En el recurso contencioso-administrativo número 951-94, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Valencia por "Fainco, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 21 de diciembre de 1993, se ha dictado, con fecha 20 de enero de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Estimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación de 1919Fainco, Sociedad Anónima'', contra el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 21 de diciembre de 1993, revocatorio de otro anterior sobre concesión a la sociedad demandante del Modelo de Utilidad 8902861, referente a módulo para formación de parámetros verticales para cerramientos.
Y debemos declarar y declaramos contrario a Derecho el citado acuerdo, que anulamos dejándole sin efecto, reconociendo el derecho de la sociedad recurrente a la inscripción o registro del mencionado modelo.
No se hace expresa imposición de costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de enero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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