En el recurso contencioso-administrativo número 769-95-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Caja de Ahorros Provincial de Guadalajara contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de marzo de 1995, se ha dictado, con fecha 24 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 769/95, interpuesto por la Procuradora doña María del Carmen Ortiz Cornago, actuando en nombre y representación de Caja de Ahorros Provincial de Guadalajara, contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 22 de marzo de 1995 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de mayo), por la que -con estimación del recurso ordinario entablado frente a la de 5 de diciembre de 1994 ("Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" de 16 de enero de 1995)- se concedió la inscripción en el Registro de la Propiedad Industrial de la marca mixta 1.744.568 "Guadalcaja", debemos declarar y declaramos que la Resolución impugnada es conforme con el ordenamiento jurídico, y, en consecuencia, confirmamos su plena validez y eficacia. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido de la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de enero de 1998.-El Director general, Carlos José González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones Internacionales.
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