Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por "Maivisa, Sociedad Limitada", con domicilio social en Riera de Targa, 59, municipio de Vilassar de Dalt (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por "Maivisa, Sociedad Limitada", en su instalación industrial ubicada en Vilassar de Dalt: Gran recipiente a granel de acero, marca y modelo "Maivisa, S.L.", 6982, para el transporte de mercancías peligrosas;
Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE, ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VC.12230/97-4, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 7 de febrero de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 20), sobre grandes recipientes a granel,
He resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción G-083 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:
Marca y modelo:
"Maivisa, S.L.", 6982.
Características:
Gran recipiente a granel de acero cilíndrico.
Material: Acero inoxidable 1.4301.
Características mecánicas mínimas:
Resistencia a la ruptura 653 N/mm.
Límite elástico: 303 N/mm.
Alargamiento: 50 por 100.
Espesor mínimo: 2 mm.
Diámetro: 700 mm.
Volumen: 250 l.
Presión de prueba: 2 bar.
Dispositivos de seguridad: Válvula de seguridad.
Estructura:
Material: F-III.
Dimensiones (mm): 800 x800 x1580.
Código: UN 31A/Y/Noviembre 97/E/"Maivisa, S.L."/O/Peso bruto.
Productos autorizados a transportar: Por carretera (TPC-ADR) y ferrocarril (RID-TPF):
Clase 3: Las materias líquidas clasificadas en b) y c) de los diferentes apartados del marginal 2301, con excepción del nitrometano del 3.o b), que tengan una presión de vapor a 50 oC que no sobrepase 110 Kpa (1,10 bar). Densidad máxima: 1,5 Kg/dm.
Clase 5.1: Las materias líquidas clasificadas en b) y c) de los diferentes apartados del marginal 2501, que tengan una presión de vapor a 50 oC que no sobrepase 110 Kpa (1,10 bar). Densidad máxima: 1,5 Kg/dm.
Clase 8: Las materias líquidas clasificadas en b) y c) de los diferentes apartados del marginal 2801, con excepción del galio del apartado 65.oc) y del mercurio del 66.o c), que tengan una presión de vapor a 50 oC que no sobrepase 110 Kpa (1,10 bar). Densidad máxima: 1,5 Kg/dm.
Clase 9: Las materias líquidas clasificadas en b) y c) de los diferentes apartados del marginal 2901, que tengan una presión de vapor a 50 oC que no sobrepase 110 Kpa (1,10 bar). Densidad máxima: 1,5 Kg/dm.
Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 7 de febrero de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 20), sobre grandes recipientes a granel; por tanto, con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o disposición que le sea aplicable.
Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.
Barcelona, 13 de noviembre de 1997.-El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, "Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña" de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Productos Industriales, Joan Pau Clar Guevara.
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