En el recurso contencioso-administrativo número 4/788/1993, interpuesto en nombre y representación del Obispado de Ávila, titular del centro "Pablo VI", de Ávila, contra la Orden de 13 de abril de 1993, por la que se aprobaba la renovación del concierto educativo del centro referido para 20 unidades de Educación Primaria/Educación General Básica, una unidad menos de las solicitadas por la titularidad del centro, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, con fecha 30 de julio de 1997, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
"Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal del Obispado de Ávila, como titular del colegio diocesano 1919Pablo VI", de Ávila, contra la Orden de 13 de abril de 1993, a que se contrae este recurso, que declaramos ajustada a derecho; sin expresa imposición de costas."
Dispuesto por Orden de 20 de enero de 1998 el cumplimiento de la citada sentencia en sus propios términos,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicidad a la misma para general conocimiento.
Madrid, 30 de enero de 1998.-El Director general, Francisco López Rupérez.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Régimen Jurídico de los Centros.
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