas de Catedrático de Universidad, Profesor titular de Universidad y Catedrático de Escuela Universitaria, ser Doctor. Para concursar a las plazas de Profesor titular de Escuela Universitaria, ser Licenciado, Ingeniero o Arquitecto. También podrán concursar a estas plazas, en las áreas de conocimiento relacionadas en el anexo de la Orden de 28 de diciembre de 1984, los Diplomados, Arquitectos técnicos o Ingenieros técnicos.
2. Los requisitos de titulación enumerados en el apartado anterior, obtenidos en los Estados miembros de la Unión Europea, deberán estar acompañados de la correspondiente Orden del Ministerio de Educación y Cultura de reconocimiento del título expedido en dichos Estados, de acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 23 de enero de 1995 ("Boletín Oficial del Estado" del 28).
Si la titulación exigida para cada una de las plazas se ha obtenido en algún Estado no comunitario, se deberá justificar la correspondiente homologación en España, que se acreditará mediante la credencial expedida por la Subdirección General de Títulos, Convalidaciones y Homologaciones.
B) En particular:
1. Para concursar a las plazas de acceso a Catedrático de Universidad, cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4.1.c) del Real Decreto 1888/1984.
2. Para concursar a las plazas de Profesor titular de Universidad o Catedrático de Escuelas Universitarias, cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4.1.b) del Real Decreto 1888/1984. Para las plazas de Profesor titular de Universidad, cumplir las condiciones indicadas en el artículo 37.4 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.
Para los concursos de méritos, las señaladas en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984 y específicamente para las de Catedrático de Escuelas Universitarias, las indicadas en la disposición transitoria sexta de la Ley 11/1983, de 25 de agosto.
3. Para concursar a las plazas de acceso de Profesor titular de Escuelas Universitarias, cumplir las condiciones señaladas en el artículo 4.1.a) y para las de méritos señaladas en el artículo 4.2 del Real Decreto 1888/1984.
Sexta.-Quienes deseen tomar parte en estos concursos remitirán una instancia -según el modelo del anexo II-, dirigida al excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de Girona, "Edifici les Àligues" plaza Sant Domènec, 3, 17071 Girona, por cualquiera de los medios autorizados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días hábiles, a partir de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado". Esa instancia irá acompañada de los documentos originales o compulsados que acrediten reunir los requisitos establecidos para participar en el correspondiente concurso, junto con la fotocopia del documento nacional de identidad o pasaporte.
Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por un funcionario de Correos antes de su certificación, tal como señala el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
De acuerdo con el artículo 5.1 del Real Decreto 1427/1986, la concurrencia de dichos requisitos deberá estar referida siempre a una fecha anterior a la de expiración del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad de Girona la cantidad de 5.000 pesetas en concepto de formación de expediente y por derechos de examen. Deberá adjuntarse a la instancia fotocopia del resguardo del giro o del ingreso en la Caixa de Girona. Su ausencia determinará la exclusión del aspirante.
Cuando el pago de los derechos se efectúa por giro postal o telegráfico, éste se dirigirá a la Tesorería de esta Universidad de Girona, haciendo constar en el taloncillo destinado a dicho organismo los siguientes datos: Nombre y apellidos del interesado y la plaza a la que concursa. El domicilio que figura en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del concursante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación de cualquier cambio de dicho domicilio.
Séptima.-Los candidatos deberán presentar los ejemplares del currículum vitae en el acto de presentación del concurso.
El modelo de currículum vitae, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 9 del Real Decreto 1888/1984, se adjunta en el anexo III.
Octava.-Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el excelentísimo y magnífico señor Rector de la Universidad de Girona remitirá a todos los candidatos, por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la relación completa de los admitidos y excluidos, con la indicación de las causas de exclusión.
Contra esta Resolución aprobando la lista de admitidos y excluidos, los interesados podrán interponer, en el plazo de quince días hábiles a partir del día de la notificación, y ante el Rector, las reclamaciones que consideren oportunas.
Novena.-Los candidatos propuestos para la provisión de las plazas deberán presentar en el Registro de la Universidad, en el plazo de quince días hábiles siguientes al de concluir la actuación de la Comisión, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad o pasaporte.
b) Declaración jurada que acredite el requisito especificado en el apartado c) de la base cuarta.
c) Certificación médica oficial que acredite lo que se especifica en el apartado d) de la base cuarta.
Girona, 30 de enero de 1998.-El Rector, José María Nadal i Farreras.
ANEXO I
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad. Referencia: TU98/108. Tipo de convocatoria: Méritos. Número de plazas: Una. Área de conocimiento: "Lógica y Filosofía de la Ciencia". Perfil: Teoría del conocimiento. Departamento: Filología y Filosofía.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad. Referencia: TU98/109. Tipo de convocatoria: Acceso. Número de plazas: Una. Área de conocimiento: "Historia del Arte". Perfil: Museología. Departamento: Geografía, Historia e Historia del Arte.
Cuerpo: Profesores Titulares de Universidad. Referencia: TU98/110. Tipo de convocatoria: Acceso. Número de plazas: Una. Área de conocimiento: "Filosofía". Perfil: Historia de la Filosofía Medieval: Epistemología. Departamento: Filología y Filosofía.
ANEXO III
Datos personales:
Apellidos y nombre.
DNI, lugar y fecha de expedición.
Fecha, provincia y localidad de nacimiento, nacionalidad.
Domicilio, provincia y localidad de residencia. Teléfono.
Categoría docente actual.
Facultad o Escuela donde presta servicios actualmente.
Departamento o unidad docente donde está adscrito.
Datos académicos:
1. Títulos académicos: Clase, organismo y fecha de expedición; calificación, si la hubiere.
2. Puestos docentes desempeñados: Categoría, organismo o centro, régimen de dedicación, fecha de la toma de posesión o contrato, fecha de finalización.
3. Actividad docente desempeñada: Asignaturas, organismo, centro y fecha.
4. Actividad investigadora desempeñada: Programas y puestos.
5. Publicaciones:
Libros: Colaboradores, título, lugar, editorial y fecha de publicación, justifíquese su aceptación por el consejo editorial o editor.
Artículos: Colaboradores, título, revista, número, fecha de publicación y número de páginas. Si se encuentra en curso de publicación, justifíquese su aceptación por el consejo editorial o editor.
Otras.
6. Otros trabajos de investigación.
7. Proyectos de investigación subvencionados.
8. Comunicaciones y ponencias presentadas a congresos: Indíquese título, lugar, fecha, entidad organizadora y carácter nacional o internacional.
9. Patentes.
10. Cursos y seminarios impartidos: Centro, organismo, materia, actividad desarrollada y fecha.
11. Cursos y seminarios recibidos: Centro, organismo, materia y fecha de celebración.
12. Becas, ayudas y premios recibidos con posterioridad a la licenciatura.
13. Actividad en empresas y profesión libre.
14. Otros méritos docentes y de investigación.
15. Otros méritos.
Nota: El currículum vitae a presentar por el candidato no deberá entregarse hasta el acto de presentación.
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