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En el recurso contencioso-administrativo número 832/1996, interpuesto por la representación de "Fesa Fertilizantes Españoles, Sociedad Anónima", contra resolución de este Ministerio de 4 de agosto de 1993, que confirmó las resoluciones de 25 de marzo de 1992, sobre denegación de subvenciones, se ha dictado por la Audiencia Nacional, con fecha 24 de septiembre de 1997, sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación procesal de "Fesa Fertilizantes Españoles, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Secretario de Estado de Industria de 4 de agosto de 1993, que en reposición confirma las Resoluciones de 25 de marzo de 1992, en los expedientes números 778/264/B/91; 778/36/A/91; 778/1590/91; 778/259/91, y 778/1600/91; a que se contrae este recurso. Sin expresa imposición de costas. Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos."
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 6 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996, "Boletín Oficial del Estado" del 23), El Subsecretario, Pedro Ferreras Díez.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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