Este Ministerio de Medio Ambiente ha tenido conocimiento de que, como consecuencia de la inundación provocada el día 17 de noviembre de 1997 por la rotura del depósito de agua en la ciudad de Melilla, se han ocasionado una serie de daños en la zona afectada por dicho evento a distintas personas en sus bienes y derechos, que es procedente reparar. Ello con independencia de la imposibilidad de definir actualmente, y con carácter general, "a priori", el nexo causal del presente acontecimiento lesivo, ya que tal supuesto se presenta no ya como el efecto de una sola causa, sino, más bien, como resultado de un complejo de hechos y condiciones, que ya autónomos entre sí, o dependientes unos de otros, puedan estar dotados, en mayor o menor medida, de un cierto poder causal, a determinar en el momento procedimental oportuno.
Por ello, este Ministerio, en el ejercicio de las competencias que le atribuye el Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, de reestructuración de Departamentos ministeriales ("Boletín Oficial del Estado" del 6), y con base en el principio de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas derivada del funcionamiento normal o anormal de un servicio público, de conformidad con lo establecido en los artículos 69.1 y 139.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, acuerda:
Primero.-Iniciar, por propia iniciativa, el procedimiento de responsabilidad patrimonial previsto en el artículo 5 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos en materia de responsabilidad patrimonial ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de mayo), referente a los daños ocasionados con motivo de la rotura del depósito de agua en la ciudad de Melilla el día 17 de noviembre de 1997, siendo el órgano responsable de dicha tramitación la Vicesecretaría General Técnica de este Departamento, sin perjuicio de la precisa colaboración con la Delegación del Gobierno en dicha ciudad.
Segundo.-Conceder un plazo de once días hábiles, en virtud de lo establecido en el artículo 49.1 de la Ley 30/1992, a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Orden, a los afectados por los daños antes mencionados, para que puedan personarse en el procedimiento ante la Delegación del Gobierno de la ciudad de Melilla, o en el modo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, mediante la presentación de la instancia, debidamente cumplimentada, que se acompaña como anexo a la presente resolución, aportando a la misma cuantas alegaciones, documentos o información -relativos al actual procedimiento y que no obren ya en poder de cualquiera de las Administraciones Públicasestimen conveniente a su derecho y proponiendo cuantas pruebas crean pertinentes para el reconocimiento del mismo.
Tercero.-El procedimiento que se ordena se inicia sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido la empresa contratista que llevó a cabo las obras del depósito de agua, reservándose la Administración General del Estado las acciones precisas para exigir y resarcirse, en su caso, de los perjuicios achacables a las conductas de las empresas y particulares que pudieran resultar responsables.
La presente resolución surtirá efectos a partir de la práctica de la notificación a los posibles interesados, que se llevará a cabo mediante su inserción en el "Boletín Oficial del Estado" y su exposición en el tablón de anuncios de la sede del Gobierno en la ciudad de Melilla, de conformidad con el artículo 58.1 de la Ley 30/1992, en relación con el 59.4 de dicha norma y el artículo 5.3 del Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo.
Madrid, 17 de febrero de 1998.
TOCINO BISCAROLASAGA
ANEXO
Procedimiento de responsabilidad patrimonial
Por el presente documento, el abajo firmante se persona en el procedimiento de responsabilidad patrimonial iniciado de oficio por Orden
del Ministerio de Medio Ambiente, de fecha, publicado en el "Boletín Oficial del Estado" el día , de conformidad con lo establecido en el artículo 31.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Don
Declaro, bajo mi responsabilidad, que las cuantías percibidas de la Ciudad de Melilla, de otros entes públicos, o de compañías aseguradoras, por los daños ocasionados como consecuencia de los hechos objeto del presente procedimiento fueron las siguientes:
Entidad / Concepto / Cuantía
a de de 1998
(Firma del interesado.)
