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Documento BOE-A-1998-4143

Resolución de 30 de enero de 1998, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo número 1.890/1994, interpuesto por don Carlos Navas Díaz y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 1998, páginas 6367 a 6368 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-4143

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó una sentencia el 29 de marzo de 1995, en el recurso contencioso-administrativo número 1.890/1994, interpuesto por don Carlos Navas Díaz, don Lucas Herrero Reboredo, doña Gloria Cabrera Preset, doña Beatriz Murillo Roy, doña Consuelo Atares Rolando, doña María del Carmen García-Romeu García, don César Sainz Rubio, don Francisco Ortega Herranz, don Luis Leal González, doña María Teresa Díez Arranz, doña María Isabel Calamonte del Río-Miranda y don Fernando Crego del Águila, contra la Resolución de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 18 de noviembre de 1994, que desestimó su solicitud de renocimiento del grado 22, así como el abono de las diferencias económicas y sus correspondientes intereses de demora por los complementos de destino y específico entre los asignados a los Subinspectores adscritos A, nivel 22, y los que fueron abonados a los solicitantes durante el período reclamado.

La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el pronunciamiento siguiente:

"Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo de la Ley 62/1978, número 1.890/1994, interpuesto por la Procuradora doña María Gracia Garrido Entrena, actuando en nombre y representación de los Subinspectores de Tributos del Departamento de Inspección Financiera y Tributaria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria don Carlos Navas Díaz, don Lucas Herrero Reboredo, doña Gloria Cabrera Preset, doña Beatriz Murillo Roy, doña Consuelo Atares Rolando, doña María del Carmen García-Romeu García, don César Sainz Rubio, don Francisco Ortega Herranz, don Luis Leal González, doña María Teresa Díez Arranz, doña María Isabel Calamonte del Río-Miranda y don Fernando Crego del Águila, inicialmente, contra la denegación presunta -posteriormente ampliado a la resolución expresa denegatoria de 18 de noviembre de 1994de la petición, formulada -a la Dirección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria-, en escrito de 25 de octubre de 1994, de asignación del grado correspondiente a los Subinspectores adscritos de nivel 22, con abono de las diferencias económicas -y sus correspondientes intereses de demora-, por complementos de destino y específico desde el 1 de enero de 1987 al 31 de julio de 1992, debemos declarar y declaramos que la Resolución impugnada incide negativamente en el contenido constitucional del artículo 14 C.E., y, en consecuencia, la anulamos, reconociendo el derecho de los recurrentes a percibir los complementos de destino y específicos nivel 22, con efectos económicos (artículo 46 del Real Decreto Legisla tivo 1091/1986), desde el 25 de octubre de 1989 al 31 de enero de 1992. Con imposición de las costas causadas en esta instancia a la Administración demandada."

Recurrida en casación por el Abogado del Estado, la Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado el 7 de noviembre de 1997, sentencia, en cuyo fallo dice:

"Que debemos declarar y declaramos no haber lugar al recurso de casación interpuesto por el Abogado del Estado contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 29 de marzo de 1995, recurso número 1.890/1994, sobre asignación de niveles a funcionarios.

Se imponen las costas a la Administración recurrente."

En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el cumplimiento y ejecución, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Madrid, 30 de enero de 1998.-El Director general, José Aurelio García Martín.

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