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Documento BOE-A-1998-4032

Resolución de 8 de enero de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo Adicional al Convenio suscrito entre el Ministerio de Asuntos Sociales y la Consejería de Sanidad y Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginacíón e inserción del pueblo gitano.

Publicado en:
«BOE» núm. 44, de 20 de febrero de 1998, páginas 6231 a 6232 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-1998-4032

TEXTO ORIGINAL

Suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares un Protocolo Adicional por el que se determinan las aportaciones económicas de las partes y se incorporan los proyectos seleccionados, en ambos casos con referencia al ejercicio de 1997, al Convenio para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 27), procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Protocolo.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 8 de enero de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Sánchez Fierro.

PROTOCOLO ADICIONAL POR EL QUE SE DETERMINAN LAS APORTACIONES ECONÓMICAS DE LAS PARTES Y SE INCORPORAN LOS PROYECTOS SELECCIONADOS, EN AMBOS CASOS CON REFERENCIA AL EJERCICIO 1997, AL CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL MINISTERIO DE ASUNTOS SOCIALES Y LA CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES PARA LA COFINANCIACIÓN DE PROYECTOS DE INTERVENCIÓN SOCIAL INTEGRAL PARA LA ATENCIÓN, PREVENCIÓN DE LA MARGINACIÓN E INSERCIÓN DEL PUEBLO GITANO

En Madrid, a 11 de diciembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Javier Arenas Bocanegra, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 762/1996, de 5 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" número 110, del 6), en nombre y representación de la Administración General del Estado, por delegación del Gobierno de la Nación (acuerdo del Consejo de Ministros del día 21 de julio de 1995).

Y, de otra parte, la honorable señora doña María Rosa Estarás i Ferragut, Consejera de Presidencia, nombrada por Orden del Presidente de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de 18 de junio de 1996 ("Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares" número 75, ext., del 19), en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (Ley 5/1984, de 24 de octubre, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares).

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir, y

MANIFIESTAN

Que el Ministerio de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares suscribieron, en fecha 17 de noviembre de 1995, Convenio para la cofinanciación de proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se crea en virtud del Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, asignándosele, en éste, las competencias que hasta entonces tenía atribuidas el extinto Ministerio de Asuntos Sociales en materia de acción social y servicios sociales, sustituyendo, por tanto, a este último como parte en el Convenio referenciado.

Que la estructura orgánica del Departamento ha sido establecida por el Real Decreto 839/1996, de 10 de mayo.

Que el Convenio citado establecía en su cláusula octava la prórroga automática de aquél para ejercicios económicos sucesivos, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en el Convenio y correspondiente anexo, que se actualizarán cada año, con el fin de ajustarlas a las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales, el Gobierno, por acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 21 de marzo de 1997, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" en fecha 17 de abril, aprobó los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del crédito presupuestario 19.04.313L.453.01, Plan de Desarrollo Gitano, para proyectos de intervención social integral para la atención, prevención de la marginación e inserción del pueblo gitano.

Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 1997, procede instrumentarla a través del presente Protocolo Adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, ambas partes acuerdan suscribir el presente Protocolo Adicional al Convenio de Cooperación suscrito con fecha 17 de noviembre de 1995, el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-La incorporación como anexo al Convenio precitado en el primer párrafo del manifiesto, y para que formen parte integrante del mismo, de los proyectos seleccionados conjuntamente en el ejercicio 1997.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.453.01, Plan de Desarrollo Gitano, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de 12.500.000 pesetas.

La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares y las Corporaciones locales, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos por ambas, se comprometen a aportar la cantidad de 19.500.000 pesetas, de la que se ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito.

Segunda.-La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 1997, se desglosa entre los proyectos seleccionados de la forma que figura en anexo.

Tercera.-En lo posible, ambas Administraciones públicas harán extensivos a años sucesivos los proyectos que cada año se determinen dentro del Plan de Desarrollo Gitano, en los términos establecidos al respecto en la cláusula octava del Convenio de 17 de noviembre de 1995.

Y, en prueba de conformidad, sucriben el presente Protocolo Adicional, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en este documento.-El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Javier Arenas Bocanegra.-La Consejera de Presidencia, María Rosa Estarás i Ferragut.

ANEXO

Comunidad Autónoma de las Islas Baleares

Crédito 19.04.313L.453.01. Plan de Desarrollo Gitano. Año 1997

Finan.

Ministerio

T. y AA. SS.

-

Pesetas / Finan. C. A.

y/o CC. LL.

-

Pesetas / Número

usuarios (E:

Estimados) / Total

-

Pesetas / No

Proy. / Provincia / Municipio y asentamiento / Entidad / Denominación del proyecto

1 / Baleares. / Palma de Mallorca. Son Riera (Son Banya). / Ayuntamiento de Palma de Mallorca. / Apoyo socio-familiar y escolarización. Poblado Son Banya. / 419 / 12.500.000 / 19.500.000 / 32.000.000

Total / 419 / 12.500.000 / 19.500.000 / 32.000.000

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