Visto el expediente de indulto de don Enrique Bagen Gutiérrez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Tarragona, en sentencia de fe- cha 28 de junio de 1996, como autor de un delito de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas, a la pena de 100.000 pesetas de multa y privación u obtención del permiso de conducir por el tiempo de tres meses y un día, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 30 de enero de 1998,
Vengo en conmutar a don Enrique Bagen Gutiérrez la pena de privación del permiso de conducir pendiente de cumplimiento, por otra de ciento veinte días-multa a satisfacer en cuotas diarias de 1.000 pesetas, cuyo inicio y forma de cumplimiento será determinado por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 30 de enero de 1998.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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