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Documento BOE-A-1998-4087

Resolución de 5 de febrero de 1998, de la Subsecretaría, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en relación con el recurso contencioso-administrativo número 2.460/1994, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi.

Publicado en:
«BOE» núm. 45, de 21 de febrero de 1998, páginas 6320 a 6320 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-4087

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, ha dictado sentencia, con fecha 24 de septiembre de 1997, en relación con el recurso contencioso-administrativo número 2.460/1994, interpuesto por la Confederación Sindical de Comisiones Obreras de Euskadi, contra Resolucion de 12 de mayo de 1994, del Ministerio del Interior, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución del Gobierno Civil de Bizkaia de 25 de enero de 1994, relativa a los servicios mínimos de la jornada de huelga del día 27 de enero de 1994.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

"Fallo: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Comisiones Obreras contra la resolución de fecha 12 de mayo de 1994, del Ministerio del Interior, desestimatoria del recurso ordinario interpuesto contra resolución del Gobierno Civil de Bizkaia de 25 de enero de 1994, referente a servicios mínimos durante la jornada de huelga del día 27 de enero de 1994, debemos declarar y declaramos la nulidad de pleno derecho de la resolución recurrida por vulneración del derecho de huelga, desestimando la pretensión indemnizatoria deducida por la parte recurrente, sin que proceda expresa imposición de las costas procesales causadas."

En su virtud, esta Subsecretaría, de conformidad con lo establecido en los artículo 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concurdantes de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 5 de febrero de 1998.-El Subsecretario.-P. D. (Orden de 6 de junio de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 7), la Subdirectora general de Personal e Inspección, María del Val Hernández García.

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