Visto el expediente de indulto de don Guillermo Agúndez Vallejo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial de Valladolid, en sentencia de fecha 8 de febrero de 1996, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 3 de Valladolid, de fecha 29 de noviembre de 1995, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1994, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 23 de enero de 1998,
Vengo en conmutar a don Guillermo Agúndez Vallejo la pena privativa de libertad impuesta por otra de un año de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 23 de enero de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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