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Documento BOE-A-1998-4964

Resolución de 11 de febrero de 1998, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la Diputación Provincial de Salamanca y el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, para la restauración y revitalización del recinto amurallado de Ciudad Rodrigo.

Publicado en:
«BOE» núm. 52, de 2 de marzo de 1998, páginas 7218 a 7219 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-4964

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación y Cultura, la Comunidad Autónoma de Castilla y León, la Diputación Provincial de Salamanca y el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo han suscrito un Convenio de colaboración para la restauración y revitalización del recinto amurallado de Ciudad Rodrigo, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de febrero de 1998.-El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

ANEXO

Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Junta de Castilla y León, la Diputación Provincial de Salamanca y el Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, para la restauración y revitalización del recinto amurallado de Ciudad Rodrigo

En Ciudad Rodrigo a 5 de febrero de 1998.

REUNIDOS

El Gobierno de la Nación, representado por la excelentísima señora doña Esperanza Aguirre y Gil de Biedma, Ministra de Educación y Cultura, en quien se delega la firma en virtud del artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; la excelentísima señora doña Josefa Eugenia Fernández Arufe, Consejera de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León; el ilustrísimo señor don Alfonso Fernández Mañueco, Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca, y el ilustrísimo señor don Francisco Javier Iglesias, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, manifiestan su voluntad de colaborar estrechamente en la conservación, restauración y revitalización del recinto amurallado de Ciudad Rodrigo, teniendo en cuenta lo previsto en los artículos 46 y 149.2 de la Constitución, en el artículo 36 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español ("Boletín Oficial del Estado" del 29); en el Real Decreto 3019/1983, de 21 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de cultura a la Comunidad Autónoma de Castilla y León ("Boletín Oficial del Estado de 6 de diciembre), cuyo apartado B.1.a).1 del anexo 1 prevé que la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma podrían establecer acuerdos de colaboración para actuar conjuntamente sobre determinados bienes a los que hacen referencia los párrafos a).2 y A.3 en las condiciones que, en cada caso, se fijen de mutuo acuerdo, y en el artículo 57 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local ("Boletín Oficial del Estado" del 3), en el que se establece que la cooperación económica, técnica y administrativa entre la Administración Local y las Administraciones del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en servicios locales como en asuntos de interés común, se desarrollará con carácter voluntario bajo las formas y en los términos previstos en las Leyes, pudiendo tener lugar, en todo caso, mediante los consorcios o Convenios administrativos que suscriben.

EXPONEN

Su voluntad de colaborar en el proyecto de restauración y puesta en valor del recinto amurallado de Ciudad Rodrigo, que es propiedad del Estado español, afectado al Ministerio de Educación y Cultura.

Que dicho recinto amurallado se encuentra situado en el casco antiguo de Ciudad Rodrigo, declarado monumento histórico-artístico de 29 de marzo de 1944 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de abril), y constituye uno de sus principales monumentos, tanto desde el punto de vista artístico e histórico como urbanístico.

Que para lograr la finalidad propuesta y conseguir la mejor coordinación de los distintos organimos se suscribe el presente Convenio de colaboración con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.-El presente Convenio tendrá como finalidad el llevar a cabo una primera fase de la restauración de las murallas, y supondrá una inversión de 230.000.000 de pesetas que serán financiados de acuerdo con la siguiente distribución:

Ministerio de Educación y Cultura: 120.000.000 de pesetas.

Consejería de Cultura de la Junta de Castilla y León: 60.000.000 de pesetas.

Diputación Provincial de Salamanca: 20.000.000 de pesetas.

Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo: 30.000.000 de pesetas.

Segunda.-La distribución económica por Administraciones y anualidades será la siguiente:

Total

-

Pesetas / Ministerio

de Educación

y Ciencia / Junta

de Castilla

y León / Año / Diputación / Ayuntamiento

1998 / 40 / 10 / 10 / 10 / 70

1999 / 40 / 30 / 10 / 10 / 90

2000 / 40 / 20 / - / 10 / 70

Total / 120 / 60 / 20 / 30 / 230

Tercera.-El Ministerio de Educación y Cultura, a través del Instituto del Patrimonio Histórico Español (IPHE), llevará a cabo el encargo del proyecto y posterior contratación de las obras de acuerdo con la normativa vigente, siendo su gasto imputado al artículo 63 del Programa 458C "Conservación y restauración de bienes culturales".

Cuarta.-Una comisión integrada por técnicos de los cuatro organismos estudiará los proyectos correspondientes, a nivel de proyecto básico, y aprobará en su caso el proyecto definitivo.

Quinta.-La cantidad señalada como aportación de la Junta de Castilla y León tendrá el carácter de máxima y su aportación definitiva se establecerá una vez adjudicado el proyecto, mediante la aplicación del porcentaje de baja que pudiera producirse a la cantidad máxima estipulada.

Sexta.-Para la justificación de los trabajos de restauración y rehabilitación de las murallas de Ciudad Rodrigo, el pago de las obras a la empresa o empresas adjudicatarias se efectuará por las entidades colaboradoras en el proyecto, tras la presentación de certificaciones de obra y facturas originales. En el supuesto de que se efectúen intervenciones cofinanciadas, siendo una de las partes la Junta de Castilla y León, el abono de las cantidades correspondientes será efectuada, en primer lugar, por la Junta de Castilla y León, según la siguiente distribución:

Importe

-

Pesetas / Anualidad / Aplicación presupuestaria

1998 / 07.03.028.672 FEDER / 6.000.000

07.03.028.662 Autonómica / 4.000.000

1999 / 07.03.028.672 FEDER / 18.000.000

07.03.028.662 Autonómica / 12.000.000

2000 / 07.03.028.672 FEDER / 12.000.000

07.03.028.662 Autonómica / 8.000.000

Séptima.-Para el control y seguimiento del presente Convenio se constituirá una comisión formada por un representante de cada Administración firmante, que se reunirán para tratar todos y cuantos asuntos estén relacionados con el contenido del presente Convenio, pudiendo convocar a los técnicos que en cada momento se estime conveniente para llevar a cabo las actuaciones que se prevean. La comisión asumirá las funciones de interpretación y resolución de los problemas derivados del cumplimiento del mismo.

Octava.-La vigencia del presente Convenio finalizará en el momento en que las obras de restauración y rehabilitación hayan llegado a su término, pudiendo ser prorrogado por acuerdo de las partes por el tiempo necesario para su finalización.

Novena.-La efectividad del presente Convenio queda supeditada a la condición de que en los presupuestos de las partes firmantes, durante su período de vigencia, se consignen las cantidades necesarias para su cumplimiento.

Décima.-Si por causa ajena a la Junta de Castilla y León no se agotase la financiación acordada para cada anualidad prevista en el Convenio, no podrá la misma ser imputada a las anualidades siguientes.

Undécima.-El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para conocer de las controversias que pudieran surgir del presente Convenio.

En prueba de conformidad, se firma el presente Convenio en el lugar y fecha indicados.-La Ministra de Educación y Cultura, Esperanza Aguirre y Gil de Biedma.-La Consejera de Educación y Cultura de la Junta de Castilla y León, Josefa Eugenia Fernández Arufe.-El Presidente de la Diputación Provincial de Salamanca, Alfonso Fernández Mañueco.-El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ciudad Rodrigo, Francisco Javier Iglesias.

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