SOLICITUD DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL
Datos del solicitante:
Nombre:
Apellidos:
DNI:
NIF:
Pasaporte (en su caso):
Domicilio a efectos de notificaciones:
Avenida, calle o plaza
Localidad Código postal
Teléfono número
Datos del representante (en su caso):
Nombre:
Apellidos:
DNI:
NIF:
Pasaporte (en su caso):
Profesión:
Título con el que actúa (conforme a las reglas previstas en el artículo 32 de la Ley 30/1992)
Domicilio a efectos de notificaciones:
Avenida, calle o plaza
Localidad Código postal
Teléfono número
Datos relativos al daño causado:
Indicar el bien o derecho que ha sido lesionado o, en su caso, los daños de carácter físico o psíquico que padece el solicitante: / Daños a personas. / Daños vivienda y/o enseres. / Daños a vehículos. / Daños en locales y establecimientos comerciales. / Otros daños (especificar).
Fecha en que se produjo la lesión: Día mes año
Lugar en el que se produjo la lesión:
Avenida, calle o plaza
Localidad
Indíquese la evaluación económica de la totalidad de los daños estimados si fuera posible
Documentos que se acompañan a la solicitud, en caso de no haber sido ya presentados ante alguna de las Administraciones Públicas intervinientes, de los que se presenta original y copia para su compulsa (marcar con una cruz en el recuadro correspondiente):
Documentos identificativos de la situación familiar y económica de los beneficiarios: / DNI / NIF / Pasaporte (en su caso) / Libro de Familia (en caso de unidades familiares). / En caso de unidades de convivencia económica, documento público acreditativo de los miembros que la componen.
DOCUMENTOS ACREDITATIVOS DE LOS DAÑOS
Daños a personas
Defunción y/o lesiones de algún miembro de la unidad familiar y vínculo con el solicitante: / Libro de Familia. / DNI. / Certificado de defunción. / Certificado de la Alcaldía o Juzgado, en el que conste que el fallecimiento se produjo como consecuencia de la emergencia. / Informe médico. / Evaluación económica de las lesiones y/o secuelas. / Otros (especificar).
Daños (vivienda y/o enseres) / Relación detallada de daños en la vivienda y/o enseres, firmada por el solicitante. / Valoración técnica de los daños y, en su defecto, estimación de los mismos. / Presupuesto de obras de reparación. / Título de propiedad. / Contrato de arrendamiento (cuando viniese obligado a asumir los daños). / Póliza del aseguramiento. / En los supuestos de reclamación de compañías aseguradoras, recibo en el que consten las cantidades abonadas por la entidad aseguradora, expresando los diferentes conceptos abonados. / Último recibo de contribución (IBI). / Recibo arrendamiento mes noviembre (1997). / Otros (especificar).
Daños a vehículos / Permiso de circulación del vehículo perjudicado, para determinar y justificar su propiedad, así como del permiso de conducir. / Póliza del seguro que ampare la circulación del vehículo de que se trate, así como del recibo de pago de la prima que acredite su vigencia en el momento del suceso. / Informe pericial/presupuesto de reparación del vehículo. / Facturas originales con recibí del taller que efectuó la reparación, en las que se detallen las cantidades abonadas por cada concepto y el importe total. / En los supuestos de reclamación de compañías aseguradoras, recibo en el que consten las cantidades abonadas por la entidad aseguradora, expresando los diferentes conceptos abonados.
Daños en locales y establecimientos comerciales / Relación detallada de daños en locales y establecimientos comerciales, firmada por el solicitante. / Valoración técnica de los daños y, en su defecto, estimación de los mismos. / Presupuesto de obras de reparación. / Facturas justificativas de la adquisición de las mercancías dañadas. / Título de propiedad del local afectado. / Contrato de arrendamiento, si lo hubiere. / Pólizas de seguro de los diferentes bienes. / En los supuestos de reclamación de compañías aseguradoras, recibo en el que consten las cantidades abonadas por la entidad aseguradora, expresando los diferentes conceptos abonados. / Justificación de la situación de alta en el régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos de la Seguridad Social. / Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas. / Última declaración de la Renta de las Personas Físicas y de Patrimonio. / Última declaración del Impuesto de Sociedades. / Otros (especificar).
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid