En el recurso contencioso-administrativo número 792/95, referente a los expedientes de marcas números 1.676.408/0 y 1.676.419/6, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por "Desarrollo del Vidrio, Sociedad Anónima", contra resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 11 de noviembre de 1994, se ha dictado, con fecha 9 de octubre de 1997 por el citado Tribunal, sentencia declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que, desestimando el recurso contencioso administrativo promovido por la representación procesal de la entidad mercantil española "Desarrollo del Vidrio, Sociedad Anónima", debemos confirmar y confirmamos las resoluciones antes mencionadas, por considerarlas ajustadas a Derecho. No procede formular condena en costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de enero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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